Ocho fueron los miembros presentes que dieron qu贸rum a la sesi贸n que se llev贸 a cabo en la sede del CFP en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires, siendo presidida por el Dr. Juli谩n Su谩rez y de la cual participaron el representante de Poder Ejecutivo Nacional Lic. Antonio Macchioli, la representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto Lic. Paola Gucioni, la representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Dra. Julia Mantinian, y los representantes de las provincias con litoral mar铆timo: la representante de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Carla Estefan铆a Seain, el representante de la Provincia del Chubut M茅d. Vet. Adri谩n Awstin, la representante de la Provincia de Santa Cruz Lucrecia Bravo, y el representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Ant谩rtida e Islas del Atl谩ntico Sur Diego Luis Marzioni.
Se abordaron temas referidos al R茅gimen de CITC de merluza com煤n, langostino, calamar, crust谩ceos bent贸nicos, vieira patag贸nica, inactividad comercial y capacitaci贸n.
Sobre la merluza com煤n, la Direcci贸n Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera inform贸 sobre la disponibilidad en las reservas de Merluccius hubbsi.
La Secretar铆a de Pesca de Chubut pidi贸 la asignaci贸n de volumen de captura de merluza com煤n de la Reserva Social de la provincia, correspondiente a su jurisdicci贸n:
- 300 toneladas para el buque BAFFETTA (M.N. 02635)
- 300 toneladas para el buque MARIO R (M.N. 01394).
Teniendo en cuenta el volumen disponible en la Reserva Social de la citada Provincia, se decide por unanimidad asignar el volumen de captura requerido equivalente al 4,8525% de la CMP de la especie establecida para el a帽o en curso.
La provincia de Buenos Aires solicit贸 la asignaci贸n de volumen de la Reserva Social para el per铆odo anual 2023 para las siguientes embarcaciones, aprob谩ndose del siguiente modo:
- 50 toneladas para el buque INS脫LITO (M.N. 0758)
- 50 toneladas para el buque FRANCESCA (M.N. 0307)
- 50 toneladas para el buque PUCAR脕 (M.N. 01822)
- 50 toneladas para el buque SIEMPRE VIEJO PANCHO (M.N. 02937).
Dicho volumen se descuenta del porcentaje asignado a la Provincia de Buenos Aires equivalente al 7,56 % de la CMP de la especie.
La DNCyFP remiti贸 informe sobre el cumplimiento de las obligaciones de asignaciones de merluza com煤n de la Reserva Social de la Provincia de Buenos Aires, tom谩ndose conocimiento de la nota correspondiente. Del informe remitido surge el cumplimiento de las obligaciones de los buques con asignaci贸n de volumen de merluza com煤n en el marco de la renovaci贸n anual prevista en el Acta CFP N掳 38/2011.
El mismo fue elaborado sobre la base del informe de la Subsecretar铆a de Agricultura, Ganader铆a y Pesca de la Provincia de Buenos Aires, sobre el cumplimiento de todas las condiciones fijadas por la Resoluci贸n CFP N掳 30/2009, el Acta CFP N掳 29/2015 (punto 1.2.2.) y los dem谩s requisitos establecidos por la Provincia de Buenos Aires.
Por unanimidad se aprob贸 la renovaci贸n anual, para el per铆odo 2023, de los vol煤menes de Reserva Social de dicha jurisdicci贸n, a los buques y en las cantidades que se detallan a continuaci贸n:
- BELVEDERE (M.N. 1398) 84,9 toneladas
- DON SANTIAGO (M.N. 1733) 84,9 toneladas
- MERCEA C (M.N. 0318) 84,9 toneladas
- RAFFAELA (M.N. 1401) 84,9 toneladas.
Sobre la especie langostino el organismo recibi贸 sendas notas de las C谩maras CAIPA Y CEPA, solicitando dejar sin efecto lo expuesto en el Acta CFP N掳 27/2022 en relaci贸n a la pesca de langostino en aguas de jurisdicci贸n nacional. Del mismo modo lo hicieron las empresas AGROPEZ S.A. y CONARPESA.
