Adem谩s otorgaron 500 toneladas a cada uno de los cuatro barcos que operan en la pesquer铆a dentro del 脕rea 1. El INIDEP eval煤a por estos d铆as la Unidad de Manejo A.
Glaciar Pesquera S.A., con intereses en la captura de la vieira patag贸nica, tal como lo informa el Acta CFP Nro. 10/2024 de la semana pasada, ha informado que ha capturado el 80% de su cuota en la Unidad de Manejo (UM) B. En consecuencia, ha solicitado la asignaci贸n del 5% de la Cuota M谩xima Permisible (CMP) de la UM B, a partir de la Reserva de Administraci贸n. Adem谩s, la empresa ha reiterado su solicitud para incrementar las CMP precautorias, especialmente en las UM A, C, G y en el 脕rea 1.
El Consejo Federal Pesquero, tras analizar la presentaci贸n y en virtud de la informaci贸n proporcionada por la Direcci贸n de Administraci贸n Pesquera (DAP) sobre el estado de explotaci贸n de las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de los buques participantes en la pesquer铆a, y considerando que hay disponibilidad de toneladas de vieira en la Reserva de Administraci贸n de la UM B, se decide por unanimidad asignar 1.200 toneladas de vieira patag贸nica (Zygochlamys patag贸nica) a ese grupo econ贸mico.
Esta asignaci贸n est谩 sujeta al pago del Canon de Asignaci贸n de la Reserva de Administraci贸n, previsto en los art铆culos 12 y 13 de la Resoluci贸n CFP Nro.20/2014, y se computar谩 para la aplicaci贸n del art铆culo 10 de la misma resoluci贸n.
Recomendaciones de INIDEP y CMP Precautorias
El Instituto Nacional de Investigaci贸n y Desarrollo Pesquero (INIDEP) ha emitido una nota indicando que se est谩 llevando a cabo una campa帽a de evaluaci贸n en la UM A, con el objetivo de elaborar la recomendaci贸n de la Captura Biol贸gicamente Aceptable (CBA) para fines de agosto. Adem谩s, se sugiere establecer una CMP precautoria en la UM G del 10% de la otorgada por la Resoluci贸n CFP Nro.3/2022, equivalente a 1.305 toneladas, y mantener cerradas las 谩reas de pesca all铆 especificadas. Para el 脕rea 1, donde no se prev茅 una evaluaci贸n, se recomienda establecer una CMP precautoria de 1.000 toneladas para el segundo semestre de 2024.
Considerando las Capturas M谩ximas Permisibles establecidas de manera precautoria en el Acta CFP Nro. 37/2023 y el estado de explotaci贸n de las CITC de vieira, se decide por unanimidad:
a) Establecer una CMP precautoria para la UM G de 3.914 toneladas para el per铆odo anual 2024.
b) Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2024 la prohibici贸n de captura de vieira patag贸nica en las 谩reas G1, G2, G3 y G4, seg煤n lo establecido en el art铆culo 2掳 de la Resoluci贸n CFP N掳 3/2022.
c) Establecer una CMP precautoria para el 脕rea 1 de 2.000 toneladas para el per铆odo anual 2024.
d) Autorizar la captura de vieira patag贸nica en el 脕rea 1 durante el a帽o 2024, conforme a las cantidades y buques detallados.

En relaci贸n con la UM C, se solicita a la Autoridad de Aplicaci贸n, a trav茅s de la Coordinaci贸n Institucional, que env铆e un informe complementario sobre el estado de explotaci贸n de las CITC de dicha unidad, detallando las capturas por buque y empresa, teniendo en cuenta que la Resoluci贸n CFP Nro. 6/2023 estableci贸 la CMP para el per铆odo del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024.









