La nueva Resoluci贸n 853/2025 redefine la frecuencia y los l铆mites de muestreo para toxinas marinas en moluscos bivalvos y gaster贸podos, (mejillones, almejas, vieiras y caracoles), con el fin de garantizar su inocuidad y adecuar la normativa argentina a est谩ndares internacionales.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dispuso una actualizaci贸n en los controles sobre biotoxinas marinas presentes en moluscos destinados al consumo humano, mediante la Resoluci贸n publicada en el Bolet铆n Oficial. La medida modifica el cap铆tulo referido a productos de la pesca del Reglamento de inspecci贸n de productos, subproductos y derivados de origen animal, aprobado por el Decreto 4238/68.
La resoluci贸n establece nuevos criterios sobre la frecuencia de muestreo y los l铆mites de aceptaci贸n de toxinas paralizantes, amn茅sicas y lipof铆licas en moluscos bivalvos y gaster贸podos, con el objetivo de reforzar la seguridad alimentaria y mantener la competitividad de la producci贸n pesquera nacional.
Seg煤n la disposici贸n, las toxinas paralizantes deber谩n analizarse semanalmente, con un l铆mite m谩ximo de 800 microgramos por kilo, mientras que las toxinas amn茅sicas y lipof铆licas ser谩n controladas mensualmente, con topes de 20 miligramos de 谩cido domoico y 160 microgramos de 谩cido ocadaico por kilo, respectivamente.

El SENASA fundament贸 esta actualizaci贸n en los resultados obtenidos por laboratorios especializados y en la necesidad de armonizar los protocolos de control con las normas del Parlamento Europeo, que establecen los par谩metros internacionales para la inocuidad de productos pesqueros.
Desde el organismo sanitario destacaron que esta adecuaci贸n forma parte de una pol铆tica de mejora continua orientada a fortalecer la confianza de los consumidores y a garantizar que los productos de origen marino cumplan con los est谩ndares exigidos tanto en el mercado interno como en el dirigido a las exportaciones.






