Entre los temas abordados 鈥搗arios de ellos adelantados en la v铆spera por PESCARE– y las solicitudes recibidas, una de las mismas corresponde a la Subsecretar铆a de Agricultura, Ganader铆a y Pesca de la Provincia de Buenos Aires, donde solicit贸 asignaci贸n de volumen de la Reserva Social sobre la Merluza com煤n.
Considerando, entre otras cuestiones que existe disponibilidad para la Merluccius hubbsi es que el CFP determin贸 la asignaci贸n para el per铆odo anual 2023 lo siguiente:
- 50 toneladas para el buque SANT鈥橝NGELO (M.N. 0425)
- 50 toneladas para el buque CALLEJA (M.N. 01566)
- 50 toneladas para el buque INSOLITO (M.N. 0758)
- 50 toneladas para el buque PORTO BELO I (M.N. 02699)
- 50 toneladas para el buque PUCAR脕 (M.N. 01822)
- 50 toneladas para el buque SUE脩O REAL (M.N. 01113)
- 50 toneladas para el buque TABEIRON TRES (M.N. 02365)
- 20 toneladas para el buque VIENTO NORTE (M.N. 02900)
- 50 toneladas para el buque ROC脥O DEL MAR (M.N. 01568).
Por su parte la Secretar铆a de Producci贸n de la Provincia de Rio Negro solicit贸 asignaci贸n de toneladas de merluza com煤n de la Reserva social de correspondiente a su jurisdicci贸n, otorg谩ndose 200 toneladas para el buque 鈥淢ARTA S鈥 (M.N. 1001), para el per铆odo anual 2023.
La Secretar铆a de Pesca de Chubut tambi茅n realiz贸 una solicitud sobre la misma especie, la cual fue asignada para las siguientes embarcaciones:
- 600 toneladas para el buque BAFFETTA (M.N. 02635)
- 250 toneladas para el buque DON DOMINGO (M.N. 0319)
- 500 toneladas para el buque MARIO R (M.N. 01394).
Con respecto a la Dissostichus eleginoides la empresa PRODESUR S.A. solicit贸 asignaci贸n de CITC para el buque 鈥淭ai An鈥 (M.N. 1530), determinando el CFP que el pedido resulta improcedente, expresando que la asignaci贸n de las CITC de las especies administradas mediante ese r茅gimen se ha efectuado siguiendo los par谩metros legales y reglamentarios fijados al efecto, reglas en las que no encuadra la petici贸n bajo an谩lisis.
Adem谩s expres贸 el organismo que 鈥渢ampoco resulta ajustado a dichas reglas el incremento de la Captura M谩xima Permisible (CMP) para satisfacer el inter茅s que ahora manifiesta la armadora de capturar la especie, cuya CITC transfiri贸 a otro buque. Sin perjuicio de lo afirmado precedentemente, debe se帽alarse que el R茅gimen de CITC contempla -y regula- la posibilidad de adquirir, por la v铆a de transferencia, la cuota en la que tiene inter茅s.
Sobre la merluza de cola la empresa PESCASOL S.A., PEDRO MOSCUZZA E HIJOS S.A., PESQUERA COMERCIAL S.A. y FONSECA S.A. solicitaron asignaci贸n de CITC, y debido a que la disponibilidad asciende a 5.510 toneladas-, para el per铆odo anual 2023, se realizaron las siguientes asignaciones:
- B/P 鈥淢ARIA EUGENIA鈥 鈥 226 toneladas
- B/P 鈥淢ARIA LILIANA鈥 鈥 170 toneladas
- B/P 鈥淔ONSECA鈥 鈥 737 toneladas
Las C谩maras CAIPA y CEPA solicitaron se convoque a la Comisi贸n de seguimiento de la especie merluza de cola para analizar la situaci贸n de la pesquer铆a, para lo cual se acord贸 acuerda instruir a la Coordinaci贸n Institucional para que gire la solicitud a la Autoridad de Aplicaci贸n a fin de que convoque a una reuni贸n de la Comisi贸n de Seguimiento de merluza de cola, en el marco del cronograma de reuniones de las Comisiones de Seguimiento previsto para el presente a帽o.
