La merluza de cola (Macruronus magellanicus) llega a la revisión de su régimen de cuotas con indicadores que muestran un retroceso de largo plazo. La información del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) reseñada en el análisis de la Comisión de Análisis y Seguimiento de la Pesquería de Merluza de Cola sitúa la captura por unidad de esfuerzo (CPUE) de 2025 en el 21% del máximo registrado en 1998. Esa evolución acompaña el planteo de adecuar las obligaciones de captura a las posibilidades de explotación del recurso.
La CPUE relaciona el volumen capturado con el esfuerzo de pesca y se utiliza como indicador de abundancia relativa accesible a la flota. La serie comercial de 1997 a 2025 presenta oscilaciones entre años dentro de una trayectoria general descendente. La estimación de la biomasa total y del estado reproductivo requiere una evaluación específica de la población.
El análisis de la Comisión, reunida el 4 de septiembre, fue considerado por el Consejo Federal Pesquero (CFP) en la sesión del 17 de septiembre, correspondiente al Acta 25/2026. Allí confluyeron los indicadores científicos y los planteos empresariales sobre las dificultades para cumplir los porcentajes mínimos de explotación de las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC).
Las estimaciones presentadas para el Atlántico Sudoccidental describen una tendencia descendente de las capturas anuales desde 2006. Las campañas científicas aportan otra señal: las mayores concentraciones se localizaron al sur del paralelo 50° S y aumentó la proporción de lances sin captura de la especie. En la campaña de 2022, la merluza de cola apareció en el 20% de los lances del área estudiada. Ese resultado corresponde a aquel relevamiento y a su cobertura espacial.
La composición de las capturas suma información más reciente. El Informe de Investigación 25/2026 del INIDEP, elaborado con datos de observadores sobre la flota arrastrera austral que operó al sur de los 47° S durante 2025, señala que los buques surimeros fueron los principales operadores sobre el recurso de merluza de cola y capturaron mayoritariamente ejemplares juveniles. El resultado caracteriza las capturas observadas y aporta una referencia concreta para el seguimiento de las tallas y edades explotadas.
La caída productiva y su alcance portuario
El Anexo I presentado por la Dirección de Planificación Pesquera (DPP) permite dimensionar la contracción de la actividad. Entre 2018 y 2025, los desembarques pasaron de 38.425 a 7.784 toneladas, una reducción del 79,7%, calculada sobre los registros oficiales. Dentro de esa evolución, el último año completo mostró una variación positiva del 0,9% respecto de 2024, cuando se habían registrado 7.718 toneladas.

La utilización del cupo exige una lectura conjunta de ambas columnas. El salto del 31% al 60% entre 2024 y 2025 se produjo con desembarques casi estables y una reducción de la Captura Máxima Permisible (CMP) de 25.000 a 13.000 toneladas. El cambio refleja, principalmente, el menor volumen autorizado.
Para 2026, la presentación consigna una CMP de 15.000 toneladas. Con corte al 1 de septiembre, los desembarques alcanzaban 3.514 toneladas, frente a las 3.942 toneladas del mismo corte de 2025: una baja interanual del 11%, según el cuadro oficial por puerto. Lo desembarcado equivalía aproximadamente al 23% del máximo anual autorizado.
La concentración territorial es marcada. Ushuaia recibió 3.156 toneladas, casi el 90% del total, y registró una caída interanual del 17%. Mar del Plata sumó 356 toneladas y Puerto Madryn, 2 toneladas. Por tipo de flota, los congeladores arrastreros explicaron 3.513 de las 3.514 toneladas desembarcadas. Los datos ubican el peso operativo de esta pesquería en la flota congeladora y en el puerto fueguino.
La revisión de las exigencias de explotación de las CITC por parte de las autoridades pesqueras representa un sinceramiento de las posibilidades reales de captura de merluza de cola, al reconocer las dificultades que plantea la menor disponibilidad del recurso. Ese deterioro tiene antecedentes documentados en el Pacífico sur: la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de Chile clasificaba la pesquería como sobreexplotada, con riesgo de agotamiento, en su evaluación de 2012, y como agotada en la correspondiente a 2016, difundida al año siguiente.
A este cuadro biológico se suma una cuestión que PESCARE planteó en julio de 2023, la necesidad de comprobar la correspondencia entre las especies capturadas y las declaradas por la flota que elabora surimi a bordo. Aquella advertencia comprendía polaca, nototenia, merluza de cola, granaderos (Macrourus carinatus y Macrourus holotrachys), merluza común y otras especies de menor valor comercial. En julio de 2024, también recogió señalamientos sobre un supuesto uso de cuotas de merluza de cola para justificar capturas de otras especies.
Estos antecedentes fundamentan la necesidad de contrastar los volúmenes históricos declarados con los partes de pesca, los registros de observadores y la verdadera producción a bordo, para establecer qué proporción correspondía efectivamente al recurso. La consistencia de las cifras anteriores a 2023 constituye, así, una cuestión que requiere verificación documental específica.
Qué cambios se pidieron sobre las cuotas
La Comisión propuso elevar al CFP la incorporación de un fondo de reasignación y puesta a disposición de cuota, con referencia en el mecanismo de merluza común. También planteó suspender para el período 2025 la aplicación del porcentaje mínimo de explotación y reducir posteriormente esa exigencia a un nivel compatible con las posibilidades de captura.
El Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA) y la Cámara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA) llevaron al organismo pedidos vinculados con las dificultades de cumplimiento. Para los titulares, el efecto concreto del debate está en las condiciones que pueden dar lugar a una extinción parcial de la CITC por explotación insuficiente.
La puesta a disposición de cuota tiene un antecedente específico. La Resolución CFP Nro.8/2025, aprobada el 17 de julio de ese año, habilitó un mecanismo transitorio que permitió ofrecer hasta el 50% del volumen anual de la CITC que el titular estimara dejar sin capturar. El plazo para presentarse vencía el 15 de agosto de 2025; el volumen entregado ingresaba a la Reserva de Administración y se computaba como cumplido a los efectos del artículo 9 del régimen. La norma también estableció prioridad para el abastecimiento de plantas en tierra al reasignar esos volúmenes. Su alcance estaba limitado a 2025.
En el tratamiento del Acta CFP Nro.25/2026, el CFP dejó los nuevos pedidos sujetos a una evaluación adicional. Solicitó información sobre la operatoria de los buques cuotificados y sus capturas, y requirió al INIDEP un informe actualizado sobre el recurso. La suspensión y la reducción del mínimo de explotación quedaron como propuestas pendientes de resolución en esa sesión.
El debate abierto en esa sesión abarca la conservación de los derechos de captura de los armadores y la adecuación del mínimo exigido a las posibilidades de explotación. El CFP pidió completar la información biológica y operativa antes de resolver las solicitudes vinculadas con las cuotas y su utilización durante 2025.