Por su parte, referido a la misma especie la Federaci贸n de Trabajadores del Mar (FeTraMar) solicit贸 la apertura de aguas nacionales a la pesca de langostino, en el 谩rea comprendida entre los meridianos 41掳 y 42掳 S y los meridianos 60掳 y 61掳 O a fin de asegurar la continuidad laboral del personal mar铆timo y portuario y a partir de la informaci贸n brindada por los buques fresqueros de altura operando en la zona, en relaci贸n con el tama帽o y madurez del recurso capturado como by catch.
La C谩mara CAPIP present贸 su posici贸n al respecto de una eventual apertura de aguas de la jurisdicci贸n nacional a la pesca de langostino, en tanto que CAPECA present贸 la suya.
La fundamentaci贸n en el caso de las empresas AGROPEZ S.A. y CONARPESA S.A. es la 聽inexistencia de stocks de langostino, la proximidad de las ferias internacionales de pesca y la demanda de producto, y la voluntad de continuar con el proceso de captura, producci贸n, exportaci贸n e ingreso de divisas, lo que conlleva empleo para la mariner铆a, trabajo en las plantas, etc.
鈥淟a C谩mara Argentina Patag贸nica de Industrias Pesqueras (CAPIP) y la C谩mara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina (C.A.Pe.C.A.), ante la posibilidad de una eventual apertura a la pesca de langostino entre los paralelos 41掳 y 42掳 S, manifiestan que el aprovechamiento racional de los recursos pesqueros exige extremado cuidado y protecci贸n de la pesquer铆a, y se deber铆a tener especial consideraci贸n por los aspectos biol贸gicos, tanto, as铆 como por los aspectos de incidencia industrial, comercial, social, laboral y empresario. Asimismo solicitan que previo a cualquier decisi贸n se convoque a la Comisi贸n de Seguimiento de la pesquer铆a.
Respecto de la posibilidad de disponer pr贸ximamente la apertura a la pesca de langostino en aguas nacionales al norte del paralelo 42掳 S, se reitera lo expresado oportunamente por el INIDEP ante el inicio de las temporadas anteriores, seg煤n el cual debe procederse con cautela a fin de evitar la sobrepesca del crecimiento, por cuanto se viene produciendo un atraso en la temporada reproductiva. Dicho desplazamiento viene siendo observado y documentado desde la campa帽a de evaluaci贸n de langostino realizada en noviembre de 2017.
La presencia de hembras impregnadas y maduras de langostino en la zona, como as铆 tambi茅n la necesidad de sostener en la misma un esquema de administraci贸n consistente por la gran abundancia de merluza, obligan a llevar a cabo un manejo precautorio de ambos recursos鈥, de acuerdo al textual del Acta nro. 7/2023.
El documento tambi茅n expresa que 鈥淟as medidas de administraci贸n de la especie langostino vigentes (Resoluci贸n CFP N掳 7/2018, modificada por Resoluci贸n CFP N掳 9/2022) fijaron un sistema din谩mico de apertura y cierre de 谩reas y/o sub谩reas para la pesquer铆a. Los criterios est谩n basados en el estado del recurso y su fauna acompa帽ante. (cabe recordar que esto es para la apertura y cierre DENTRO de la ZVPJM no fuera de la misma). Se fijan como pautas de referencia l铆mite, la presencia de categor铆as de tallas L4 o inferiores en el 20%, la cantidad de hembras en estado de reproducci贸n o puesta, la captura por unidad de esfuerzo (CPUE) y la relaci贸n entre la merluza com煤n y el langostino en el 20% (art铆culo 17 de las medidas antes citadas).
Tambi茅n debe tenerse en cuenta que las medidas de administraci贸n contemplan la realizaci贸n de tres campa帽as anuales de investigaci贸n para evaluar la situaci贸n del recurso y que, la prevista para el mes de marzo se encuentra destinada a la evaluaci贸n de la reproducci贸n remanente y a la obtenci贸n de informaci贸n vinculada a la temporada que dar谩 comienzo鈥.