En referencia a los crust谩ceos bent贸nicos y en respuesta a la consulta sobre la posibilidad de asignar cupos adicionales de centolla en el 脕rea Sur, a trav茅s del INIDEP, se concluye que hay una sugerencia de no incrementar la CBA recomendada en el Informe T茅cnico Oficial N掳 46/2022.
Adem谩s entre las notas recibidas por el Instituto Nacional de Investigaci贸n y Desarrollo Pesquero referida a las pruebas de selectividad de las trampas utilizadas en la pesquer铆a de centolla y al Informe de Campa帽a N掳69/2022: 鈥淓valuaci贸n de la selectividad de las trampas utilizadas en la pesquer铆a de centolla (Lithodes santolla) con diferentes di谩metros del anillo de escape.鈥
Este presenta un an谩lisis descriptivo de la campa帽a de evaluaci贸n de la selectividad de las trampas de centolla, realizada a bordo del buque DUKAT, entre el 20 de octubre y el 9 de noviembre de 2022. El objetivo principal de la campa帽a fue comparar la selectividad de trampas con anillos de escape de diferentes di谩metros (130 mm, 120 mm y 115 mm) respecto a las trampas sin dispositivos. El informe expresa que la experiencia se desarroll贸 con 茅xito y que los resultados obtenidos a partir de la misma ser谩n analizados teniendo en cuenta la retenci贸n de machos de tama帽o comercial, machos no comerciales, hembras y el cangrejo ara帽a (Libidoclaea granaria), principal componente de la fauna acompa帽ante de la pesquer铆a de centolla en el 脕rea Central de manejo.
Complementariamente, mediante la Nota DNI N掳 1/2023 se presenta un detalle de las etapas del an谩lisis estad铆stico que se llevar谩 a cabo a los fines completar la evaluaci贸n y presentar una sugerencia respecto de una posible modificaci贸n de las normas que reglamentan la pesquer铆a. Finalmente se informa que dichas etapas se cumplir谩n durante el segundo trimestre del a帽o en curso.
Sobre las Capturas M谩ximas Permisibles del 脕rea Central, a partir de las recomendaciones del INIDEP, se establecieron valores precautorios de CMP de centolla (Lithodes santolla) del 脕rea Central, para la temporada 2022-2023, hasta que estuviera finalizado el informe t茅cnico del diagn贸stico y evaluaci贸n del recurso, a partir de los resultados de la campa帽a y del an谩lisis de la temporada de pesca 2021-2022.
A fin de contar con la informaci贸n necesaria para establecer la CMP de manera definitiva y su distribuci贸n por 谩rea, se solicita al INIDEP que env铆e el informe final con las recomendaciones de CBA para la pr贸xima reuni贸n (8 y 9 de febrero de 2023).
El Pleoticus muelleri tambi茅n ocup贸 su espacio en esta primera sesi贸n del a帽o del CFP, donde la C谩mara CEPA solicit贸 vista de los antecedentes de la Resoluci贸n CFP N掳 23/2022 y suspensi贸n de plazos procedimentales. Por medio de la nota de referencia solicitaron la vista del expediente en el que se dict贸 la Resoluci贸n CFP N掳 23/2022. Al respecto, tal como surge del texto de la citada resoluci贸n y del acta que de ella da cuenta, su dictado no se insert贸 en un expediente administrativo.
El CFP dicta numerosas resoluciones de alcance general, en el marco de sus atribuciones, sin formar un expediente a tal efecto. La Ley 24.922 otorg贸, entre otras atribuciones del CFP, las facultades o funciones de 鈥渆stablecer la pol铆tica pesquera nacional鈥, 鈥渆stablecer la pol铆tica de investigaci贸n pesquera鈥, 鈥渆stablecer la Captura M谩xima Permisible por especie鈥, 鈥渆stablecer la cuotas de captura anual por buque, por especie, por zona de pesca y por tipo de flota鈥, 鈥減lanificar el desarrollo pesquero nacional鈥, 鈥渞eglamentar el ejercicio de la pesca artesanal鈥, entre otras. Tambi茅n especifica la norma la facultad de establecer 鈥渞estricciones鈥 a la 鈥減esca en todos los espacios mar铆timos bajo jurisdicci贸n argentina鈥 (art铆culo 17) y la de reglamentar y dictar 鈥渢odas las normas necesarias para establecer un r茅gimen de administraci贸n de los recursos pesqueros mediante el otorgamiento de cuotas de captura鈥 -para lo cual establece otras funciones vinculadas- (art铆culo 27). Las decisiones de pol铆ticas pesquera y de investigaci贸n pesquera, y aquellas que versan en general sobre la administraci贸n de la actividad pesquera y la conservaci贸n de los recursos pesqueros, se adoptan generalmente, como ocurri贸 en el caso de la resoluci贸n que suscita el inter茅s de la peticionante, en las reuniones del 贸rgano colegiado, sin que se haya sustanciado un expediente administrativo. A lo que se agrega que la citada resoluci贸n modific贸 la Resoluci贸n CFP N掳 7/2018, que fue dictada sin haber sustanciado un expediente administrativo, por lo que no puede hacerse lugar a lo solicitado respecto del expediente. Sin perjuicio de lo expuesto, por razones de econom铆a del procedimiento, se concede la vista de la Resoluci贸n CFP N掳 23/2022 y del Acta CFP N掳 38/2022, por el plazo de diez d铆as h谩biles.
