Pasado el mediod铆a de este jueves, el Consejo Federal Pesquero mantuvo una nueva sesi贸n con la presidencia del Dr. Juli谩n Su谩rez, encontr谩ndose presentes los Representantes del Poder Ejecutivo Nacional, Dr. Carlos Angel Lasta y Lic. Antonio Alberto Macchioli, la Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Lic. Paola Andrea Gucioni, la Representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dra. Julia Erika Mantinian, y los Representantes de las provincias con litoral mar铆timo: el Representante de la Provincia de R铆o Negro, Lic. Fernando Malaspina, el Representante de la Provincia de Chubut, M茅d. Vet. N茅stor Adri谩n Awstin, y el Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Ant谩rtida e Islas del Atl谩ntico Sur, Carlos Alfredo Cant煤.
Los ocho miembros que dieron qu贸rum abordaron como primer tema la merluza com煤n (Merluccius hubbsi), donde la Secretar铆a de Producci贸n de la Provincia de R铆o Negro solicit贸 asignaci贸n de toneladas de esa especie y de acuerdo al volumen disponible, han dispuesto:
- 200 toneladas para el B/P 鈥淒on Agust铆n鈥
- 200 toneladas para el B/P 鈥淓l Santo鈥
De acuerdo a las notas presentadas y a los buques peticionantes de volumen adicional de captura de merluza com煤n para el a帽o 2022, el consumo de su CITC y del grupo empresario al que pertenecen, el promedio de consumo por marea y las toneladas disponibles en cada uno de ellos, el CFP tambi茅n dispuso las siguientes asignaciones de capturas:
- B/P 鈥淪an Jorge M谩rtir鈥 鈥 240 toneladas
- B/P 鈥淪an Pascual鈥 鈥 150 toneladas
- B/P 鈥淪ant 鈥楢ntonio鈥 鈥 140 toneladas
- B/P 鈥淰潞 Mar铆a Inmaculada鈥 鈥 160 toneladas
- B/P 鈥淢argot鈥 鈥 240 toneladas
- B/P 鈥淢ellino I鈥 鈥 240 toneladas
- B/P 鈥淢arcala I鈥 鈥 240 toneladas
- B/P 鈥淒on Nicola鈥 鈥 160 toneladas
- B/P 鈥淭eson鈥 鈥 150 toneladas
- B/P 鈥淧onte Coruxo鈥 鈥 240 toneladas
- B/P 鈥淏elvedere鈥 鈥 170 toneladas
- B/P 鈥淧adre P铆o鈥 鈥 140 toneladas
- B/P 鈥淣i帽o Jes煤s de Praga鈥 鈥 150 toneladas
De este modo se totalizan 2.420 toneladas.
Sobre la especie langostino, el Consejo Federal Pesquero recibi贸 diversas notas, sobre todo de car谩cter informativo de parte del Instituto Nacional de Investigaci贸n y Desarrollo Pesquero, donde indica sub谩reas de prospecci贸n realizadas por la flota comercial, como as铆 tambi茅n las suspensiones que se llevaron a cabo en otras sub谩reas, para lo cual el Instituto envi贸 el Informe de Asesoramiento y Transferencia pertinente, como el 鈥淩esumen de las actividades de pesca de langostino en aguas nacionales, dentro del 谩rea de veda permanente de juveniles de merluza, per铆odo 1掳 de agosto al 21 de agosto鈥.
Adem谩s comunic贸 la 鈥淐aptura incidental de merluza (Merluccius hubbsi) obtenida por la flota langostinera desde el 1 de abril al 24 de julio de 2022鈥, comunicando tambi茅n los datos obtenidos de la operatoria de la flota comercial en aguas de jurisdicci贸n nacional dentro y fuera del AVPJM, vinculados con la captura incidental de merluza com煤n del 25 de julio al 21 de agosto.
En cuanto a los rendimientos, durante el segundo d铆a se detect贸 鈥搃ndica el INIDEP- una concentraci贸n muy importante de langostino hacia el noreste de la sub谩rea, con niveles de CPUE muy elevados (38.663 kg/h en promedio para el segundo y el tercer d铆a). En cuanto a la estructura de tallas, 99,9 % de los ejemplares capturados fueron adultos pertenecientes a las categor铆as comerciales L1, L2 y L3, en orden de importancia.
Respecto de la relaci贸n merluza/langostino el promedio de los tres d铆as de prospecci贸n fue del 0,15. Por todo ello, el Instituto recomend贸 la habilitaci贸n de la zona a la pesca comercial del recurso. La Autoridad de Aplicaci贸n, dispuso la apertura de la Sub谩rea 5 a partir de las 7 horas del d铆a 22/08/22. Finalmente, en fecha 23/08/22 la DNCyFP remiti贸 el informe final de la prospecci贸n realizada en dicha sub谩rea.
