Entr贸 en vigencia el nuevo valor de las Unidades de Pesca (UP) tal como ya hab铆a quedado establecido. Coincide con un nuevo aumento de los combustibles en nuestro pa铆s.
La normativa actualiza los valores de referencia para las infracciones contra la Ley 24.922, y es un coeficiente que se actualiza de modo semestral y es el equivalente al costo de un litro de gasoil grado 2, como as铆 tambi茅n marca la tasa diaria por inspecci贸n a bordo de las embarcaciones pesqueras, como est谩 dispuesto en el art铆culo 10 de la Disposici贸n 424/2004 de la Subsecretar铆a de Pesca y Acuicultura de la Naci贸n, 铆tem que fue modificado por la Disposici贸n 6/2021 por el mismo organismo.
El mencionado art铆culo establece que el armador del buque en que embarcar谩 el inspector de pesca debe hacerse cargo de los gastos tales como la tasa de servicio de inspecci贸n, el que por cada d铆a de navegaci贸n tiene un valor de 102 UP, adem谩s del costo de los pasajes de ida y vuelta del inspector desde su punto de partida al puerto de despacho del barco y los costos del pasaje si hubiera una demora en la zarpada prevista por el armador al momento de la designaci贸n, hasta la fecha en que se produzca la misma.
鈥淟a sanci贸n de multa ser谩 establecida en unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP), equivalentes al precio de un (1) litro de combustible gasoil. La autoridad de aplicaci贸n determinar谩 el valor en moneda de curso legal de las UP semestralmente, sobre la base del precio de venta final al p煤blico del gasoil grado dos (2), o el que eventualmente lo sustituya, de acuerdo a la informaci贸n de la Secretar铆a de Energ铆a, o la autoridad que la reemplace, considerando el de mayor valor registrado en las bocas de expendio en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires (鈥)鈥, establece la norma.
A partir de este lunes, los combustibles en general volvieron a subir, en este caso promediando un 5%, dado que entra en vigencia una nueva actualizaci贸n del Impuesto a los Combustibles L铆quidos y el Impuesto al Di贸xido de Carbono, los cuales se ajustar谩n mes a mes, pero esta actualizaci贸n mensual no afectar谩 al menos al valor de las UP ya que el pr贸ximo aumento est谩 previsto para el mes de octubre si se respeta lo normado.
Vale recordar que el 煤ltimo aumento de los combustibles fue de un 7,5% promedio en todo el pa铆s, del cual el 4,4% fue de actualizaci贸n por los impuestos, mientras que el porcentaje restante fue por la suba sufrida por los biocombustibles, la variaci贸n del tipo de cambio y el precio del crudo internacional.
La publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de la Rep煤blica Argentina de este mi茅rcoles, bajo el Nro. 2/2024 del Ministerio de Econom铆a (Subsecretar铆a de Pesca), con la firma del titular del organismo Jos茅 Antonio L贸pez Cazorla estableci贸 鈥渆n la suma de $935 el valor en moneda de curso legal de las Unidades de Pesca (UP) en cumplimiento de lo dispuesto por el art铆culo 51 bis de la Ley 24.922 incorporado por el art铆culo 2潞 de la Ley 27.564, para el per铆odo comprendido entre el 1潞 de abril de 2024 y el 1潞 de octubre de 2024.鈥
Las Disposiciones vigentes establecen que la Direcci贸n Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera (a煤n sin nuevo Director asignado), actualizar谩 el 1 de abril y el 1 de octubre de cada a帽o, el valor de las Unidades Pesca (UP) debiendo tomar en consideraci贸n el mayor valor registrado en las bocas de expendio en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires, del precio de venta final al p煤blico del gasoil grado Dos o el que eventualmente lo sustituya, que surja del M贸dulo de Informaci贸n de Precios y Vol煤menes de Combustibles por Boca de Expendio.
El Derecho 脷nico de Extracci贸n es la clave para que el Estado Nacional recaude del sector pesquero su regal铆a por utilizar un recurso de todos los argentinos que, a pesar de la diferencia con otros recursos propios como el gas, petr贸leo, minerales y dem谩s, este con una buena administraci贸n puede ser renovable, un dato no menor a tener en cuenta donde a diferencia de otros, con la aplicaci贸n del modelo que rige la Ley Federal de Pesca en rigor, bien podr铆a ser el esquema para que el Estado recaude en forma considerable sobre los recursos, evitando canon o aranceles sobre algunas especies (las cuotificadas) y no sobre el resto, incluso evitando a las apuradas una cuotificaci贸n de langostino y calamar con fines netamente recaudatorios, cuando la posibilidad de recaudar sobre todas las especies es a trav茅s del DUE, actualizado en una forma m谩s conveniente que la semestral, que llev贸 a una recaudaci贸n ef铆mera de U$S6.5M por el total de la pesca descargada en el 煤ltimo a帽o debido a la desactualizaci贸n de los valores de UP al mes de Septiembre pasado, con un IPC galopante en este per铆odo, de un 153% (inflaci贸n OCT-MAR).
Es decir, con justa raz贸n el Estado dice que 芦recauda poco del sector芦, pero es como consecuencia de la desactualizaci贸n de valores producto de la inflaci贸n explosiva, que desde las propias autoridades pol铆ticas y econ贸micas han generado; adem谩s de coeficientes que necesariamente deben actualizarse como consecuencia de un nuevo marco de precios del pescado que rige en todos los muelles argentinos.
