Ambas partes renegociaron las escalas salariales y las condiciones laborales para los trabajadores, arribando a un acuerdo entre el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos, la Cámara Argentina de Armadores de Buques de Altura y la Cámara de la Industria Pesquera Argentina.
Con esta nueva negociación se les otorgó a los trabajadores una recomposición salarial para los trabajadores sobre los valores vigentes al 28 de febrero del presente año del 30%.
Este aumento se aplicará a partir del 1 de enero del presente año, el cual será de carácter No Remunerativo, con vigencia hasta el 28 de febrero próximo.
En la recomposición salarial otorgada para los afiliados al SOMU, sobre los valores vigentes al 28 de febrero de 2023 (también del 30%), que se apliquen a partir del 1 de enero de 2024, serán de carácter Remunerativo y tendrán vigencia hasta el 28 de febrero del presente año.
En el convenio rubricado por los dirigentes del SOMU Oscar Bravo, Damián Basail, Alejandro Leiva y Santiago González y los representantes de las cámaras Dres. Fernando Manuel Rivera y Diego García Luchetti, dejaron expresado que los valores correspondientes se encuentran detallados en un anexo que forma parte del convenio.
Asimismo el acuerdo detalla que “los valores no remunerativos pactados entre las partes deberán entenderse otorgados como compensación especial acordada entre las partes, por los efectos que ha tenido en los costos empresariales la política cambiaria estatal por lo que deberán ser tenidos en ese carácter durante el período de vigencia del presente acta acuerdo.”
A su vez ya quedó establecido que la recomposición salarial otorgada a los trabajadores, se otorgará también sobre los rubros Extra convencionales que cada empresa tenga acordado con el sindicato y los trabajadores en sus recibos de haberes.
A partir del mes de marzo del presente año, dice además el convenio, los importes No Remunerativos pasarán a convertirse en Remunerativos en su totalidad, mientras que los importes No Remunerativos, serán tenidos en cuenta a los efectos de la liquidación de Aguinaldos, Vacaciones, Enfermedades inculpables y Accidentes de Trabajo.
Del mismo modo, los importes No Remunerativos que se han acordado, serán tenidos en cuenta a los efectos del descuento de la Cuota Sindical y Obra Social.
Las partes acordaron un régimen de viáticos para los trabajadores y que, en forma temporal operen sobre otras especies en otros puertos que no sean el de su asiento 52.800 pesos para los meses de enero y febrero del presente año, los que serán abonados en la forma que disponga el armador, en cada arribo con carga de los buques, y renovables a las 48 horas de estadía y por única vez.
Expresa además el convenio que aquellas empresas que tengan ya acordado viáticos y este sea superior al monto aquí estipulado, se regirán por ese.
Otro de los puntos que quedó establecido es para el rubro manutención (comida), el que se fijó en 20 mil pesos los meses de enero, febrero y marzo de 2024.
Este tramo de acuerdo, tal como se lo firmó, está pactado y tendrá vigencia hasta el 28 de febrero del presente año, comprometiéndose las partes a mantener la Paz Social del sector en procura de mantener el desarrollo económico de la actividad pesquera y la prosperidad de sus trabajadores.