La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera dispuso el cierre anticipado e inmediato de la prospección de langostino en la Subárea 9 de la Zona de Veda Permanente de Protección de Juveniles de Merluza (ZVPJM), después de que los primeros resultados revelaran ausencia de concentraciones comerciales de langostino y una elevada incidencia de merluza juvenil.
La medida fue comunicada mediante la Nota NO-2026-79552815-APN-DNCYFP#MEC, firmada ayer, martes 18 de agosto por el director nacional, Dr. Arturo Idoyaga Molina. La decisión comenzó a regir desde la recepción de la notificación y obligó a los buques participantes a cesar de inmediato las tareas exploratorias y las operaciones de arrastre dentro de los límites de la Subárea 9.
El cierre se apoyó en la evaluación remitida por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) mediante la Nota NO-2026-79508837-APN-DNI#INIDEP y el Informe de Prospección INIDEP N.º 009/26.

Cuadrantes operativos al 18 de agosto de 2026; gentileza Dr. Diego García Luchetti (CAABPA)
Los datos obtenidos durante las operaciones mostraron un resultado contundente. Diecinueve de los veinte lances efectuados por los buques congeladores registraron capturas nulas de langostino (Pleoticus muelleri). La ausencia de recurso comercial también fue ratificada por los buques fresqueros participantes y por la información operativa recibida durante la jornada.
La segunda variable determinante fue la composición de las capturas. La relación merluza/langostino alcanzó 6,4, indicador que expresa una presencia de merluza muy superior a la del recurso buscado. Al mismo tiempo, el 87% de los ejemplares de merluza común (Merluccius hubbsi) correspondió a individuos juveniles.
Esa combinación —capturas prácticamente inexistentes de langostino y alta participación de juveniles de merluza— eliminó el fundamento biológico y operativo para sostener la prospección. La continuidad de los arrastres habría incrementado la captura incidental dentro de un espacio creado específicamente para proteger las concentraciones juveniles de merluza. La Dirección Nacional solicitó al Departamento Policía Auxiliar Pesquera de la Prefectura Naval Argentina que arbitrara las medidas correspondientes y notificara por frecuencia a los buques afectados.
La instrucción impartida fue abandonar inmediatamente las operaciones de prospección y arrastre en la Subárea 9.
La apertura exploratoria había sido autorizada mediante la Nota NO-2026-78227998-APN-DNCYFP#MEC. Su finalización anticipada muestra que los datos obtenidos a bordo fueron utilizados como mecanismo de decisión en tiempo real; la administración interrumpió la actividad al comprobar que el área ofrecía escasa presencia del recurso objetivo y una composición incompatible con la protección de la merluza juvenil.
La disposición modifica el escenario operativo para la flota que trabajaba en ese sector de la ZVPJM, que deberá retirarse de la Subárea 9 y reorganizar su actividad conforme a las áreas habilitadas.
En paralelo, la autoridad pesquera confirmó que la prospección de langostino continúa vigente en la Subárea 13, bajo los lineamientos aprobados originalmente. Los resultados que se obtengan allí definirán si existen condiciones biológicas y comerciales para sostener la exploración o adoptar nuevas medidas de manejo.






