Mediante la Resolución 13/17, la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo dispuso la prohibición de arrastre en un sector del área bajo su manejo con el objetivo de proteger la reproducción de condrictios.
La norma entró en vigencia este miércoles tras ser publicada en el Boletín Oficial y regirá hasta el próximo 31 de marzo, como viene ocurriendo en los últimos años. El área vedada está limitada por los siguientes las siguientes referencias geográficas:
• al Norte, por el paralelo 36°00’S y su intersección con el Límite Exterior del Río de la Plata;
• al Sur, por el paralelo 37°00’S;
• al Oeste, por el Límite Exterior del mar territorial argentino;
• al Este, por el meridiano 56°00’W
“El estado de los peces cartilaginosos, su particular vulnerabilidad y los niveles de explotación alcanzados en la Zona Común de Pesca Argentino-Uruguaya llevan a la necesidad de adoptar medidas de conservación”, justifica la normativa.
Los investigadores del Inidep consideran que en el área tiene lugar la reproducción de gatuzo, pez ángel, rayas, tiburón gatopardo, y cazón, entre otras especies.
La medida regirá hasta el próximo 31 de marzo con el objetivo de proteger reproducción y juveniles.
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