Luego de la sesi贸n llevada a cabo por el Consejo Federal Pesquero realizada en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires fueron redactadas y aprobadas dos Actas y una Resoluci贸n.
La misma fue presidida por el Dr. Carlos Dami谩n Liberman, dando un quorum de ocho miembros presentes a trav茅s de los representantes del Poder Ejecutivo Nacional Dr. Carlos 脕ngel Lasta y Lic. Antonio Macchioli, la representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto Lic. Paola Gucioni, la representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Dra. Gabriela Gonz谩lez Trilla, y los representantes de las provincias con litoral mar铆timo: el representante de la Provincia de R铆o Negro Lic. Fernando Malaspina, la representante de la Provincia de Santa Cruz Mar铆a Lucrecia Bravo, y el representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Ant谩rtida e Islas del Atl谩ntico del Sur Carlos Cant煤.
Tanto la provincia de Buenos Aires como la provincia de Chubut no tuvieron representantes presentes en la sesi贸n.
La orden del d铆a indicaba que los temas a abordarse ser铆an el R茅gimen de CITC, Langostino, Crust谩ceos Bent贸nicos, Merluza Negra y Pesca Responsable.
En referencia al primero de los puntos 鈥揜茅gimen de CITC- se present贸 el informe sobre el estado de las reservas de merluza com煤n, cuya disponibilidad al 4 de septiembre del corriente a帽o era de 27.475,6 toneladas.
Se inform贸 la n贸mina de los buques que efectuaron nuevos pedidos de volumen adicional de captura de merluza com煤n para el a帽o 2023, el consumo de su CITC y del grupo empresario al que pertenecen, el promedio de consumo por marea y las toneladas disponibles en cada uno de ellos.
Con los fundamentos pertinentes -abastecimiento de materia prima a las plantas de procesamiento en tierra- se decide por unanimidad asignar de la Reserva de Administraci贸n de la especie, para el per铆odo anual 2023, un volumen de captura de merluza com煤n a los buques fresqueros peticionantes y en las cantidades que surgen de la n贸mina que se detalla, las que totalizan 1.340 toneladas:
- B/P 鈥淪an Jorge M谩rtir鈥 鈥 240 toneladas
- B/P 鈥淪an Pascual鈥- 240 toneladas
- B/P 鈥淪ant鈥橝ntonio鈥 鈥 140 toneladas
- B/P 鈥淰掳 Mar铆a Inmaculada鈥 鈥 160 toneladas
- B/P 鈥淢arcala I鈥 – 240 toneladas
- B/P 鈥淧etrel鈥 鈥 110 toneladas
- B/P 鈥淧ensacola I鈥 鈥 120 toneladas
- B/P 鈥淒on Raimundo鈥 鈥 180 toneladas
Mediante nota la Secretar铆a de Agricultura, Ganader铆a y Pesca de la Provincia de Buenos Aires solicit贸 asignaci贸n de volumen de la Reserva Social, pero dicha provincia no cuenta con disponibilidad para atender la solicitud, por lo que el pedido tambi茅n estaba referido a una solicitud de asignaci贸n que se impute a la Provisi贸n Administrativa de la especie.
Se decidi贸 por unanimidad trasladar 50 toneladas de la Provisi贸n Administrativa a la Reserva Social de la Provincia de Buenos Aires, y de esta 煤ltima asignar 50 toneladas de merluza com煤n para el B/P 鈥淐omandante Luis Piedra Buena鈥 (M.N. 0767).
El segundo de los puntos abordados tuvo referencia al Pleoticus muelleri y a su captura en aguas de jurisdicci贸n nacional, para lo que fueron remitidos los informes finales de la prospecci贸n de langostino realizada en las Sub谩reas 4, 5 y 9.
A trav茅s del mismo se present贸 el detalle del desarrollo de la cuarta prospecci贸n de langostino, realizada en las Sub谩reas 4, 5 y 9 a partir del 8 de agosto pasado, y un an谩lisis de la operatoria diaria de los buques participantes de la misma.
En ese sentido el INIDEP brind贸 informaci贸n de los observadores a bordo de la flota comercial sobre cada uno de los d铆as de prospecci贸n de langostino en las Sub谩reas 6, 10 y 11.
Con respecto a las sub谩reas 10 y 11 la prospecci贸n se llev贸 a cabo por tres d铆as, despu茅s de los cuales el INIDEP recomend贸 no habilitar la pesca comercial. La recomendaci贸n fue efectuada en virtud de que los rendimientos obtenidos fueron bajos, al mismo tiempo, que se registr贸 una relaci贸n merluza/langostino (M/L) por encima del l铆mite establecido en ambas sub谩reas.