El INIDEP adem谩s adjunt贸 el Informe T茅cnico Oficial N掳 1/2023: 鈥淓stimaci贸n de la biomasa y de la estructura poblacional del langostino (Pleoticus muelleri). Resultados de la Campa帽a BS 2022-02.鈥, el cual presenta los resultados obtenidos en la campa帽a de evaluaci贸n correspondiente a la primavera 2022, llevada a cabo a bordo del buque BOGAVANTE SEGUNDO, entre los d铆as 29 de octubre y 11 de noviembre.
El objetivo principal de la campa帽a fue verificar la presencia de concentraciones de langostino accesible a la red tangonera comercial, en las 谩reas comprendidas entre los paralelos 43掳10′ y 47掳00鈥 de latitud Sur y al oeste del meridiano 64掳00鈥 de longitud Oeste, para finalmente estimar la biomasa y la numerosidad de individuos disponibles.
Adicionalmente, se analiz贸 la distribuci贸n espacial de las hembras maduras e impregnadas y se tomaron muestras para estimar los 铆ndices de fecundidad y maduraci贸n ov谩rica, con el prop贸sito de analizar el estado del proceso reproductivo. Los resultados obtenidos evidenciaron la presencia de langostino, en distintas concentraciones y tama帽os (82% de los lances realizados). Las mayores concentraciones se encontraron en aguas nacionales, indicando que, para el momento en que se realiz贸 la campa帽a, el langostino a煤n no hab铆a ingresado a las zonas costeras en donde se da la reproducci贸n. Las mayores densidades puntuales se detectaron en la Sub谩rea Norte de Chubut, al igual que los mayores rendimientos.
En cuanto a la estructura de tallas, el langostino observado en la campa帽a 2022 fue m谩s peque帽o que el reportado en la campa帽a 2021, con una mayor proporci贸n de individuos juveniles. Sin embargo, el informe se帽ala que esta situaci贸n puede ser resultado del desfasaje temporal entre ambas campa帽as. En cuanto a la distribuci贸n de las diferentes fracciones de la poblaci贸n (pre reclutas, reclutas y adultos), se observ贸 un patr贸n similar a las primaveras precedentes.
El informe concluye expresando que la campa帽a de evaluaci贸n a realizarse en marzo 2023 dar谩 un panorama m谩s certero en cuanto al inicio y evoluci贸n de la temporada de pesca del a帽o en curso, sin embargo a partir de los resultados ya obtenidos cabe esperar una temporada con caracter铆sticas similares a la zafra 2022 en aguas nacionales.
CEPA tambi茅n present贸 una nota referida a las paradas biol贸gicas. A trav茅s de la misma se solicit贸 mantener para los a帽os 2023 y 2024 la vigencia de las disposiciones transitorias referidas a las paradas biol贸gicas que fueron introducidas, mediante las Resoluciones CFP N掳 16/2018 y 3/2021, a las medidas de administraci贸n para la especie merluza com煤n (Resoluci贸n CFP N掳 26/2009 y modificatorias).
Al respecto, se decidi贸 por unanimidad remitir la presentaci贸n al INIDEP solicitando su opini贸n t茅cnica sobre la posibilidad de prorrogar las disposiciones transitorias incorporadas por las Resoluciones CFP N掳 16/2018 y N掳 3/2021, a los per铆odos 2023 y 2024.









