De acuerdo al artículo 501.0311 del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre –denominado REGINAVE- mediante el Decreto 770/19, se ha establecido que, cada cinco años como plazo máximo, debe llevarse a cabo el censo del personal navegante de la Marina Mercante Nacional, con el objetivo de constatar las condiciones de habilitación y las registraciones efectuadas en los documentos de embarco.
El último censo que se llevó a cabo al personal navegante de la Marina Mercante, se efectuó en el año 2017 de acuerdo a lo estipulado por la Ordenanza correspondiente sobre el “Régimen del Personal de la Marina Mercante” que lleva el título “Actualización del Registro General Matriz del Personal Embarcado de la Marina Mercante Nacional”.
Para dar cumplimiento con los requisitos de actualización del Registro General Matriz del Personal Navegante de la Marina Mercante Nacional, la Autoridad Marítima, mediante una Disposición, estableció efectuar el Censo General del Personal Navegante de la Marina Mercante Nacional comprendido en los artículos 502.0105 y 502.0111 del REGINAVE, como así también al personal embarcado que se encuentra comprendido en la Resolución sobre “Reglamente para la Habilitación y Registro del Personal Navegante correspondiente a Buques con Servicios Especiales”.
Vale destacar que el inicio del presente censo, dio comienzo el último 1 de agosto, extendiéndose el mismo hasta el 31 de diciembre del presente año. La Máxima Autoridad Marítima recordó que el mencionado censo es de carácter obligatorio para el personal navegante de la Marina Mercante Nacional.
Para poder dar cumplimiento al censo citado, el personal navegante de la Marina Mercante Nacional deberá presentarse dentro del plazo establecido (hasta el 31 de diciembre), en la dependencia jurisdiccional de la Autoridad Marítima más cercana a su domicilio, munido de su correspondiente documento de embarco, los títulos y/o las certificaciones –cursos básicos y/o específicos según corresponda- portando el certificado original y el reconocimiento de parte de un profesional médico vigente, para que de ese modo las autoridades puedan realizar la verificación y control, siendo los resultados obtenidos del censo, procesados y registrados en el Sistema de Gestión del Personal de la Marina Mercante Nacional, denominado GEPERMM, que a tal efecto lleva la Prefectura Naval Argentina.
Quienes deseen obtener mayor información sobre la implementación del censo o bien deseen efectuar consultas sobre la documentación de embarco, títulos y/o certificados a presentar por sus titulares, deberán dirigirse a la División Personal de la Navegación (Departamento de Practicaje y Personal de la Navegación) Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, comunicándose a los teléfonos (011) 4318-7400 internos 2199-2131 o bien mediante correo electrónico al mail jefepnav@prefecturanaval.gov.ar