La semana h谩bil se cerr贸 con varias manifestaciones de orden gremial. Por una parte la FeTraMar emiti贸 un duro comunicado contra el cineasta Enrique Pi帽eyro sobre un material y dichos inexactos sobre la pesca en el mar argentino.
Por otra parte y sobre la exenci贸n del pago del impuesto a las ganancias, el Sindicato de Conductores Navales de la Rep煤blica Argentina, a trav茅s de la firma de Armando Alessi, Ra煤l Durdos Secretario General del Sindicato de Obreros Mar铆timos Unidos, Mariano Moreno por el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Mar铆timo, Eduardo Mayotti del Centro de Jefes y Oficiales Maquinistas Navales y el Centro de Capitanes de Ultramar, han emitido un comunicado de prensa y que fue enviado a PESCARE.
Bajo el t铆tulo 鈥淓quidad productiva鈥. Exenci贸n del pago del impuesto a las ganancias en la remuneraci贸n por producci贸n, indicaron:
鈥淎 bordo de buques pesqueros en navegaci贸n se produce las 24 horas, pero al momento de percibir los salarios el impuesto a las ganancias confisca el esfuerzo productivo. El origen de esta distorsi贸n son los beneficios que surgen de la normativa complementaria pertinente y relativa al lmpuesto a las Ganancias, orientada al trabajo en tierra, sin contemplar que las y los trabajadores de la pesca:
- En el mar trabajan en guardias permanentes que garantizan la producci贸n, considerado trabajo riesgoso, se trabaja por temporada, realizando jornadas extensas, horas extras obligatorias, todos los d铆as hasta el desembarco.
- Se cobra la producci贸n solo si hay pesca, adem谩s el gobierno impone vedas para el cuidado del recurso parando la actividad siete meses al a帽o aproximadamente.
- En las periodos en que el personal se encuentra desembarcado, el mismo cobra un sueldo b谩sico o a la orden.
- El salario b谩sico para el personal efectivo ronda el MVM (m铆nimo vital y m贸vil). Aquel pescador que no es efectivo, no percibe salarios.
Las entidades gremiales mencionadas indicaron que 鈥渆l concepto de producci贸n est谩 contemplado en cada una de las Convenciones Colectivas de Trabajo de las tripulaciones enroladas en la pesca, considerando las particularidades de la labor a bordo, de manera de fomentar la productividad del sector, regulando la participaci贸n del producido en cada marea, como modo de asegurar fuentes de trabajo estables que nivelen los periodos sin producci贸n鈥.
鈥淟a situaci贸n inflacionaria actual, la cual se acerca a los tres d铆gitos y est谩 contemplada como parte de las recomposiciones salariales, conduce a que, en vez de estimular la producci贸n pesquera, se la desestimula: En definitiva, produciendo m谩s se cobra menos鈥.
Finalmente se帽alaron que 鈥渟e somete a la pesca al pago de ganancias, al empresario por la producci贸n del buque, y a la dotaci贸n contratada, por la misma producci贸n, que a su vez paga ganancias por indumentaria de trabajo, sueldo b谩sico, vacaciones, sueldo anual complementario e incluso francos, concepto que forma parte de la producci贸n鈥.
鈥淓sta realidad exige que la liquidaci贸n de haberes por producci贸n no forme parte de la base imponible a fin de sostener el eslab贸n productivo que protagoniza la pesca en la generaci贸n de divisas y el equilibrio fiscal, cuando al empresario se le reconocen beneficios adicionales. No es renta el trabajo generado por producci贸n, sino justa retribuci贸n鈥, concluyeron en el comunicado las entidades gremiales.