Por otro lado, el INIDEP inform贸 los datos relevados por los AIP durante la operatoria comercial en la Sub谩rea 7, del 15 al 18 de agosto. Estos dieron cuenta de un porcentaje de ejemplares juveniles por encima del l铆mite establecido (28% pertenecientes a las categor铆as comerciales L4 y menores), por lo que se recomend贸 la suspensi贸n de las actividades de pesca en la zona por un lapso de 7 d铆as. Consecuentemente, la Autoridad de Aplicaci贸n dispuso la suspensi贸n recomendada, a partir de las 19 horas del 19/08/22. Asimismo, el Instituto present贸 un resumen de las operaciones de pesca en las sub谩reas habilitadas en el per铆odo comprendido entre los d铆as 1掳 y 21 de agosto. El mismo se帽ala que los rendimientos promedio de la mayor parte de las sub谩reas fueron 贸ptimos, con el normal decaimiento propio de la actividad en las mismas. El an谩lisis de las estructuras de longitudes mostr贸 que los ejemplares de mayor tama帽o se encontraron al norte del paralelo 44掳S, lo que se correlaciona con la producci贸n de los buques pesqueros. El informe expresa que las capturas declaradas ascienden a 137.369 toneladas.
Tambi茅n destac贸 informaci贸n sobre la captura incidental de merluza para el per铆odo que va del 1掳 de abril al 24 de julio, que remite la informaci贸n correspondiente al per铆odo comprendido entre el 25 de julio al 21 de agosto de 2022. El valor acumulado correspondiente a la estimaci贸n preliminar del bycatch de merluza, desde el 1掳/04/2022 y hasta el 21/08/22, fue de 13.062 toneladas. En cuanto al 煤ltimo per铆odo analizado (15 al 21/08), el informe detalla que la flota continu贸 con actividad comercial principalmente en las Sub谩reas 2, 4, 7, 8, 14, 15 y 16.
Para las sub谩reas observadas dentro del AVPJM, el rendimiento promedio de merluza fue de 361 kg/h. La relaci贸n merluza-langostino se mantuvo dentro de los niveles l铆mites establecidos en las sub谩reas 4, 7, 8 y 15 (0,1, 0,20, 0,18 y 0,12, respectivamente). En la sub谩rea 14 el valor de la relaci贸n se ubic贸 en un 0,36 (producto de 1 lance observado) y en la sub谩rea 16 la M/L fue de 0,21. Al norte y por fuera del AVPJM, el rendimiento promedio de merluza fue de 148 kg/h, con una M/L de 0,1.
Asimismo se recibi贸 nota solicitando llevar a cabo una prospecci贸n de langostino en las Sub谩reas 10 y 11.
CAIPA, por su parte, reiterando solicitud de CAIPA y CAABPA de modificaci贸n de la Resoluci贸n CFP N掳 1/2002 (art. 3掳) en relaci贸n con la tipificaci贸n de falta para los buques que capturan langostino. El CFP tom贸 conocimiento de la nota, en la que se solicita un pronunciamiento sobre la petici贸n de modificaci贸n de la Resoluci贸n CFP N掳 1/2002, recibida en el Acta CFP N掳 13/2022. El pedido se motiva en las posibles infracciones que pudieran cometer los buques que operan en el 脕rea de Veda Permanente para la protecci贸n de juveniles de merluza com煤n, dirigidos a la especie langostino. Han solicitado que no se considere grave a la eventual infracci贸n y que no se aplique la suspensi贸n preventiva de hasta sesenta d铆as, que entiende ser铆a aplicable en virtud de la Resoluci贸n CFP N掳 1/2002. Al respecto, se se帽ala que las reglas de la pesquer铆a de langostino en el 谩rea de veda antes referida se encuentran establecidas en el conjunto de medidas aprobadas por la Resoluci贸n CFP N掳 7/2018, con las modificaciones introducidas mediante la Resoluci贸n CFP N掳 9/2022.
De su lectura se desprende que la eventual suspensi贸n preventiva prevista en el art铆culo 22, de las citadas medidas de administraci贸n de la especie langostino, establece un plazo m谩ximo de 40 d铆as, para las hip贸tesis que detalla la norma. Es por ello que en la actualidad, la operatoria sobre la especie langostino en el 谩rea de veda mencionada se encuentra sujeta a las medidas aprobadas por la Resoluci贸n CFP N掳 7/2018, modificada por la Resoluci贸n CFP N掳 9/2022. A partir de lo expuesto, se decide por unanimidad declarar inoficioso pronunciarse en el sentido de la solicitud.
Quien tambi茅n envi贸 notas al CFP fue el Sindicato Obrero Mar铆timo Unidos, quienes solicitaron la adopci贸n de medidas para garantizar la seguridad del personal embarcado ante estado de alerta meteorol贸gica, para lo cual se instruy贸 a la Coordinaci贸n Institucional para que gestione una reuni贸n con las autoridades de la Prefectura Naval Argentina a fin de tratar el tema planteado.
La misma entidad gremial solicit贸 informaci贸n sobre empresas y buques pesqueros sumariados por infracci贸n en la pesquer铆a de langostino, para lo cual tambi茅n se instruy贸 a la Coordinaci贸n Institucional para que gire la misma a la Direcci贸n Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera a los fines que estime corresponder.






