La Autoridad Marítima recuerda que la “navegación y el trabajo del personal a bordo de los buques está expuesta a una amplia diversidad de riesgos, entre ellos, aquellos asociados a las tareas en cubierta bajo condiciones hidrometeorológicas desfavorables, circunstancias en la que puede producirse la caída de una persona al agua”.
Múltiples son los factores que pueden derivar en una caída, tal el caso de labores en cubierta, fatiga, distracción, falta de adaptación al medio de trabajo, entre otras varias.
Muchas son las hipótesis que se tomaron como base del estudio de casos de hombre al agua en el mundo, pero todas tienen un denominador común: para las personas que caen por la borda sin chaleco salvavidas, el desenlace es trágico.
La Prefectura señala que “en este contexto, y por las características y condiciones del litoral marítimo argentino, es extremadamente importante disponer de procedimientos para actuar de inmediato ante la caída de una persona al agua, a fin de poder ubicarla lo antes posible y poder rescatarla”.
La recomendación indica que para ello debería fomentarse una cultura de la seguridad que aliente el uso de chalecos salvavidas o dispositivos de ayuda a la flotación mientras se permanece en cubierta, mantener estos elementos en condiciones adecuadas y guardarlos en los lugares asignados.
En base a estas consideraciones generales, la Prefectura Naval Argentina proporciona una serie de recomendaciones para mitigar los riesgos y así prevenir la caída de personas al agua. Estas sugerencias se apoyan fundamentalmente en una implantación eficaz del sistema de gestión de la seguridad a bordo y son de interés para propietarios, armadores, compañías operadoras, centros de formación y tripulantes en general.
La Recomendación lleva el número 01/2023 bajo el título “Gestión del Riesgo a Bordo para prevenir la caída de Personas al Agua”, detalla que del análisis de casos ocurridos entre 2010 y 2020 en diferentes regiones del mundo, realizado por Grupo de trabajo sobre las enseñanzas extraídas y cuestiones de seguridad identificadas a partir del análisis de los informes de las investigaciones sobre seguridad, del Subcomité de implantación de instrumentos de la Organización Marítima Internacional (cabe resaltar que no se aceptaron para el estudio los accidentes de pescadores que cayeron al agua bajo la influencia de alcohol o de drogas), se arribó a la conclusión que en el caso de llevar chalecos salvavidas o dispositivos de ayuda a la flotación colocado, con temperaturas del agua de mar inferiores a 10º C, la mayoría de los sucesos de hombre al agua perecieron (95,6 %), ya que la inmersión en agua fría por debajo de 15º C puede provocar shock por frío, pérdida de coordinación e hipotermia, por ende las personas pierden el conocimiento y se ahogan.
Además, indican en las recomendaciones que con bajas temperaturas, el tiempo de permanencia segura de una persona en el agua es de 5 a 15 minutos, teniendo en cuenta además que la oscuridad (en la noche pereció el 92,2%) y las condiciones hidrometeorológicas desfavorables (en tormentas murió el 79,6%), dificultan enormemente las operaciones de salvamento exitosas.
La Autoridad Marítima muestra que “atento las características y condiciones del litoral marítimo argentino, es extremadamente importante disponer de procedimientos para actuar de inmediato ante la caída de personas a las aguas para ubicarlas lo antes posible y poder recuperarlas a bordo del buque, por lo que debería fomentarse una cultura de la seguridad que aliente el uso de chalecos salvavidas o dispositivos de ayuda a la flotación mientras se permanece en cubierta, mantenerlos en condiciones adecuadas y guardarlos en los lugares asignados”.
En el mismo sentido, alientan a aquellas compañías que disponen a bordo de sus buques de un Sistema de gestión de la seguridad (SGS), observar lo indicado en la Ordenanza No 5/18 (DPSN) “NORMAS DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL DEL BUQUE Y LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN (NGS), párrafos 3.6.2.1.1 y 2 del Agregado 1, que señala:
“Establecer prácticas de seguridad en las operaciones del buque y en el medio de trabajo”; y “Evaluar todos los riesgos señalados para sus buques, su personal y el medio ambiente y tomar las oportunas precauciones”.
Por otra parte, recuerdan lo establecido en la Ordenanza No 3/18 (DPSN) “NORMAS SOBRE DISPOSITIVOS Y MEDIOS DE SALVAMENTO EN BUQUES DE LA MATRÍCULA MERCANTE NACIONAL, párrafo 4.3 del Anexo 3 al Agregado 1, que indica: “En los buques que posean una sola cubierta expuesta desde la cual el personal pueda caer al agua mientras realizan faenas, el Capitán no autorizará dicha faena hasta cerciorarse que el personal que deba realizarla esté usando un dispositivo personal de flotación”.
Teniendo en cuenta que actualmente no existen directrices de la OMI que se ocupen del riesgo de caídas en altura (incluidos, entre otros, el acceso y la salida del lugar donde se va a realizar el trabajo, el trabajo en altura y el trabajo por fuera de la borda) y que no se dispone de ninguna fuente que pueda ser utilizada como base para elaborar procedimientos de trabajo seguros para los trabajos en altura o fuera de la borda, la Prefectura Naval Argentina proporciona las siguientes recomendaciones para mitigar los riesgos a bordo para prevenir la caída de personas al agua:
- considerar, en el marco del Sistema de gestión de la seguridad (SGS), la evaluación de riesgos a bordo asociados a la caída de personas al agua y elaborar procedimientos específicos que tengan como premisa “en el caso hipotético de hombre al agua” de iniciar una alerta inmediata a bordo, a los buques y Estaciones Costeras de Seguridad que se encuentren próximas, y mantener en todo momento la identificación visual de la persona e iniciar las maniobras pertinentes para su recuperación.
- verificar que la asignación de responsabilidades que figuran en el cuadro de rol para zafarranchos sean concordantes con las pautas descriptas en el procedimiento operativo para casos de caída de personas al agua, como así también asegurar la disponibilidad inmediata tanto de los aros salvavidas provistos con luces de encendido automático (guindolas) para la señalización de la posible posición de la persona en el agua y la apreciación de su deriva, como del sistema de recuperación e izado de hombre al agua.
- adoptar medidas para establecer a bordo de los buques de navegación marítima costera y de altura, el uso de chalecos salvavidas o dispositivos de ayuda a la flotación en las cubiertas expuestas mientras esté en el mar, provistos de cintas retroreflectivas, luz y silbato, accesorios que aumentarán la posibilidad de detectar a una persona en el agua.
- incrementar las rondas de seguridad por parte del personal de guardia en puente; particularmente durante las tareas de exploración o navegaciones hacia y desde la zona de pesca (menor tránsito sobre la cubierta expuesta) y en horarios nocturnos.
- Evaluar la introducción de nuevas tecnologías, como ser la instalación de un sistema de vigilancia de circuito cerrado de video con alerta de movimientos y alarma en el puente de navegación; la utilización de radiobalizas de localización personal de tipo aprobado y adheridas al chaleco salvavidas, las que además de enviar la señal de emergencia al satélite, en la actualidad tienen la posibilidad de ser detectadas por dispositivos receptores SIA disponibles a bordo de los buques, hecho que incrementa la detección y recuperación inmediata de una persona en el agua.