Apoyado en la Resoluci贸n 10/13, que autorizara la presentaci贸n de proyectos para la captura del calamar, el Consejo Federal Pesquero aprob贸 ayer por unanimidad la incorporaci贸n de diez poteros al caladero nacional.
La n贸mina est谩 integrada por las siguientes empresas y buques:
- Univpesca: 鈥淢ing Wang鈥 y 鈥淢ing Yuan鈥 – Permisos por 7 a帽os.
- Bah铆a Grande S.A: Buque a construir con permiso por 17 a帽os.
- Cheng I SA: 鈥淗uyu 906鈥 y 鈥淗uyu 907鈥 – Permisos de 8 y 9 a帽os respectivamente.
- Ardapez S.A: 鈥淎rdapez 1鈥 y 鈥淎rdapez 2鈥 – Permisos por 16 a帽os.
- Fenix International S.A: 鈥淴in Shi Ji 92鈥 y 鈥淴in Shi Ji 96鈥 – Permisos por 8 a帽os.
- Chiarpesca S.A: 鈥淗uyu 908鈥 – Permiso por 18 a帽os.
Como condici贸n para acceder a las licencias, estos armadores debieron acreditar mayor铆a de tripulaci贸n argentina y fundamentalmente v铆nculos con una planta en tierra, con personal registrado, para asegurar al menos el reprocesamiento de un 10 por ciento de las capturas.
Razones y debate
Uno de los argumentos que sostiene el ingreso de estos barcos chinos est谩 emparentado al n煤mero de buques que opera sobre el recurso. El cuerpo considera que la pesquer铆a se sostiene con 104 unidades, cuando hasta ayer quedaban 62 activos en el registro oficial.
Claro que el an谩lisis global data de 2006. Una resoluci贸n del Consejo determin贸 entonces que la explotaci贸n sustentable del calamar era compatible con ese n煤mero. Sin embargo, la pesquer铆a experiment贸 a partir de all铆 altas y bajas en los rendimientos, abriendo el debate.
Desde Capa, por caso, se declaran perjudicados. Entienden que la realidad biol贸gica del recuso cambi贸 y que ahora deber谩n competir con nuevos jugadores en desigualdad de condiciones, sin ning煤n tipo de subsidio.
En esa direcci贸n presentaron un recurso de reconsideraci贸n, que finalmente ayer fue rechazado: 鈥淟a pretensi贸n de no contar con nuevos buques habilitados para el acceso al caladero y autorizados para la captura como competidores de los actuales y la pretensi贸n de preservar una nueva situaci贸n f谩ctica con menos competidores implica la construcci贸n normativa de un trato diferencial sin una raz贸n que lo sustente鈥, respondieron los consejeros.