En cuanto al tama帽o de los ejemplares capturados, en la Sub谩rea 10 tambi茅n se super贸 el porcentaje permitido de ejemplares compatibles con las categor铆as L4 y menores (25,78%), mientras que en la Sub谩rea 11 el valor de estas categor铆as acumuladas alcanz贸 el 14,62%. Conforme a la recomendaci贸n del Instituto, en fecha 27/08/23, la Autoridad de Aplicaci贸n comunic贸 la finalizaci贸n de la prospecci贸n y la no habilitaci贸n a la pesca comercial en ambas sub谩reas.
En lo que respecta la Sub谩rea 6, la pesca comercial fue habilitada por la Autoridad de Aplicaci贸n en fecha 28 de agosto a partir de la recomendaci贸n del INIDEP efectuada sobre el an谩lisis de la informaci贸n obtenida a lo largo de los cuatro d铆as de prospecci贸n.
Durante los mismos, la sub谩rea mostr贸 rendimientos sostenidos con un promedio de captura por unidad de esfuerzo (CPUE) de 1.647 kg/h y una captura media diaria de 14.545 kg por buque.
Los tama帽os de los langostinos capturados tambi茅n fueron buenos, con un 40,65% de ejemplares compatibles con la categor铆a comercial L2, un 30,28% de ejemplares L1 y un porcentaje acumulado de L4 y menores del 5,2%.
Adem谩s el INIDEP brind贸 el Informe de Asesoramiento y Transferencia N掳 78/2023: 鈥淐aptura incidental de merluza (Merluccius hubbsi) obtenida por la flota langostinera desde el 20 de abril al 27 de agosto de 2023.鈥
El Informe de Asesoramiento y Transferencia N掳 78/2023 presenta los indicadores de la evoluci贸n de la captura incidental de merluza en la pesquer铆a de langostino, y las estimaciones preliminares de bycatch dentro y fuera del 脕rea de Veda Permanente de Juveniles de Merluza entre el 20 de abril y el 27 de agosto de 2023.
El valor acumulado de bycatch de merluza estimado al 煤ltimo d铆a del per铆odo antes mencionado fue de 19.839 toneladas.
El informe fue complementado con la nota DNI N掳 106/2023 que expone los resultados del seguimiento de la pesquer铆a desde el 28 de agosto al 3 de septiembre. La nota expresa que durante dicho per铆odo la flota langostinera continu贸 con actividad comercial principalmente por dentro del AVPJM, en las Sub谩reas 6, 8, 12, 15 y 16.
En la Sub谩rea 6, la relaci贸n M/L fue de 0,26, con una muy elevada presencia de ejemplares juveniles de merluza. En la Sub谩rea 8 茅sta relaci贸n alcanz贸 el 0,25 y en la 12 fue del 0,37. En las sub谩reas 15 y 16 los valores se mantuvieron dentro de los l铆mites establecidos por la normativa.
Por su parte, la nota DNI N掳 104/2023 presenta la evoluci贸n diaria de los indicadores de pesca de langostino en las sub谩reas habilitadas a la pesca comercial, entre los d铆as 21 de agosto y 3 de septiembre. La misma se帽ala que luego de la suspensi贸n de la Sub谩rea 7 y la habilitaci贸n de la Sub谩rea 6, la flota oper贸 mayormente sobre 茅sta 煤ltima.
Durante los 煤ltimos d铆as del per铆odo, los buques se dispersaron en busca de nuevas concentraciones de pesca, dirigi茅ndose a las sub谩reas 8, 12, 15 y 16. La informaci贸n recibida permite destacar la presencia de langostino de buen tama帽o en las Sub谩reas 15 y 16, con rendimientos que alcanzaron los 2.703 y 7.800 kg/h (03/09/23), respectivamente.
Asimismo, se inform贸 que en todas las sub谩reas se registr贸 un alto porcentaje de individuos adultos, con porcentajes acumulados de las categor铆as L4 y menores muy por debajo del 20% establecido como l铆mite.
El tercero de los temas abordados fue sobre Crust谩ceos Bent贸nicos, donde la empresa 鈥淲anchese Argentina S.R.L:鈥 solicit贸 la renovaci贸n del permiso de pesca de centolla del buque 鈥淎TLANTIC EXPRESS鈥 (M.N. 02936), situaci贸n que ser谩 analizada por los Consejeros.
Tambi茅n el INIDEP puso en consideraci贸n del CFP el 鈥淧lan de campa帽a de evaluaci贸n de centolla (Lithodes santolla) en el 脕rea Central, primavera 2023鈥 y el 鈥淧lan de campa帽a de evaluaci贸n de centolla (Lithodes santolla) en el 脕rea Sur, primavera 2023鈥.
Para la campa帽a en el 脕rea Central los objetivos principales son:
鈼 Determinar la distribuci贸n espacial, estructura de longitudes de caparaz贸n, abundancia relativa y estado general de las distintas fracciones que componen el stock de centolla presente en las jurisdicciones y zonas de manejo que integran el 脕rea Central.
