La Disposici贸n fue publicada este jueves en el Bolet铆n Oficial de nuestro pa铆s, a trav茅s de la cual se determinan los vol煤menes en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura de la especie Merluccius hubbsi que corresponden al presente a帽o para el stock Sur del Paralelo 41潞 de Latitud Sur de acuerdo a lo que ya estaba dispuesto a trav茅s de sendas Resoluciones de los a帽os 2009 y 2022, ambas emanadas por el Consejo Federal Pesquero.
Adem谩s se tomaron en consideraci贸n otras de similares caracter铆sticas del a帽o 2013 para la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus), en tanto que para la merluza negra (Dissostichus eleginoides) correspondientes al a帽o 2023, se basan en Resoluciones de los a帽os 2009 y 2022.
Tambi茅n se determinaron los vol煤menes en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura de la especie polaca (Micromesistius australis) correspondientes al a帽o 2023, conforme lo dispuesto por las Resoluciones Nro. 20 de fecha 12 de noviembre de 2009, adem谩s de la emitida el 7 de diciembre de 2022, ambas del Consejo Federal Pesquero.
Asimismo, fueron especificados los porcentajes de cada Cuota Individual Transferible de Captura de la especie vieira patag贸nica (Zygochlamys patagonica) correspondientes al a帽o 2023, conforme lo dispuesto por la Resoluci贸n N潞 20 de fecha 18 de diciembre de 2014 del CFP.
Vale destacar que el CFP, a trav茅s de la Resoluci贸n de fecha 7 de diciembre de 2022, hab铆a 聽establecido la Captura M谩xima Permisible para el a帽o 2023 de la especie merluza com煤n (Merluccius hubbsi) en Trescientas trece mil toneladas (313.000 t) para el efectivo Sur del Paralelo 41潞 de Latitud Sur y Treinta y siete mil toneladas (37.000 t) para el efectivo Norte, al Norte del Paralelo 41潞 de Latitud Sur.
Se recuerda tambi茅n que a trav茅s de la Resoluci贸n N潞 2 de fecha 7 de marzo de 2013 del CFP se estableci贸 el r茅gimen espec铆fico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus), mientras que por el Art铆culo 8 del Anexo de la citada Resoluci贸n N潞 2/13 se estableci贸 que la Autoridad de Aplicaci贸n, calcule anualmente, sobre la base de la Captura M谩xima Permisible, el volumen en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura.
Entre los Considerandos de la nueva Disposici贸n se destaca que la Captura M谩xima Permisible para la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus) ha sido fijada en Cincuenta mil toneladas (50.000 t) por la Resoluci贸n 21/2022 y que la Resoluci贸n N潞聽21 de fecha 12 de noviembre de 2009 estableci贸 el r茅gimen espec铆fico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides).
La Captura M谩xima Permisible para la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) ha sido fijada en Tres mil setecientas (3.700 t) a trav茅s de la mencionada Resoluci贸n (21/2022) y mediante la Resoluci贸n N潞聽20 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CFP se estableci贸 el r茅gimen espec铆fico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura de la especie polaca (Micromesistius australis).
La Captura M谩xima Permisible para la especie polaca (Micromesistius australis) fue fijada en Veintiocho mil toneladas (28.000 t) a trav茅s de la 煤ltima Resoluci贸n mencionada.
Esta primera Resoluci贸n del presente a帽o adem谩s tiene como anexo los listados de los buques con su correspondiente matr铆cula, la especie a pescar y su correspondiente CITC en porcentaje y en toneladas como as铆 tambi茅n quien es el titular de la embarcaci贸n, informaci贸n que adjuntamos en cinco archivos Anexos adjuntos.
