En virtud de lo dispuesto por el Consejo Federal Pesquero, mediante el Acta CFP Nro. 22/2025, y en concordancia con las recomendaciones técnicas formuladas por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP), el Director Nacional de Coordinacion y Fiscalizacion Pesquera, Dr. Arturo Idoyaga Molina facultó al Jefe de Centro de Control y Tráfico Marítimo de la Prefectura Naval Argentina, PM Nestor Alberto Kiferling disponer una nueva prospección en la subáreas comprendida dentro del Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (ZVPJM), con la finalidad de evaluar la eventual autorización de la pesca comercial de langostino (Pleoticus muelleri), siempre que los resultados científicos obtenidos así lo justifiquen.
En este contexto, la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera ha dispuesto la realización de una prospección en la Subárea 7, delimitada entre las latitudes 43°S y 44°S y las longitudes 62°W y 63°W, conforme al siguiente detalle de buques designados y observadores asignados:
- ARBUMASA XIX (0218)
- MIÉRCOLES SANTO (0666)
- SAN JUAN B (023)
- ARGENOVA II (02177)
- BORRASCA (01095)
Los buques autorizados podrán ingresar al área de prospección a partir de las 00:00 horas del lunes 18 de agosto de 2025, iniciando las tareas de pesca a partir de las 07:00 horas de la misma jornada. La actividad tendrá una duración de cuatro (4) días efectivos de prospección, bajo estricto cumplimiento de los protocolos técnicos vigentes del INIDEP y en el marco de lo establecido por la Resolución CFP Nro. 7/2018, que regula las medidas de manejo para la pesquería de langostino, estableciendo criterios de habilitación de áreas, límites máximos de captura de juveniles y parámetros de relación merluza/langostino.
Asimismo, se recuerda a las empresas armadoras que los observadores asignados deberán contar con un sistema de correo electrónico operativo a bordo, condición indispensable para garantizar el envío diario de la información requerida, conforme a los protocolos de recolección y reporte de datos determinados por el INIDEP.
De este modo, el procedimiento se inscribe en el marco de una gestión pesquera responsable, basada en evidencia científica y en la aplicación de criterios de sostenibilidad, consolidando la articulación entre la Autoridad de Aplicación, el ámbito científico-técnico y la actividad productiva nacional.