鈼 Generar un 铆ndice de abundancia relativa estandarizado, que permita determinar la evoluci贸n interanual de la abundancia de la centolla comercial en el 脕rea Central.
Analizada la propuesta que present贸 el INIDEP, se decidi贸 por unanimidad aprobar la realizaci贸n de una campa帽a de investigaci贸n en el 脕rea Central, bajo las siguientes condiciones:
– Fecha de inicio: entre el 15 y el 20 de septiembre de 2023.
– Buques participantes: cuatro (4) buques congeladores que operan actualmente en el 谩rea. Los mismos deber谩n iniciar las tareas de forma simult谩nea.
– Duraci贸n: depender谩 de las caracter铆sticas operativas de los buques y las condiciones clim谩ticas, se estima un m谩ximo de 20 d铆as efectivos de pesca.
– 脕rea: entre los paralelos 43掳30鈥 y 48掳 de latitud Sur, y desde la costa hasta el meridiano 62掳 40鈥 de longitud Oeste, incluyendo las zonas de pesca de aguas nacionales al norte y sur del paralelo 46掳 S y aguas de jurisdicci贸n de las Provincias del Chubut y Santa Cruz, dentro del Golfo San Jorge, dividida en cuatro (4) sectores que ser谩n asignados a cada buque por acuerdo entre la DNCyFP y las jurisdicciones provinciales intervinientes.
– Personal cient铆fico-t茅cnico: cada buque deber谩 embarcar dos (2) investigadores/t茅cnicos/AIP, al menos uno de ellos deber谩 pertenecer al INIDEP.
– Dise帽o de la campa帽a, modalidad de trabajo y actividades a desarrollar: seg煤n la propuesta del INIDEP, contenidas en el Plan de Campa帽a para el 脕rea Central remitido mediante documento anexo a la Nota DNI N掳 108/2023. Las mismas podr谩n ser modificadas por el Instituto en la medida que los resultados parciales obtenidos a bordo durante el desarrollo de la campa帽a as铆 lo ameriten.
– Capturas: las capturas de cada buque descontar谩n de la CMP que se establezca para cada zona, conforme los l铆mites que oportunamente defina la DNCyFP en coordinaci贸n con las jurisdicciones provinciales. Se podr谩n procesar las capturas realizadas en tanto esto no interfiera con las actividades de investigaci贸n.
– Dem谩s condiciones operativas contenidas en el Plan de Campa帽a para el 脕rea Central remitido como documento anexo a la Nota DNI N掳 108/2023 y las que eventualmente establezca la Autoridad de Aplicaci贸n.
– Las autoridades nacional y provinciales deber谩n comunicar a la flota arrastrera el desarrollo de la presente actividad a fin de evitar interacciones entre flotas.
Para la campa帽a en el 脕rea Sur los objetivos principales son:
鈼 Determinar la distribuci贸n espacial, estructura de longitudes de caparaz贸n, abundancia relativa y estado general de las distintas fracciones que componen el stock de centolla presente en las jurisdicciones que integran el 脕rea Sur de manejo.
鈼 Generar un 铆ndice de abundancia relativa estandarizado, que permita determinar la evoluci贸n interanual de la abundancia de la centolla comercial en el 脕rea Sur.
Del mismo modo se decidi贸 por unanimidad aprobar la realizaci贸n de una campa帽a de investigaci贸n en el 脕rea Sur bajo las siguientes condiciones:
– Fecha de inicio: fines de septiembre de 2023.
– Buques participantes: seis (6) buques congeladores que operan actualmente en el 谩rea. Cada buque deber谩 iniciar las tareas una vez finalizados los lances que les fueran asignados para la campa帽a de evaluaci贸n del 脕rea Central, para el caso que corresponda. En el caso del B/P 鈥淐HIYO MARU No 3鈥 (M.N. 2987), que inici贸 su temporada de pesca, debe dejar caladas las l铆neas que no ser谩n usadas para la prospecci贸n concentradas en un sector alejado a m谩s de 5 millas de los lances de prospecci贸n.
– Duraci贸n: depender谩 de las caracter铆sticas operativas de los buques, se estima un m谩ximo de 15 d铆as efectivos de pesca.
– 脕rea: entre los paralelos 48掳 y 54掳30鈥 de latitud Sur, desde la costa hasta aproximadamente la isobata de 100 metros, incluyendo las jurisdicciones de Naci贸n, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Ant谩rtida e Islas del Atl谩ntico Sur, dividida en cinco (5) sectores que ser谩n asignados a cada buque por acuerdo entre la DNCyFP y las jurisdicciones provinciales intervinientes.
