Finalmente, ayer, y despu茅s de haber sido notificadas todas las empresas con participaci贸n de CITC de merluza hubbsi, el d铆a viernes 6 de diciembre de 2024 mediante la p谩gina oficial Mi Argentina a trav茅s del TAD, fueron publicadas ayer en el Bolet铆n Oficial, -y de esta manera debidamente notificado y promulgado-, las resoluciones, que impactan directamente en el esquema de asignaci贸n, redistribuci贸n y costos por la cuotificaci贸n de Merluza Hubbsi en Argentina, estableciendo nuevos par谩metros y ajustes para las cuotas de captura y los derechos de extracci贸n de especies marinas. Estas medidas, que entrar谩n en vigencia a partir del 1 de enero 2025 y por 15 a帽os, hasta el 31 de diciembre de 2039, buscan optimizar la gesti贸n pesquera del pa铆s y asegurar la sostenibilidad de los recursos marinos.
La Resoluci贸n CFP Nro.10/2024 modifica los procedimientos de ajuste anual del Derecho 脷nico de Extracci贸n (DUE), el canon que se aplica sobre las capturas de especies marinas en aguas argentinas. A partir del 1掳 de febrero de 2025, -de no mediar objeciones-, el arancel base de cada especie ser谩 ajustado en funci贸n de su valor de comercializaci贸n anual, con un esquema diferenciado seg煤n la especie. Por ejemplo, especies como los condrictios y el abadejo estar谩n sujetas a un ajuste del 3%, mientras que otras como el calamar o el langostino tendr谩n ajustes del 2%. Esta resoluci贸n tiene como objetivo armonizar los valores de extracci贸n con las fluctuaciones del mercado, manteniendo actualizado los valores y as铆, poder asegurar la recaudaci贸n del Fondo Nacional Pesquero (FO.NA.PE.).
Adem谩s, la resoluci贸n introduce cambios en el sistema de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), estableciendo un nuevo anexo con la tabla actualizada de valores que se aplicar谩 para la asignaci贸n de estas cuotas, que se utilizar谩n para regular la captura de esta especie clave.
Por su parte, la Resoluci贸n CFP Nro.11/2024 se enfoca en la asignaci贸n de las CITC para la merluza com煤n (Merluccius hubbsi) en el stock sur del paralelo 41掳 de latitud sur. Esta resoluci贸n establece que, a partir del 1掳 de enero de 2025, se asignar谩 el 67,48% de la Captura M谩xima Permisible (CMP) a los buques que ya pose铆an CITC bajo el r茅gimen vigente. La resoluci贸n tambi茅n determina las condiciones para la asignaci贸n de cuotas desde las reservas social y artesanal, con un porcentaje significativo (31,3%) destinado a la Reserva Social, ajustado seg煤n el m谩ximo inter茅s social de las jurisdicciones involucradas.
Estas resoluciones representan un avance significativo hacia la consolidaci贸n de un sistema sostenible de gesti贸n de los recursos pesqueros, con el objetivo de garantizar la continuidad de las actividades a largo plazo bajo criterios ecol贸gicos y sociales. No obstante, aunque se mantiene una asignaci贸n similar a la que ha prevalecido en los 煤ltimos 15 a帽os, su implementaci贸n dista en cierta medida del esp铆ritu riguroso de la Ley. En particular, la aplicaci贸n de los par谩metros establecidos en el art铆culo 27 no se llev贸 a cabo de manera uniforme entre todos los participantes. Las empresas y los operadores pesqueros deber谩n cumplir con los nuevos requerimientos y realizar su inscripci贸n para la asignaci贸n de las CITC antes del 20 de diciembre de 2024, de lo contrario, sus cuotas ser谩n reasignadas a trav茅s de un Fondo de Reasignaci贸n.
Con estas medidas, se contin煤a adaptando la normativa a las necesidades del sector y los cambios del mercado, asegurando una pesquer铆a responsable y equilibrada.









