Finalmente, ayer, y después de haber sido notificadas todas las empresas con participación de CITC de merluza hubbsi, el día viernes 6 de diciembre de 2024 mediante la página oficial Mi Argentina a través del TAD, fueron publicadas ayer en el Boletín Oficial, -y de esta manera debidamente notificado y promulgado-, las resoluciones, que impactan directamente en el esquema de asignación, redistribución y costos por la cuotificación de Merluza Hubbsi en Argentina, estableciendo nuevos parámetros y ajustes para las cuotas de captura y los derechos de extracción de especies marinas. Estas medidas, que entrarán en vigencia a partir del 1 de enero 2025 y por 15 años, hasta el 31 de diciembre de 2039, buscan optimizar la gestión pesquera del país y asegurar la sostenibilidad de los recursos marinos.
La Resolución CFP Nro.10/2024 modifica los procedimientos de ajuste anual del Derecho Único de Extracción (DUE), el canon que se aplica sobre las capturas de especies marinas en aguas argentinas. A partir del 1° de febrero de 2025, -de no mediar objeciones-, el arancel base de cada especie será ajustado en función de su valor de comercialización anual, con un esquema diferenciado según la especie. Por ejemplo, especies como los condrictios y el abadejo estarán sujetas a un ajuste del 3%, mientras que otras como el calamar o el langostino tendrán ajustes del 2%. Esta resolución tiene como objetivo armonizar los valores de extracción con las fluctuaciones del mercado, manteniendo actualizado los valores y así, poder asegurar la recaudación del Fondo Nacional Pesquero (FO.NA.PE.).
Además, la resolución introduce cambios en el sistema de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), estableciendo un nuevo anexo con la tabla actualizada de valores que se aplicará para la asignación de estas cuotas, que se utilizarán para regular la captura de esta especie clave.
Por su parte, la Resolución CFP Nro.11/2024 se enfoca en la asignación de las CITC para la merluza común (Merluccius hubbsi) en el stock sur del paralelo 41° de latitud sur. Esta resolución establece que, a partir del 1° de enero de 2025, se asignará el 67,48% de la Captura Máxima Permisible (CMP) a los buques que ya poseían CITC bajo el régimen vigente. La resolución también determina las condiciones para la asignación de cuotas desde las reservas social y artesanal, con un porcentaje significativo (31,3%) destinado a la Reserva Social, ajustado según el máximo interés social de las jurisdicciones involucradas.
Estas resoluciones representan un avance significativo hacia la consolidación de un sistema sostenible de gestión de los recursos pesqueros, con el objetivo de garantizar la continuidad de las actividades a largo plazo bajo criterios ecológicos y sociales. No obstante, aunque se mantiene una asignación similar a la que ha prevalecido en los últimos 15 años, su implementación dista en cierta medida del espíritu riguroso de la Ley. En particular, la aplicación de los parámetros establecidos en el artículo 27 no se llevó a cabo de manera uniforme entre todos los participantes. Las empresas y los operadores pesqueros deberán cumplir con los nuevos requerimientos y realizar su inscripción para la asignación de las CITC antes del 20 de diciembre de 2024, de lo contrario, sus cuotas serán reasignadas a través de un Fondo de Reasignación.
Con estas medidas, se continúa adaptando la normativa a las necesidades del sector y los cambios del mercado, asegurando una pesquería responsable y equilibrada.