A los 5 días del mes de septiembre de 2024, siendo las 12:00 horas y reunidos en el Consejo Federal Pesquero, sede ubicada en Humberto 1° 133, 5° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la presencia del CFP, Méd. Vet. Juan Antonio López Cazorla, los representantes del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), Lic. Martín Fernández y Dr. Miguel Schmukler, la representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (MRECIyC), Lic. Paola Gucioni, la representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros (JGM), Dra. Julia Mantinian, y los representantes de las provincias con litoral marítimo: la representante de la Provincia de Buenos Aires Lic. Carla Estefanía Seain, el representante de la Provincia de Río Negro Dr. Sergio Paleo, el representante de la Provincia del Chubut, Dr. Andrés Pedro Arbeletche, el representante de la Provincia de Santa Cruz, Ing. Gustavo Ernesto Martínez, y el representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Sr. Carlos Cantú.
También se encuentran presentes el representante suplente de la Provincia de
Buenos Aires, Dr. Carlos Damián Liberman, los Representantes Suplentes de la
Provincia de Santa Cruz, Ing. Ricardo Ancell Patterson y Técnico Fernando Marcos,
la Coordinadora Institucional del CFP, Lic. Karina Solá Torino, y el Asesor Letrado,
Dr. Alejo Toranzo.
Con un marco de estricta labor y claridad de conceptos, el Consejo Federal Pesquero, manifestó a través del Acta CFP Nro.15/2024 y el Acta CFP Nro.15/2024 Anexo, y la Resolución CFP Nro.3/2024 Asignación CITC Polaca, Resolución CFP Nro.3/2024 CITC Polaca, Resolución CFP Nro.4/2024 Asignación CITC Merluza Negra, Resolucion CFP Nro.4/2024 CITC Merluza Negra, Resolución CFP Nro.5/2024 Asignación Merluza de Cola y Resolución 5/2024 CITC Merluza de Cola; estar a la altura de los más altos niveles de equilibrio entre los pilares básicos que buscó oportunamente la Ley Federal de Pesca 24.922, que fueron:
- la sostenibilidad de la biomasa y salud de los recursos vivos del caladero,
- la sustentabilidad y previsibilidad económica de las empresas,
- la paz social para todos los trabajadores que en forma directa e indirectas hicieron de la actividad primaria extractiva un modelo de vida, desarrollo y prosperidad para sus familias con los principios básicos de equidad y armonía entre participantes.
Una superlativa intervención del ex funcionario de Pesca Nación, actual representante de la provincia de Buenos Aires Dr. Carlos Damian Liberman y su colega la Lic. Carla Seain, quienes junto a las directivas del Ministro de Producción Lic.Javier Rodríguez impulsaron la mejor representatividad para los grupos empresarios de la provincia.
No en desmedro de otra autoridad idónea, como lo es el representante de Santa Cruz, Ricardo Ancell Patterson y el legendario (no por edad sino por presencia dentro del recinto) del titular de Tierra del Fuego Sr. Carlos Cantú. Se contó además con un importante y relevante aporte que buscó y dio origen al consenso del Joven representante de Chubut, el Dr. Andrés Arbeletche, con el aporte de un incisivo representante de Río Negro, el Dr. Sergio Paleo, aunque sería injusto no destacar la particular visión de la representante de Cancillería de Paola Gucioni, quien ha visto pasar mucha agua debajo del puente, siendo la experiencia un alto atributo que aporta su función dentro del ente colegiado, junto al Presidente Juan Antonio López Cazorla, quien con aplomo, pudo llevar adelante una muy compleja redistribución de las CITC de las especies mencionadas. Había que decirlo, y se dijo.
I. Introducción: Enfoque formal al Régimen de CITC
El Régimen de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) ha sido fundamental para la administración sustentable de los recursos pesqueros en Argentina. Desde su implementación en 2009 mediante el Acta CFP N° 49/2009, el CITC ha permitido la regulación de las cuotas asignadas a los buques pesqueros, promoviendo una explotación racional de los recursos vivos del mar. Este régimen, anclado en la Ley 24.922, proporciona un marco legal y técnico que no solo busca proteger el ecosistema marino, sino también armonizar los intereses económicos y ecológicos del sector pesquero.
