El Consejo Federal Pesquero informó que, al momento, no existen antecedentes técnicos ni información en análisis para modificar los valores vigentes del Derecho Único de Extracción (DUE), en respuesta a un pedido formal presentado por la Cámara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA).
Según consta en el Acta CFP N° 1/2026, la solicitud fue ingresada el 19 de enero estuvo orientada a conocer si el organismo se encontraba evaluando cambios en los montos aplicables al DUE. Ante ese planteo, el CFP resolvió comunicar a la Cámara que no hay estudios, informes ni documentación técnica en curso vinculados a una eventual actualización de esos valores.
En una segunda nota presentada, CAIPA requirió además información detallada sobre la recaudación del Derecho Único de Extracción y de los derechos de adjudicación de las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC).
El pedido incluyó, entre otros puntos, los importes recaudados por la Nación y por cada provincia con litoral marítimo, las fechas de ingreso de esos fondos al Fondo Nacional Pesquero (FONAPE), los convenios celebrados entre la autoridad de aplicación y las jurisdicciones provinciales, y el cumplimiento efectivo de los pagos correspondientes a los años 2024 y 2025. También solicitó conocer el monto total recaudado a partir de los derechos de adjudicación establecidos por las Resoluciones CFP N° 3/2024, 4/2024, 5/2024 y 11/2024.
Desde el organismo aclararon que la información requerida no corresponde a documentación producida ni archivada por el CFP, ya que se trata de recaudaciones efectuadas por la Nación y las provincias, así como de convenios celebrados entre esas jurisdicciones.
La intención de CAIPA, es trazar el seguimiento entre lo que aporta cada segmento de la pesquería a nivel provincial al FO.NA.PE., y lo que se reparte de manera equitativa; donde, sin dudas, quedará expuesta la operatoria de Chubut en la especie langostino, puesto que lo recaudado va directamente a las arcas de la provincia y no del fondo nacional, pero al momento de recibir fondos, lo hace de manera proporcional al resto de las cuatro provincias restantes.
Y para completar el cuadro, también quedan expuestas cámaras -(CaPECA y CAPIP e inentendiblemente CEPA)-, que, por conveniencia de sus empresas integrantes, prefieren mirar para otro lado ante esta operatoria, en perjuicio directo de quienes sí deben aportar, como lo ordena el artículo 27 de la Ley Federal de Pesca. Todo esto, como introducción a una posible cuotificación de la especie, donde antes, habrá que ordenar algunos desajustes deslizados desde hace varias administraciones, en materia de gestión pesquera; y en lo operativo de su flota, en un recurso transzonal con incidencia al resto de los participantes nacionales.
En ese marco, el Consejo señaló que la solicitud deberá ser dirigida a los organismos competentes, conforme a lo establecido en la normativa vigente, y dispuso que la Coordinación Institucional comunique formalmente esta respuesta a la entidad empresaria.