– Personal cient铆fico-t茅cnico: cada buque deber谩 embarcar dos (2) investigadores/t茅cnicos/AIP, al menos uno de ellos deber谩 pertenecer al INIDEP.
– Dise帽o de la campa帽a: actividades a desarrollar seg煤n la propuesta del INIDEP contenida en el plan de campa帽a de evaluaci贸n para el 脕rea Sur, remitido como documento adjunto a la Nota DNI N掳 108/2023. Las mismas podr谩n ser modificadas por el Instituto en la medida que los resultados parciales obtenidos a bordo durante el desarrollo de la campa帽a as铆 lo ameriten.
– Capturas: las capturas de cada buque descontar谩n de la CMP que se establezca para cada zona, conforme los l铆mites que defina oportunamente la DNCyFP en coordinaci贸n con las jurisdicciones provinciales. Se podr谩n procesar las capturas realizadas en tanto esto no interfiera con las actividades de investigaci贸n.
– Dem谩s condiciones operativas contenidas en el plan de campa帽a de evaluaci贸n para el 脕rea Sur, remitido como documento anexo a la nota DNI N掳 108/2023, y las que eventualmente establezca la Autoridad de Aplicaci贸n.
– Las autoridades nacional y provinciales deber谩n comunicar a la flota arrastrera el desarrollo de la presente actividad a fin de evitar interacciones entre flotas.
En referencia a la Merluza negra el CFP dict贸 una Resoluci贸n sobre el recurso (ver nota aparte de PESCARE), normativa que se elabor贸 en base a un ordenamiento de la pesquer铆a, como el establecimiento de las AMPs Namuncur谩 鈥 Banco Burdwood y Yaganes, a煤n sin los correspondientes planes de manejo pesquero, que contribuyen en concentrar a煤n m谩s las capturas y la existencia de capturas no reguladas en aguas adyacentes a la Milla 201.
El INIDEP sugiri贸 continuar con las medidas de manejo establecidas para la pesquer铆a, ya que las mismas han tenido un impacto favorable en relaci贸n al estado de salud del efectivo, como proseguir con el estricto control en la prohibici贸n de realizar operaciones de pesca dirigida en el 脕rea de Protecci贸n de Juveniles de Merluza Negra (APJMN) a m谩s de 800 metros de profundidad.
Tambi茅n inform贸 los resultados obtenidos de la campa帽a con el buque pesquero 鈥淎RGENOVA XIV鈥 que se realiz贸 con el objetivo de profundizar los conocimientos en cuanto al estado reproductivo de la especie, y sobre la planificaci贸n de la pr贸xima campa帽a en el buque pesquero 鈥淪AN ARAWA II鈥 en el APJMN durante la veda reproductiva, a fin de estudiar la condici贸n reproductiva de la especie dando inicio a un an谩lisis durante un ciclo anual completo.
La DNCyFP inform贸 que, ya est谩 a la espera de dictamen jur铆dico la norma que establece la obligatoriedad de reportar on line el parte de producci贸n de merluza negra, complementario al parte de pesca electr贸nico, el cual ya fue presentado oportunamente a las empresas. Asimismo, se destaca que mediante la suscripci贸n de la Disposici贸n SSPyA N掳 15/2023 se realiz贸 un compendio normativo que engloba las acciones de control, fiscalizaci贸n y funcionamiento administrativo vinculadas a esta pesquer铆a.
Del mismo modo el INIDEP brind贸 el Informe de Asesoramiento y Transferencia N掳 77/2023: 鈥淎n谩lisis de las capturas de merluza negra obtenidas por el B/P TAI AN (M.N. 01530) durante el per铆odo 2016-julio de 2023鈥, donde est谩 contenido el an谩lisis de la informaci贸n proveniente de la estad铆stica pesquera oficial y de los Asistentes de Investigaci贸n Pesquera -AIP- del buque 鈥淭AI AN鈥 (M.N. 01530), del per铆odo 2016-2023.
Entre 2010 y 2019 el buque cont贸 con CITC de la especie, equivalente aproximadamente al 3% de la captura total (100 t). A partir de 2020 las capturas de merluza negra desembarcadas por el buque fueron menores a 3 toneladas y nunca superaron el porcentaje reglamentario de bycatch del 1,5%. Solamente en dos mareas de 2023 las capturas superaron las 16 toneladas.
La implicancia biol贸gica de las capturas realizadas a menos de 800 metros de profundidad radica en que se encuentran conformadas mayoritariamente por ejemplares inmaduros. En funci贸n de los resultados obtenidos se sugiere complementar la normativa vigente (bycatch permitido inferior al 1,5% del total capturado -Res. SAGPyA 19/2002, Res. CFP 21/2012) con la restricci贸n que no superar un valor de hasta 5 toneladas.