II. Marco Normativo y Conceptual
El Acta CFP N° 49/2009 consolidó el uso de las CITC, integrando criterios técnicos y jurídicos basados en la Ley 24.922. Esta ley no solo regula los permisos de pesca y las cuotas asignadas, sino que también establece las Capturas Máximas Permisibles (CMP), asegurando que el total de recursos extraídos no sobrepase los límites biológicamente sustentables.
El Consejo Federal Pesquero (CFP), creado con base en la Ley 24.922, ha desempeñado un rol clave al implementar medidas de manejo que respeten el equilibrio entre el desarrollo industrial pesquero y la preservación de los recursos. El enfoque técnico y federal del CFP refleja la necesidad de armonizar los intereses de las distintas jurisdicciones implicadas en la actividad pesquera.
III. Objetivos del Régimen de CITC
El régimen CITC tiene dos objetivos primordiales:
- Conservación de los Recursos Pesqueros: Al evitar la sobreexplotación, cada cuota individual asignada a los buques contribuye al mantenimiento del límite global de la CMP. Este enfoque garantiza la sostenibilidad de las especies marinas, protegiendo así el equilibrio ecológico.
- Estabilidad en la Actividad Pesquera: El CITC busca reducir las fluctuaciones en la actividad pesquera a largo plazo, especialmente en especies como la merluza común y la merluza negra, que antes de la implementación del régimen experimentaban altos niveles de sobreexplotación. Tras la implementación del CITC, se observó una estabilización y eventual recuperación de estas poblaciones.
IV. Aspectos Económicos y de Transferencia
Desde un punto de vista económico, el CITC ha facilitado la transferencia de derechos de pesca, lo que ha permitido una mayor flexibilidad en el acceso a los recursos pesqueros. Esto ha mejorado la eficiencia y dinamismo del sector, incentivando una explotación racional que maximice los beneficios económicos.
Además, la Reserva Social, un mecanismo implementado para contrarrestar la concentración empresarial en la actividad pesquera, ha sido efectiva para evitar monopolios, permitiendo un reparto más equitativo de las cuotas.
V. Metodología General de Asignación (2025-2039)
El proceso de asignación de CITC para el período 2025-2039 se basa en los datos suministrados por la Autoridad de Aplicación, que incluyen capturas históricas, sanciones y parámetros de inversión y empleo por buque. Este cálculo asegura que las cuotas sean distribuidas de manera justa y equitativa, respetando los criterios establecidos en la Ley 24.922 y priorizando el rendimiento sostenible de la pesquería.
Cada buque pesquero recibe una asignación de cuota proporcional a su historial de capturas y a su cumplimiento de las normativas vigentes. En caso de sanciones, se aplica una detracción en la CITC correspondiente. Las CITC asignadas pueden ser transferidas entre buques y empresas, fomentando la flexibilidad y adaptabilidad del régimen a las condiciones cambiantes del sector.
VI. Conclusiones
El Régimen de CITC ha sido un componente vital en la gestión sostenible de los recursos pesqueros de Argentina. A través de una combinación de regulación técnica, flexibilidad económica y preservación del medio ambiente, el régimen ha demostrado ser una herramienta eficaz para promover tanto la sostenibilidad ecológica como el crecimiento económico del sector pesquero y por sobre todas las cosas, la inserción laboral de la mano de obra generada buscando el ideal de la paz social.
La evolución del CITC y su aplicación hasta el año 2024 proporciona una base sólida para la futura asignación de cuotas (2025-2039), asegurando que la pesca continúe siendo una actividad viable y sustentable, con reglas claras y equitativas para todos los actores del sector. El resto… pirotecnia y folclore alejado a un trabajo responsable y serio, que da pie para que la próxima sesión convocada para los días miércoles 18 y 19 de septiembre próximos en la sede del CFP a partir de las 11:00 horas se avance bajo los mismos antecedentes con la redistribución de CITC de Merluza Hubbsi.