Evaluadas las solicitudes, en virtud de lo antes expuesto y atendiendo adem谩s a que las apertura a la pesca de langostino de los per铆odos 2020, 2021 y 2022 se realiz贸 alrededor de la misma fecha (durante el transcurso del mes de abril) el CFP estima que la apertura de las aguas de jurisdicci贸n nacional para la captura de la especie langostino resulta hoy prematura.
A partir de todo lo expuesto, el CFP decidi贸 por unanimidad responder a las interesadas en los t茅rminos expuestos y a tal fin se instruy贸 a la Coordinaci贸n Institucional.
Asimismo se instruye a la Coordinaci贸n Institucional para que solicite a la Autoridad de Aplicaci贸n que convoque a una reuni贸n de la Comisi贸n de Seguimiento de la Pesquer铆a de Langostino, a la brevedad posible, en el marco del cronograma de reuniones de comisiones de seguimiento del presente a帽o.
En referencia a la especie calamar, la C谩mara CAPA solicit贸 se convoque a la Comisi贸n de seguimiento de la especie para analizar la situaci贸n actual de la pesquer铆a, respondiendo el CFP que se coordinar谩 la reuni贸n solicitada a la brevedad posible, en el marco del cronograma de reuniones de comisiones de seguimiento del presente a帽o.
La empresa ARBUMASA S.A. solicit贸 la renovaci贸n del proyecto pesquero de calamar del buque ARBUMASA XXVI (M.N. 1958), recibi茅ndose las actuaciones en las que tramita dicha renovaci贸n de explotaci贸n exclusiva de la especie calamar del buque citado.
Del informe elaborado por la Autoridad de Aplicaci贸n (07/03/2023) surge que la interesada cumpli贸 con los requisitos subjetivos y objetivos y que se trata de un proyecto con planta de procesamiento en tierra, cuyo titular es ARDAPEZ S.A., que integra el grupo empresario, destac谩ndose que ha cumplimentado con la documentaci贸n exigida.
La calificaci贸n del proyecto arroja un total de 37 puntos (30 puntos por tripulaci贸n argentina mayor o igual al 80%, 2 puntos por antig眉edad del buque, 5 puntos por procesamiento mayor o igual a 20%), lo que resulta en una duraci贸n del permiso de pesca de 12 a帽os. Se decidi贸 por unanimidad hacer lugar a la solicitud de renovaci贸n del proyecto de explotaci贸n exclusiva de la especie calamar.
La empresa PESQUERA COMERCIAL S.A. solicit贸 tambi茅n la renovaci贸n del proyecto pesquero de calamar del buque NAVEGANTES III (M.N. 2065). La Autoridad de Aplicaci贸n indic贸 que la empresa cumpli贸 con las normativas
La calificaci贸n del proyecto arroja un total de 37 puntos (30 puntos por tripulaci贸n argentina mayor o igual al 80%, 2 puntos por antig眉edad del buque, 5 puntos por procesamiento mayor o igual a 20%), lo que resulta en una duraci贸n del permiso de pesca de 12 a帽os, por consiguiente el CFP hizo lugar a la petici贸n.
Sobre crust谩ceos bent贸nicos, el INIDEP remiti贸 opini贸n t茅cnica sobre la propuesta de la empresa CENTOMAR S.A. para realizar una campa帽a de investigaci贸n de centolla en la zona S-I del 脕rea Sur, y adjuntando el Plan de Campa帽a: 鈥淐ampa帽a de Investigaci贸n y Prospecci贸n de Centolla (Lithodes santolla) en la Zona S-I del 脕rea Sur, Oto帽o 2023.鈥
A trav茅s de la nota, el INIDEP expresa que una campa帽a de investigaci贸n durante el oto帽o podr铆a aportar informaci贸n valiosa para complementar el monitoreo anual que se lleva a cabo sobre el estado del recurso. Permitir铆a recabar informaci贸n sobre posibles cambios estacionales en la distribuci贸n y abundancia del recurso, datos necesarios para la definici贸n del periodo de inicio de muda de los machos de mayor tama帽o, que resultan de suma importancia para caracterizar el ciclo de vida de esta fracci贸n de la poblaci贸n y para identificar su periodo de mayor vulnerabilidad. Asimismo, permitir铆a ampliar los datos existentes sobre fecundidad y tama帽o de masa ov铆gera.
