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    Asignación de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la Merluza de Cola (Macruronus magellanicus)

    PescarePor Pescare10 de septiembre de 20244 Minutos
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    La Ley Federal de Pesca Nro. 24.922 y una serie de resoluciones del Consejo Federal Pesquero (CFP) han sido el fundamento para regular la pesquería de la merluza de cola (Macruronus magellanicus) en Argentina.
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    A lo largo de los años, se han implementado distintos regímenes específicos para asignar Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), siendo la Resolución CFP Nro. 22/2009 del 12 de noviembre de ese año un puntapié inicial importante en este proceso.

    El sistema de CITC, establecido por el CFP, asigna cuotas de captura a los buques pesqueros que cuentan con una historia documentada de captura de la especie. Estas cuotas tienen una validez de 15 años, y su renovación es clave para asegurar la sostenibilidad y el manejo responsable de los recursos pesqueros, base de un sistema justo y equitativo, solo basta aplicar la Ley Federal de Pesca 24.922 y mantener conforme a derecho uno de los principales artículos, el 27, que establece un sistema de asignación de cuotas de captura para todos los permisos de pesca, tanto los existentes como los futuros, y otorga al Consejo Federal Pesquero la facultad de regular este régimen.

    Estas cuotas serán concesiones temporales, con un límite por empresa que evitará concentraciones monopólicas. Para determinar las cuotas, se priorizarán factores como la generación de empleo nacional, inversiones en el país, antecedentes de captura legal, volumen de productos elaborados, y la ausencia de infracciones.

    Las cuotas podrán ser total o parcialmente transferibles bajo ciertas condiciones, pero no entre flotas fresqueras y congeladoras. Además, el Consejo podrá reservar parte de la Captura Máxima Permisible para fines de conservación y asignaciones sociales.

    Con la finalización de las CITC actuales el 31 de diciembre de 2024, el CFP ha emitido una nueva Resolución CFP Nro.5/2024 para definir los criterios y también la Resolución CFP Nro.5/2024 Asignación de Capturas de CITC de Merluza de Cola con porcentajes de asignación de CITC que entrarán en vigor a partir del 1° de enero de 2025. Este proceso es esencial para garantizar que la explotación de la merluza de cola se mantenga dentro de límites sostenibles, respetando la Captura Máxima Permisible (CMP) y distribuyendo las cuotas de manera equitativa entre los actores de la industria.

    Ponderación de Criterios

    La asignación de las nuevas CITC se realiza basándose en una serie de ítems definidos en el artículo 27 de la Ley Nro. 24.922, los cuales ponderan diversos aspectos como la historia de captura, la mano de obra, la producción y las inversiones. Los porcentajes asignados a cada ítem son los siguientes:

    • Historia de Captura: 50%
    • Mano de Obra: 30%
    • Producción: 15%
    • Inversiones: 5%

    Además, se deducirá un 0,1% por cada sanción firme recibida durante el periodo 2010-2023, asegurando que las infracciones cometidas sean consideradas en la distribución de las cuotas.

    Reservas y Concentración Empresarial

    El CFP ha fijado las reservas necesarias para la conservación y administración de la pesquería. La Reserva de Conservación se mantiene en el 10% de la CMP, mientras que la Reserva de Administración se establece en el 4,06%. Estas reservas son fundamentales para permitir una gestión dinámica de la pesquería, ajustando las cuotas según sea necesario para proteger la sostenibilidad del recurso.

    Para evitar la concentración de cuotas en pocas manos, se ha fijado un límite máximo del 20% de la CMP que puede ser asignado a una empresa o grupo empresarial. Esto fomenta la competitividad y previene la monopolización de la actividad pesquera.

    Requisitos para las Empresas Pesqueras

    Las empresas deberán solicitar la inscripción de las CITC asignadas antes del 20 de septiembre, y aceptar expresamente las condiciones establecidas en la nueva resolución. Aquellas cuotas que no sean solicitadas se añadirán al Fondo de Reasignación, que busca redistribuir las CITC entre los actores de la industria.

    Las empresas receptoras de CITC deberán abonar un canon equivalente al Derecho de Transferencia, calculado sobre la base de la CMP del período 2024 y la duración de las nuevas CITC. Además, las asignaciones de cuotas estarán sujetas a una revisión futura, permitiendo ajustes si se detectan discrepancias o sanciones pendientes de resolución.

    Esta resolución refleja una clara intención de gestionar de manera más rigurosa y sostenible los recursos pesqueros, estableciendo criterios que buscan un equilibrio entre la eficiencia productiva y la equidad. Sin embargo, desde una perspectiva crítica, la aplicación de estos criterios parece no ajustarse del todo a la realidad operativa del sector.

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