En virtud de lo dispuesto por el Consejo Federal Pesquero, mediante el Acta CFP Nro. 22/2025, y en concordancia con las recomendaciones t茅cnicas formuladas por el Instituto Nacional de Investigaci贸n y Desarrollo Pesquero (INIDEP), el Director Nacional de Coordinacion y Fiscalizacion Pesquera, Dr. Arturo Idoyaga Molina facult贸 al Jefe de Centro de Control y Tr谩fico Mar铆timo de la Prefectura Naval Argentina, PM Nestor Alberto Kiferling disponer una nueva prospecci贸n en la sub谩reas comprendida dentro del Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (ZVPJM), con la finalidad de evaluar la eventual autorizaci贸n de la pesca comercial de langostino (Pleoticus muelleri), siempre que los resultados cient铆ficos obtenidos as铆 lo justifiquen.
En este contexto, la Direcci贸n Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera ha dispuesto la realizaci贸n de una prospecci贸n en la Sub谩rea 7, delimitada entre las latitudes 43掳S y 44掳S y las longitudes 62掳W y 63掳W, conforme al siguiente detalle de buques designados y observadores asignados:
- ARBUMASA XIX (0218)
- MI脡RCOLES SANTO (0666)
- SAN JUAN B (023)
- ARGENOVA II (02177)
- BORRASCA (01095)
Los buques autorizados podr谩n ingresar al 谩rea de prospecci贸n a partir de las 00:00 horas del lunes 18 de agosto de 2025, iniciando las tareas de pesca a partir de las 07:00 horas de la misma jornada. La actividad tendr谩 una duraci贸n de cuatro (4) d铆as efectivos de prospecci贸n, bajo estricto cumplimiento de los protocolos t茅cnicos vigentes del INIDEP y en el marco de lo establecido por la Resoluci贸n CFP Nro. 7/2018, que regula las medidas de manejo para la pesquer铆a de langostino, estableciendo criterios de habilitaci贸n de 谩reas, l铆mites m谩ximos de captura de juveniles y par谩metros de relaci贸n merluza/langostino.
Asimismo, se recuerda a las empresas armadoras que los observadores asignados deber谩n contar con un sistema de correo electr贸nico operativo a bordo, condici贸n indispensable para garantizar el env铆o diario de la informaci贸n requerida, conforme a los protocolos de recolecci贸n y reporte de datos determinados por el INIDEP.
De este modo, el procedimiento se inscribe en el marco de una gesti贸n pesquera responsable, basada en evidencia cient铆fica y en la aplicaci贸n de criterios de sostenibilidad, consolidando la articulaci贸n entre la Autoridad de Aplicaci贸n, el 谩mbito cient铆fico-t茅cnico y la actividad productiva nacional.
