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    Pesca cerró la Subárea 12 y el sur de la 14 por alta captura incidental de merluza

    AntonellaPor Antonella6 de agosto de 20263 Minutos
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    Desde las 00:00 del viernes 7 de agosto, la flota langostinera deberá abandonar las zonas donde la captura incidental de merluza superó el límite reglamentario; la Subárea 15 quedó bajo seguimiento al alcanzar el umbral de cierre.
    Ingreso a Rawson completo. Imagen gentileza Paola Donn 05AGO26

    La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera dispuso el cierre para operaciones de pesca de los sectores este, sur y oeste de la Subárea 12 y del sector sur de la Subárea 14, dentro de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza. La medida comenzará a regir a las 00:00 de mañana viernes 7 de agosto de 2026 y obliga a la flota langostinera que opera en esos sectores a interrumpir allí su actividad.

    La decisión fue comunicada mediante la Nota NO-2026-75893647-APN-DNCYFP#MEC, firmada el jueves 6 de agosto por el director nacional Dr. Arturo Idoyaga Molina y remitida al Departamento Policía Auxiliar Pesquera de la Prefectura Naval Argentina para su difusión y cumplimiento.

    El cierre responde a los resultados del informe técnico elaborado por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) sobre la captura incidental de merluza común (Merluccius hubbsi) registrada por la flota langostinera comercial dentro y fuera del área de veda entre el 16 de abril y el 1 de agosto de 2026.

    Tres sectores superaron el límite permitido

    El indicador utilizado relaciona la captura de merluza con la de langostino. La Resolución 9/2022 del Consejo Federal Pesquero fija un umbral de 0,20, equivalente a 200 kilos de merluza por cada tonelada de langostino capturada.

    En el sector este y sur de la Subárea 12, ubicado al este de los 62 grados de longitud oeste, la relación merluza/langostino alcanzó el 29%, equivalente a 290 kilos de merluza por tonelada de langostino.

    El sector oeste de la misma subárea, situado al oeste de los 62 grados, presentó el valor más elevado del informe;, el 47%, correspondiente a 470 kilos de merluza por tonelada de langostino.

    En el sector sur de la Subárea 14, al sur de los 45 grados 30 minutos de latitud sur, el índice llegó al 42%, equivalente a 420 kilos de merluza por tonelada de langostino.

    Los tres registros excedieron el parámetro establecido del 20% como máximo para mantener habilitadas las operaciones dirigidas al langostino dentro del área protegida.

    La flota deberá abandonar las zonas cerradas

    La entrada en vigencia del cierre deja fuera de la operatoria langostinera los sectores de la Subárea 12 ubicados a ambos lados del meridiano de 62 grados oeste y la porción austral de la Subárea 14.

    Desde la hora establecida, los buques deberán cesar las operaciones de pesca en esas zonas y ajustar su actividad a las áreas que permanezcan habilitadas. Prefectura recibió la instrucción de comunicar la medida a la flota y controlar su estricto cumplimiento.

    La restricción reduce la superficie disponible para la búsqueda de langostino dentro del Área de Veda Permanente de Juveniles de Merluza y desplaza la operatoria hacia otros sectores abiertos. El alcance del movimiento dependerá de la distribución comercial del recurso y de los indicadores de captura incidental que continúe relevando el INIDEP.

    La Subárea 15 llegó al umbral de cierre

    La notificación también informó que la Subárea 15 alcanzó una relación merluza/langostino de 0,20, exactamente en el límite previsto por la Resoluciones CFP Nro.7/2018 y 9/2022.

    La zona continuará abierta bajo seguimiento de sus operaciones. Su indicador equivale a 200 kilos de merluza por cada tonelada de langostino, el valor máximo admitido por la normativa antes de superar el parámetro utilizado para disponer cierres.

    La Subárea 15 queda así como el próximo punto de atención dentro del esquema operativo. Mientras la flota deberá retirarse de la 12 y del sur de la 14 desde la medianoche del viernes, el monitoreo oficial continuará concentrado sobre una zona que ya alcanzó el límite normativo.

    NOTA NO-2026-75893647-APN-DNCYFP#MEC
    bycatch elevado cfp Cierre SA 12 cierre SA 12 NW cierre SA 14 N DNCyFP inidep langostino Nota NO-2026-75893647-APN-DNCYFP#MEC pesca Temporada de langostino 2026 Aguas Nacionales zvpjm
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    Universidad Nacional de Mar del Plata — Facultad de Derecho. Abogada - Periodista - Dirección PESCARE

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