Mientras contin煤a desarroll谩ndose en la ciudad de Puerto Madryn el taller sobre buenas pr谩cticas pesqueras (comenz贸 el martes y finaliza este mi茅rcoles) y previo a una nueva sesi贸n del Consejo Federal Pesquero que se llevar谩 adelante en la ciudad chubutense, los funcionarios se pronunciaron respecto a la Disposici贸n nro. 4/2023 de la DNCyFP.
El Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Naci贸n, Dr. Carlos Liberman declar贸 que 鈥淟a Ley 24.922 que establece el R茅gimen Federal de Pesca, recepta esta problem谩tica estableciendo lineamientos claros para que el ejercicio de la actividad se desarrolle de forma responsable propendiendo a la preservaci贸n del ambiente.
Resulta oportuno mencionar que, la precitada Ley ha creado el Consejo Federal Pesquero, 贸rgano colegiado que, entre otras cosas, establece la pol铆tica pesquera Nacional y se encuentra conformado por la representaci贸n de un Consejero por cada una de las provincias con litoral mar铆timo, 2 representantes del Poder Ejecutivo Nacional, un representante de la Canciller铆a y un representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Naci贸n.
El impacto de la actividad pesquera en la contaminaci贸n de pl谩sticos en nuestro mar es una situaci贸n que, junto al Director Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera, Dr. Juli谩n Su谩rez, venimos trabajando en conjunto con el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Naci贸n Argentina, Sr. Juan Cabandie.
Trabajar de forma mancomunada con todos los actores que componen la cadena de valor pesquera (c谩maras empresarias, sindicatos, gremios, entidades acad茅micas y cient铆ficas, etc.) es clave para generar conciencia del impacto negativo de los pl谩sticos en la Biodiversidad Marina. En este sentido, invitamos a las Provincias de Buenos Aires, Rio Negro, Santa Cruz, Tierra Del Fuego, Ant谩rtida e Islas Del Atl谩ntico Sur Y Del Chubut, a adoptar medidas de caracter铆sticas similares a las establecidas en la presente norma, que es de alcance Nacional, para ser implementadas con los buques que operen en su jurisdicci贸n con aparejos de pesca que utilicen redes de arrastre鈥, resalt贸 Liberman.
Por su parte, el Dr. Juli谩n Su谩rez, Director Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera, declar贸 sobre el tema que 鈥La contaminaci贸n como producto del desarrollo de las actividades productivas a gran escala es una problem谩tica que, lamentablemente, se presenta a nivel internacional.
Somos conscientes que los factores que motivan que las artes de pesca y cajones se abandonen, se pierdan o se descarten, son numerosos; entre ellos est谩n: las condiciones meteorol贸gicas adversas; los factores operacionales durante el aprovisionamiento de los buques y la operatoria en general. Tambi茅n sabemos que, ni a las empresas armadoras, ni a los trabajadores y trabajadoras del sector, les resulta conveniente perder estos instrumentos de trabajo dado que su reposici贸n implica un alto costo econ贸mico y fundamentalmente, porque resulta indispensable continuar preservando la excelente calidad de nuestras aguas, que otorga un ambiente excepcional para el desarrollo de las pesquer铆as que las habitan.
Sin embargo, poner en vigencia esta Disposici贸n nos permite tomar conciencia del impacto, y saber fehacientemente la cantidad de elementos pl谩sticos perdidos o descartados en el mar provenientes de la actividad pesquera.鈥
De manera oficial expresaron que con las experiencias recabadas de toda la cadena de valor pesquera y basados en el manual para el marcado de Aparejos de Pesca publicado a comienzos de este a帽o por la Organizaci贸n de las Naciones Unidas para la Alimentaci贸n y la Agricultura (FAO), se desarroll贸 la Disposici贸n, la cual exige a las empresas Armadoras de Busques Arrastreros deban marcar sus artes de pesca y en caso de p茅rdida o abandono de las mismas, deber谩n informarlo en el Parte de Pesca Electr贸nico de la marea correspondiente, tal como lo hemos consignado en otro art铆culo de PESCARE.
De esta manera, la Rep煤blica Argentina se convirti贸, mediante el dictado de la Disposici贸n DNCyFP 4/23, en el primer pa铆s en regular el marcado de Artes de Pesca de arrastre, en consonancia con las directrices emitidas por la FAO en enero de este a帽o.
Recordaron desde la Direcci贸n Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera, que a partir del a帽o 2021 se ha dado el primer paso en esta materia, comenzado con regulaciones en las herramientas de pesca que se utilizan para la captura de Centolla (Lithodes santolla). Es as铆 que mediante el dictamen de la Disposici贸n DNCYFP N掳 1/2021 y comprendiendo que, en oportunidades, las nasas y trampas de pesca implementadas para la captura de Centolla (Lithodes santolla) resultan ser abandonadas, perdidas o descartadas en el Mar Argentino a causa de m煤ltiples factores, se estableci贸 la obligatoriedad de que cada buque con autorizaci贸n de captura de la mencionada especie deba identificar las artes de pesca.









