En el tablero convulsionado del derecho laboral argentino, dos frentes simultáneos exponen con crudeza la tensión entre la letra de la ley, la supervivencia empresarial y la protección de los trabajadores. De un lado, la reforma laboral consagrada en la Ley de Bases Nro. 27.742, que derogó las históricas multas por empleo no registrado y abrió un terreno de interpretaciones judiciales aún inciertas. Del otro, el reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ), que sacudió los cimientos de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) al fijar nuevos criterios para la actualización de indemnizaciones. Dos piezas de un mismo rompecabezas que, al encajar, revelan un escenario de riesgo sistémico para la economía laboral argentina.
La sombra de la no registración: Entre sanciones y daños y perjuicios
La eliminación de las multas a los empleadores que incurren en la contratación “en negro” fue presentada como una forma de aligerar la pesada mochila normativa que, según el sector privado, sofoca la creación de empleo. Sin embargo, en los tribunales, algunos jueces de primera instancia —con fallos todavía apelados— comenzaron a experimentar con un reemplazo: la aplicación del régimen de daños y perjuicios propio del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN).
El razonamiento es claro: si la multa desaparece, subsistiría la posibilidad de reclamar una reparación patrimonial y moral por el perjuicio sufrido. Pero aquí surge la controversia. El derecho laboral argentino ya contempla un sistema propio de compensaciones e indemnizaciones tarifadas, donde cada contingencia está prevista. Invocar el CCCN, advierten especialistas, equivale a desnaturalizar la autonomía de la Ley de Contrato de Trabajo.
La consecuencia práctica no es menor: el trabajador debería probar el daño concreto —material o moral—, sin invocar sanciones que ya cuentan con un régimen específico. Es decir, demostrar lo intangible de una relación laboral negada, lo emocional de un despido encubierto o lo económico de salarios percibidos por fuera de registro. Un terreno incierto, que amenaza con abrir una caja de Pandora jurídica.
Las ART en el abismo: Un fallo que cambia las reglas
Mientras tanto, en el corazón del sistema de riesgos del trabajo, otro temblor resuena. El TSJ porteño resolvió que las indemnizaciones por accidentes laborales deberán calcularse con el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), desplazando al coeficiente CER, hasta ahora más favorable a los trabajadores.
La Unión de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (UART) reaccionó de inmediato; el impacto, sostienen, será “impagable con las alícuotas vigentes”. Según su presidenta, Mara Bettiol, el nuevo criterio equivale a casi dos veces el patrimonio neto de todo el sistema, comprometiendo su sustentabilidad. El fallo, además, tiene un alcance multiplicador; más de mil causas en trámite se resolverán bajo la misma lógica, acelerando los cobros pero también exponiendo a las aseguradoras a un pasivo monumental.
En un marco paradójico, mientras los accidentes laborales y los fallecimientos se reducen —producto de inversiones en prevención—, la litigiosidad judicial se dispara. Este año, se proyecta un récord histórico de más de 128.000 demandas, un fenómeno que las ART atribuyen a indemnizaciones “abusivas” y a peritajes carentes de control.
El sector pesquero, en alerta máxima
En este contexto, la preocupación se hace sentir con fuerza en el sector pesquero, donde los juicios laborales se multiplican año tras año y en montos pavorosos. La actividad —caracterizada por condiciones de trabajo riesgosas, jornadas intensas y alta estacionalidad— ya enfrenta un récord de demandas que, con los nuevos parámetros indemnizatorios, alcanzan cifras millonarias de hasta 10 dígitos.
Empresarios de Mar del Plata, el litoral y la Patagonia advierten que estos montos, sumados a la presión fiscal y a los costos de operación, generan un cóctel explosivo. “Estamos en riesgo de que varias plantas deban cerrar; los números no cierran si cada juicio se traduce en pasivos imposibles de afrontar”, sostienen representantes de cámaras del sector.
A diferencia de otros rubros, en la pesca el margen de rentabilidad es estrecho y la litigiosidad creciente erosiona su capacidad de sostener el empleo formal. Una crisis en cadena podría dejar sin trabajo a miles de familias que dependen directamente de la actividad.
El dilema argentino: Entre justicia y viabilidad
Ambos frentes —la reinterpretación de las sanciones por empleo no registrado y la actualización de indemnizaciones laborales— exponen una misma contradicción estructural; ¿cómo equilibrar la justicia para el trabajador con la viabilidad de las empresas y aseguradoras que sostienen el sistema?.
Los críticos de la reforma advierten que la eliminación de multas sin un reemplazo claro erosiona la protección efectiva del trabajador. Los detractores del fallo del TSJ, en cambio, señalan que un criterio indemnizatorio desbordado puede hundir a las aseguradoras y, con ellas, a la cobertura de millones de empleados.
En el trasfondo, late una pregunta de época; ¿es posible modernizar el régimen laboral argentino sin caer en los extremos de la impunidad patronal ni en la asfixia empresarial? La respuesta definirá no solo el futuro inmediato de la litigiosidad, sino también la capacidad del país de crear empleo en un contexto atravesado por cambios tecnológicos, económicos y sociales vertiginosos; pero sobre todo, con la figura del Estado que bajo el paraguas de la libertad entre privados, se desligó de un problema que pone en jaque todo el sistema laboral.
En definitiva, el derecho del trabajo argentino se encuentra en una encrucijada histórica entre el imperativo de proteger al más débil y la necesidad de evitar que las reglas de juego destruyan el delicado equilibrio sobre el que descansa el sistema productivo e industrial argentino.