Se ha regulado la tenencia a bordo de herramientas para la recuperación de plásticos caídos al mar. Tendrá uso obligatorio ya que fue publicada la medida a través del Boletín Oficial de la República Argentina.
El fin es promover la recuperación de aparejos de pesca, cajones plásticos y materiales que se utilizan para embalaje y que hayan caído al mar, permitiendo de esa manera disminuir el impacto que tienen los materiales sintéticos que se introducen en la biodiversidad del mar a través de la actividad pesquera.
La medida llega a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación mediante la Disposición nro. 28/2022 de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, que indica que será obligatoria la presencia de grampines y bicheros a bordo para facilitar de ese modo la recuperación de las artes de pesca y los cajones que caen accidentalmente al mar y que queden flotando en la superficie.
Si bien la actividad pesquera no constituye la principal fuente de contaminación por plásticos hacia los océanos, está claro que su uso directo en el ecosistema acuático requiere una acción al respecto para preservar la biodiversidad marina, tema que ocupa a la Autoridad de Aplicación del Régimen Federal de Pesca.
Vale destacar que los aparejos que se pierden, se abandonan o bien son descartados pueden alterar los fondos marinos y el medioambiente del océano, generan también dificultades para la seguridad requerida en la navegación.
Por ello la normativa indica que una vez publicada la Disposición en el Boletín Oficial y transcurridos 30 días, todas las embarcaciones que salgan a mareas que tengan como destino la jurisdicción Nacional y en el área de adyacencia a la Zona Económica Exclusiva, tendrán la obligación de llevar a bordo herramientas que permitan la recuperación de los materiales que queden flotando sobre la superficie del mar.
Al respecto, el Director Nacional de Coordinación y Fiscalizaciónn Pesquera, Dr. Julián Suárez, comentó que “el impacto de la actividad pesquera en la contaminación de plásticos en nuestro mar es una situación que, junto al Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación, Dr. Carlos Liberman, venimos trabajando en conjunto con el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación Argentina, Sr. Juan Cabandié.
El marcado e identificación de artes de pesca es un proyecto que va tomando forma a la par de las recomendaciones de la FAO (La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura) y el trabajo interno que venimos realizando en 2022. Mantenemos constantemente encuentros con ONGs ambientales para poder nutrirnos de conocimientos de ambas partes y de las necesidades vigentes. Somos conscientes que los factores que motivan que las artes de pesca y cajones se abandonen, se pierdan o se descarten, son numerosos; entre ellos están: las condiciones meteorológicas adversas; los factores operacionales durante el aprovisionamiento de los buques y la operatoria en general. También sabemos que a las empresas armadoras no les resulta conveniente perder estos instrumentos de trabajo dado que su reposición implica un costo económico. Sin embargo, tener vigente la Disposición DNCYFP N° 28/2022 nos permite garantizar que cada embarcación cuente con los elementos para accionar en caso de ser necesario”, destacó el Dr. Suárez.
La Disposición indica que los propietarios o locatarios de buques pesqueros de bandera argentina deberán contar a bordo con herramientas que permitan la recuperación de aparejos de pesca, cajones plásticos y materiales de embalaje que floten caídos al mar.
Se estableció que durante las operaciones de aprovisionamiento y descarga del buque en muelle, así como durante el viaje de pesca, se deberán realizar los esfuerzos necesarios para la recuperación de los aparejos de pesca perdidos y abandonados, cajones plásticos y materiales de embalaje que floten en la superficie del mar, en la medida que no signifique poner en riesgo la seguridad de la tripulación o del buque.
A los efectos de la presente norma se entenderá por “Bichero” a toda herramienta conformada por una caña o palo de madera u otro material similar, de un largo mínimo de 3 metros, con un gancho fijo en un extremo.
En referencia al “Grampín” al que hace referencia la norma es a toda herramienta constituida por un cabo no inferior a 15 metros de largo, con un gancho aferrado a uno de sus extremos.
Previo a la zarpada a zona de pesca el inspector o la inspectora nacional de pesca constatará la presencia a bordo de al menos un grampín y un bichero por buque, lo que deberá ser asentado en el campo de observaciones del “Acta de Comprobación de Artes de Pesca” y/o del “Acta de Comprobación” del Manual de Procedimientos para el Control y la Vigilancia Pesquera Nacional.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones determinadas en la disposición dará lugar a las sanciones que correspondan de acuerdo a lo establecido por la Ley No 24.922 y sus normas complementarias.
El artículado de la normativa da cuenta también que se invitó a las provincias del Chubut, Santa Cruz, Buenos Aires, Río Negro y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a adoptar medidas de características similares a las establecidas en la disposición.
Entre las consideraciones el Organismo tuvo en cuenta en que el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente estima que las actividades pesqueras y otras actividades marinas contribuyen con alrededor de 0,3 millones de toneladas métricas a la fuga mundial de macroplásticos hacia el medio marino.
Tambuién destaca que la matanza de peces y otras especies, como ballenas, delfines, focas y tortugas algunas de las cuales están en peligro de extinción, es uno de los muchos impactos de estos aparejos perdidos, abandonados o descartados pero que mantienen su capacidad de atrapar a los animales marinos, además de que los factores que motivan que las artes de pesca y cajones se abandonen, se pierdan o se descarten, son numerosos tal el caso de las condiciones meteorológicas adversas; los factores operacionales durante el aprovisionamiento de los buques y la actividad pesquera.
Que a su vez, la pérdida de los aparejos de pesca y cajones puede ser involuntaria o intencional, y algunas veces inevitable. El mal tiempo y los diferentes medios naturales en los que trabajan los pescadores (con diferentes corrientes, condiciones del fondo marino y temperaturas, en ocasiones con vientos fuertes y marejada) podrían tener enormes impactos en la capacidad operacional de los barcos, destacando también que con el objetivo de minimizar la mortalidad por pesca involuntaria, las alteraciones en el medio ambiente marino; los peligros para la navegación; los desechos y desperdicios en las playas y la introducción de material sintético en la red alimentaria marina, en una primera etapa se proponen acciones preventivas que ayuden a generar conciencia y disuadan comportamientos que puedan generar impactos negativos en el ambiente marino.