Con un quorum de diez miembros y bajo la presidencia del Dr. Julián Suárez (el Dr. Carlos Liberman se encuentra en Italia participando de actividades referidas a la FAO y llegando a nuestro pais en la mañana de hoy), participaron además los representantes del Poder Ejecutivo Nacional, Dr. Carlos Ángel Lasta y Lic. Antonio Alberto Macchioli, la Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Lic. Paola Andrea Gucioni, la Representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dra. Julia Mantinian, y los Representantes de las provincias con litoral marítimo: la Representante de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Carla Estefanía Seain, el Representante de la Provincia de Río Negro, Lic. Fernando Malaspina, el Representante de la Provincia del Chubut, Méd. Vet. Néstor Adrián Awstin, la Representante de la Provincia de Santa Cruz, María Lucrecia Bravo y el Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Carlos Alfredo Cantú.
El primer tema abordado fue la CITC de merluza común (Merluccius hubbsi) donde a través del informe de la DNCyFP, donde se expone el estado de la Reserva de Administración de esa especie, se desprende que al 5 de septiembre último, la misma era de 10.795,5 toneladas.
Se informó a los buques peticionantes de volumen adicional de captura de merluza común para el año 2022, el consumo de su CITC y del grupo empresario al que pertenecen, el promedio de consumo por marea y las toneladas disponibles en cada uno de ellos.
Teniendo en cuenta lo expuesto, como así también la prioridad establecida en la disposición transitoria introducida en la Resolución CFP N° 5/2022 (inciso d) para el abastecimiento de materia prima a las plantas de procesamiento en tierra, se decide por unanimidad asignar de la Reserva de Administración de la especie, para el período anual 2022, un volumen de captura de merluza común a los buques fresqueros peticionantes y en las cantidades que detallamos:
- B/P “San Jorge Mártir” – 240 toneladas
- B/P “San Pascual” – 150 toneladas
- B/P “Sant’Antonio” – 140 toneladas
- B/P “V° María Inmaculada” – 160 toneladas
- B/P “Marcala I” – 240 toneladas
- B/P “Don Nicola” – 160 toneladas
- B/P “Tesón” – 150 toneladas
- B/P “Ponte Coruxo” 240 – toneladas
- B/P “Júpiter II” – 180 toneladas
- B/P “Nono Pascual” – 150 toneladas
- B/P “Canal de Beagle” – 150 toneladas
De este modo se totalizan 1960 toneladas, para lo cual el CFP recordó que las interesadas deberán abonar el Canon de Asignación de la Reserva de Administración previsto.
Por su parte, la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Provincia de Buenos Aires solicitó asignación de volumen de la Reserva Social en volumen de 200 toneladas en concepto de Reserva Social para el buque “Antonia D” (M.N. 03217).
A través del informe recibido en referencia a la especie surge que la disponibilidad en la Reserva Social de la Provincia de Buenos Aires no es suficiente para atender la totalidad de la solicitud. Por tal motivo, la Representante de la citada provincia solicitó a la Autoridad de Aplicación que preste conformidad para imputar las toneladas remanentes en su Reserva Social a la reserva de la Provincia, teniendo en consideración razones de máximo interés social con el fin de favorecer el trabajo de la flota pesquera, mantener activas las plantas procesadoras y sostener la mano de obra ocupada.
En virtud de la conformidad prestada por la Autoridad de Aplicación, se decidió por unanimidad integrar las 188,9 toneladas remanentes de la Reserva Social de la Autoridad de Aplicación a la Provincia de Buenos Aires, y asignar de ésta última un volumen de captura de 200 toneladas al buque mencionado para el período anual 2022.
En referencia al langostino (Pleoticus muelleri), se le solicitó al INIDEP que evaluara llevar adelante una nueva prospección y que, en caso de considerarlo oportuno, elaborase el correspondiente plan.
Se destaca también que el Instituto remitió el día 5 de septiembre la información correspondiente al primer día de actividades. Ésta dio cuenta de buenas capturas por unidad de esfuerzo pero con elevados porcentajes de ejemplares juveniles (53,2% de ejemplares L4 y menores en la Subárea 10 y 49,9% en la Subárea 11).
Respecto de la captura incidental de merluza, los datos arrojaron una relación M/L de 0,13 en la Subárea 10 y 0,14 en la Subárea 11. El INIDEP informó que los muestreos realizados en el transcurso del segundo día de prospección arrojaron resultados similares respecto de la estructura de talla de los ejemplares capturados. A partir de dichos datos el Instituto recomendó finalizar la prospección en ambas subáreas.
A su vez, propuso realizar una nueva prospección en las Subáreas 12 y 13, e informó las condiciones técnicas necesarias para su realización. En virtud de las recomendaciones del Instituto, la DNCyFP dispuso la finalización de la prospección en las Subáreas 10 y 11 (8° prospección), sin habilitar la pesca comercial en las mismas.
