El Sindicato Mar铆timo de Pescadores (SIMAPE), la C谩mara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA) y la C谩mara de Armadores de Buques Pesqueros de Altura (CAABPA) firmaron un acuerdo excepcional que regir谩 desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026. El convenio busca garantizar la continuidad de la flota, sostener el empleo y asegurar la paz social en un contexto econ贸mico adverso.
El acta, firmada el 30 de septiembre en Mar del Plata, goza de dos partes; una referente a las condiciones del acuerdo; y la otra, referente a las remuneraciones. En las mismas se reconoce la dif铆cil coyuntura que atraviesa el sector pesquero por factores externos (como la ca铆da de precios internacionales, problemas log铆sticos y el aumento de insumos dolarizados) y factores internos (estacionalidad de las capturas y retrasos en los cobros). Frente a este escenario, las partes coincidieron en que era necesario un esquema transitorio para proteger tanto a las empresas como a los trabajadores garantizando la armon铆a entre sus participantes, que con esp铆ritu de di谩logo y consenso, se busc贸 la mejor alternativa.
Uno de los puntos centrales del acuerdo es la readecuaci贸n salarial. Durante el per铆odo de vigencia, las remuneraciones previstas en el Convenio Colectivo 586/10 se compondr谩n de la siguiente forma:
- De octubre a diciembre 2025: 30% remunerativo y 70% no remunerativo.
- De enero a febrero 2026: 50% remunerativo y 50% no remunerativo.
El componente no remunerativo ser谩 de car谩cter restrictivo y temporal, pero se computar谩 para aguinaldos, licencias, adicionales, indemnizaciones y dem谩s rubros legales. Adem谩s, se mantiene la cobertura de salud, la base de aportes a la seguridad social y las obligaciones sindicales.
Otro aspecto clave es que las empresas adheridas se comprometen a no despedir sin causa, no suspender por razones econ贸micas u organizativas y no reducir salarios mientras dure la vigencia del acuerdo. A cambio, el gremio garantiza paz social, siempre y cuando se cumpla lo pactado.
Para que el convenio sea aplicable, cada empresa deber谩 presentar una nota de adhesi贸n ante su c谩mara y adjuntar la n贸mina del personal alcanzado.
El acuerdo no modifica categor铆as, jornadas ni derechos establecidos en el CCT 586/10, y queda expresamente sujeto a la homologaci贸n del Ministerio de Trabajo.

Con este entendimiento, SIMAPE, CAABPA y CAIPA reafirman su indeclinable compromiso con la preservaci贸n de la actividad pesquera en Mar del Plata, sosteniendo con responsabilidad el empleo de cientos de tripulantes en un marco signado por la incertidumbre y la inestabilidad econ贸mica preelectoral. Las partes subrayaron que el presente acuerdo se construy贸 sobre los s贸lidos principios de colaboraci贸n, buena fe y solidaridad, con el noble prop贸sito de asegurar estabilidad hasta el inicio de la pr贸xima zafra.
Este modelo, concebido y perfeccionado a trav茅s del esfuerzo articulado y el esp铆ritu de consenso entre los presidentes de CAIPA y CAABPA, Dres. Fernando Rivera y Diego Garc铆a Luchetti respectivamente, y el secretario general del SIMAPE, Pablo Trueba, constituy贸 oportunamente un testimonio ejemplar que, marc贸 el camino para destrabar el prolongado cese de m谩s de 140 d铆as de la flota tangonera congeladora. De esta manera, se ratifica la capacidad del sector para forjar acuerdos trascendentes que, en un clima de respeto y responsabilidad compartida, proyectan un camino de gobernanza, equilibrio y madurez institucional.
