El Decreto 37/25, publicado en el Bolet铆n Oficial el d铆a de hoy y firmado por el Presidente de la Naci贸n, Javier Milei, la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el Jefe de Gabinete de Ministros Guillermo Francos, establece una reforma integral al R茅gimen de la Navegaci贸n (REGINAVE), con el objetivo de desregular y modernizar sustancialmente la actividad mar铆tima y fluvial en el pa铆s.
La nueva normativa se hizo efectiva mediante la publicaci贸n hoy en el Bolet铆n Oficial, que establece que la Prefectura Naval Argentina (PNA) ser谩 la autoridad que fiscalizar谩 el correcto cumplimiento del r茅gimen. (Descargar REGINAVE 2025 Anexo I al pie del Decreto 37/25).
Seg煤n los considerando, esta reforma 鈥 se centra en la supresi贸n de aquellas disposiciones que imponen el sometimiento del usuario a la tramitaci贸n de autorizaciones y aprobaciones que resultan redundantes en virtud de la duplicidad de autorizaciones y aprobaciones de igual tenor y fuerza legal 鈥. Por esto mismo, se decidi贸 implementar estas modificaciones 鈥 con el objetivo de conferir al sector un mayor dinamismo, simplicidad y operatividad, para que los usuarios accedan a sus requerimientos sin cargas ni dilaciones innecesarias 鈥.
Principales Modificaciones
- Unificaci贸n de autorizaciones:
Se eliminan las restricciones de navegaci贸n por zonas, permitiendo que una misma autorizaci贸n tenga validez en todo el territorio nacional. Esto elimina barreras innecesarias para la operatividad de las embarcaciones. - Simplificaci贸n de certificaciones de seguridad:
- Los armadores ahora podr谩n optar por distintas modalidades para certificar las condiciones de seguridad de sus buques, incluyendo ingenieros habilitados o sociedades de clasificaci贸n privadas.
- Esta flexibilidad reduce costos y agiliza los procedimientos, especialmente para embarcaciones peque帽as.
- Definici贸n libre de repuestos:
Se elimina la imposici贸n previa de la Prefectura Naval sobre los repuestos que deb铆a portar cada buque, permitiendo que los armadores definan libremente sus necesidades y evitando sobrecostos pero sobre todo sincerando lo innecesario que es contar con repuestos a bordo cuando los motores propulsores y/o auxiliares son electr贸nicos y de imposible puesta a punto a bordo en alta mar. - Eliminaci贸n de obligaciones obsoletas:
- La obligaci贸n de contratar serenos queda sin efecto, dado el anacronismo y la falta de necesidad en el contexto actual de seguridad portuaria. No obstante es decisi贸n de cada armador con el barco en muelle, tener el personal id贸neo para los requisitos y eventualidades operativas que el buque pueda requerir. Es imperiosa la necesidad de personal ampliamente familiarizado con los artefactos navales, la diferencia es que no hay imposici贸n por parte de la autoridad mar铆tima a tenerlo.
- La contrataci贸n de baqueanos pasa a ser opcional, exigida 煤nicamente para el transporte de sustancias peligrosas, con una reducci贸n estimada de costos del 15%. Esto apunta al personal de la flota fluvial e incluso podr铆a incidir en el personal de plataformas hidrocarbur铆feras.
- Adopci贸n de est谩ndares internacionales:
- Se permitir谩 el uso de dispositivos de seguridad aprobados por sociedades de clasificaci贸n internacionales, lo que reduce significativamente los costos al diversificar la oferta.
- Nuevo r茅gimen para embarcaciones menores:
- Se establece un r茅gimen simplificado para embarcaciones de menos de 100 toneladas de arqueo, adecuando los requisitos a la realidad operativa de estas naves y evitando cargas normativas desproporcionadas.
- Modernizaci贸n del r茅gimen de navegaci贸n deportiva:
- Se descentraliza la emisi贸n de carnets, habilitando a las federaciones n谩uticas para otorgarlos.
- La vigencia de los permisos se ampl铆a a 10 a帽os y se flexibilizan las actividades comerciales vinculadas a embarcaciones deportivas, fomentando el desarrollo de mercados y nuevas oportunidades de negocio.
- Digitalizaci贸n y simplificaci贸n administrativa:
- El proceso de transferencia de buques, que anteriormente requer铆a meses (hasta 18 meses), se reducir谩 a d铆as. Al menos esa es la propuesta.
- Se eliminan tr谩mites innecesarios, se digitalizan procesos y se extienden habilitaciones de personal, en l铆nea con los principios de libertad de contrataci贸n.
Este decreto es el resultado de un trabajo interdisciplinario liderado por el Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Desregulaci贸n y la Secretar铆a Legal y T茅cnica, con la colaboraci贸n destacada de la Prefectura Naval Argentina y numerosos profesionales comprometidos con la modernizaci贸n normativa. A todos ellos, el reconocimiento por haber llevado adelante esta reforma integral, que se proyecta como un evento singular en la desregulaci贸n del sector.
Con esta reforma, se busca no solo reducir costos, burocracia administrativa y tiempos, sino tambi茅n fomentar la actividad econ贸mica, modernizar la normativa mar铆tima y fluvial, y posicionar a Argentina como un referente regional en eficiencia y competitividad en el 谩mbito de la navegaci贸n. Para ello, se derogan exigencias basados en ordenanzas mar铆timas obsoletas y esquemas que no competen a los buques pesqueros, escindiendo del presente REGINAVE, pero dando atributos como autoridad de aplicaci贸n a la propia Instituci贸n.
Esto si bien no hace a un cambio estructural que todo el sector pesquero esperaba, es, al menos un inicio de algunas desregulaciones que sirvan para acompa帽ar el modelo m谩s eficiente que necesita la pesca; y tambi茅n el dinamismo que la actividad impone, adapt谩ndolo a las necesidades actuales de los actores del sector y promoviendo un desarrollo sustentable y din谩mico.