En tal sentido, elevaron a consideraci贸n del CFP el plan de campa帽a 鈥淐ampa帽a de Investigaci贸n y Prospecci贸n de Centolla (Lithodes santolla) en la Zona S-I del 脕rea Sur, Oto帽o 2023.鈥
Analizada la propuesta que presenta el INIDEP, se decidi贸 por unanimidad aprobar la realizaci贸n de una campa帽a de investigaci贸n y prospecci贸n de centolla, bajo las siguientes condiciones:
- Inicio: el d铆a 15 de abril del a帽o en curso
- Buque: TALISMAN (M.N. 02263)
- Duraci贸n: La investigaci贸n se dividir谩 en dos etapas. La primera ser谩 la campa帽a, para la cual se estiman 15 d铆as efectivos de trabajo, durante los cuales se deber谩n realizar 24 lances, de conformidad con la propuesta del INIDEP que consta en el plan de campa帽a.
Una vez finalizado el virado de dichos lances, se dar谩 lugar a la segunda etapa que ser谩 de prospecci贸n. El 煤ltimo d铆a para calar las trampas ser谩 el 15 de mayo. En esta etapa la distribuci贸n de lances quedar谩 a consideraci贸n del capit谩n del buque y limitada a la zona S-1.
- 脕rea: La investigaci贸n se realizar谩 en la Zona S-1 (entre los paralelos 48掳00鈥 y 52掳00鈥 de latitud Sur), correspondiente a la jurisdicci贸n nacional, desde el l铆mite interjurisdiccional hasta aproximadamente la isobata de 100 metros.
- Personal cient铆fico-t茅cnico: el buque deber谩 embarcar 2 investigadores/t茅cnicos, quienes desarrollar谩n las tareas planificadas, incluyendo las establecidas en el protocolo de actividades de los observadores a bordo realizado por el INIDEP, con mayor intensidad de muestreo y actividades extra.
- Dise帽o de la campa帽a: seg煤n la propuesta del INIDEP obrante en el Plan de Campa帽a anexo a la Nota DNI No 21/2023.
- Dem谩s condiciones y actividades a desarrollar son las contenidas en el Plan de Campa帽a anexo a la Nota DNI No 21/2023.
Otro de los temas que se destacan sobre esta 煤ltima sesi贸n del CFP es sobre Inactividad Comercial, donde la empresa PEZ LUNA S.A. inform贸 la justificaci贸n de la inactividad comercial del buque GALEMAR (M.N. 0904).
En el Acta CFP N掳 7/2019 del 13/3/2019, en donde se relatan los antecedentes de la inactividad comercial del buque GALEMAR (M.N. 0904), se decidi贸 la 煤ltima justificaci贸n hasta esa fecha.
En dicha oportunidad se evaluaron las reparaciones del buque, las demoras invocadas en su curso, las sucesivas dificultades derivadas de las actuaciones judiciales all铆 rese帽adas, y la proximidad de la finalizaci贸n de los tr谩mites para obtener el certificado que habilite al buque a operar nuevamente (para lo que se encontraba ya autorizado en sede judicial).
Luego del estudio de numerosas notas presentadas, entre otras cuestiones y viendo las extensas demoras ocurridas en la reparaci贸n del buque debido a los efectos de la pandemia de COVID-19 en los astilleros y las dificultades acreditadas para obtener turno en el que intervino en la reparaci贸n del buque, y toda vez que se ha presentado tanto la documentaci贸n comercial respaldatoria, las fotograf铆as de las reparaciones, y las numerosas inspecciones de la PNA, entre otros documentos, se decide por unanimidad justificar la inactividad comercial del buque GALEMAR (M.N. 0904), hasta el d铆a de la fecha.