Oficialmente se informó que la semana del 29 de agosto al 4 de septiembre, los buques operaron en las Subáreas 4, 7, 8 y 14 dentro del AVPJM. Durante la primera semana, en las Subáreas 8, 15 y 16 se registraron valores de la relación merluza/langostino (M/L) por encima del límite establecido en la normativa, todos ellos productos de un único lance de pesca en cada zona (0.22, 0.24 y 0.71 respectivamente), la Subárea 7 alcanzó una relación M/L de 0.26.
Durante la segunda semana, en la Subárea 8 la relación M/L descendió al 0.15, en la Subárea 7 se ubicó en el 0.23 y en la Subárea 14 llegó al 0.41.
Sobre la vieira patagónica el INIDEP también envió un Informe Técnico sobre la “Evaluación de la biomasa de vieira patagónica. Unidades de Manejo D y E. Recomendaciones para el año 2022”, como así también un informe de similares características pero sobre la Unidad de Manejo A y las recomendaciones para el año próximo.
El análisis de los datos obtenidos en la campaña de evaluación realizada en las UM D y E, a bordo del B/P “ERIN BRUCE” entre los días 21 de abril y 9 de mayo de 2022, con el objetivo de realizar recomendaciones de CMP y describir la estructura de longitudes de vieira patagónica, los resultados alcanzados muestran la existencia de escasos lances con densidades comerciales que habilitan a la pesca.
En ambas unidades de manejo se registró una disminución de las biomasas totales y comerciales respecto a la última campaña de evaluación realizada durante 2020. Sin embargo, se observó mayor presencia de ejemplares de tallas no comerciales, que aún no aportan biomasa de manera significativa a la población. Esto, sumado a la presencia de ejemplares de edad 0+, plantea la necesidad de continuar implementando una política altamente precautoria respecto del manejo del recurso, a fin de permitir la evolución en tallas de estas cohortes.
El informe señala también que en ambas UM se observó una gran variabilidad en los valores de densidades. El INIDEP propuso implementar tres áreas de cierre a la actividad pesquera dentro de cada una de las UM D y E, y sugiere habilitar a la pesca el resto de la superficie de ambas Unidades de Manejo, buscando proteger la evolución en talla de ejemplares no comerciales, favorecer la recuperación de sectores con bajas densidades y, a su vez, facilitar la estrategia de exploración y búsqueda del recurso por parte de la flota comercial.
Asimismo se presentaron diferentes alternativas a implementar respecto de las biomasas a extraer en ambas UM en las áreas factibles de pesca, asumiendo un coeficiente de eficiencia del arte de captura empleado (rastra) de 0.56855, y recomendándose continuar aplicando un criterio precautorio.
En lo que refiere al plano temporal, habiendo analizado las capturas realizadas en cada subárea a la fecha, teniendo en cuenta los meses ya transcurridos del período anual, y atendiendo a la posibilidad de brindar una mayor previsibilidad a fin de facilitar los aspectos operativos de la actividad, el CFP consideró oportuno establecer la Captura Máxima Permisible en cada una de las dos unidades de manejo para el período que va desde el 1º de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2023.
A raíz de los informes recibidos es que el CFP, estableció para el período que va desde el 1º de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2023, la CMP de vieira patagónica, entera y de talla comercial en: – 6.616 toneladas para la UM D, y – 8.876 toneladas para la UM E.
Estableció además, para el período anual 2023, la CMP de vieira patagónica, entera y de talla comercial en: – 7.603 toneladas para la UM A., prohibiendo la captura de vieira patagónica en las Subáreas A1, A2 y A3, dentro de la UM A, en las Subáreas D1, D2 y D3, dentro de la UM D, y en las Subáreas E1, E2 y E3, dentro de la UM E.
También el Informe Técnico Oficial nro. 22 del presente año, expresa que en las UM D y E se observaron lances con presencia de ejemplares de talla no comercial que, debido a su posición geográfica, que no permiten definir un área de cierre y por ello, a fin de protegerlos, se recomendó evitar la actividad pesquera en las inmediaciones de los mismos (aproximadamente una milla náutica).
Dos empresas (Wanchese Argentina y Glaciar Pesquera), solicitaron una vez más, la excepción definitiva al uso de LEPs (dispositivos para aves marinas, espantapájaros) para la pesquería de vieira patagónica, basándose en un informe del CONICET, que concluye expresando que el proceso de devolución de fauna acompañante, producto no comercial y restos del procesado del producto comercial, no induce la ocurrencia de interacciones de aves marinas con artes de pesca y sus posibles daños físicos asociados.
A la espera de las recomendaciones finales del INIDEP, el CFP consideró oportuno hacer extensiva la excepción dispuesta por el período que va desde el 1° de marzo hasta el 1° de junio de 2022, a fin de contar con toda la información necesaria para adoptar una decisión con carácter permanente.
Además de estos temas, el CFP tomó determinaciones sobre Anchoíta, Variado Costero, Calamar y novedades sobre inactividad comercial, temas que reflejaremos en nota aparte.