A lo largo de los a帽os, se han implementado distintos reg铆menes espec铆ficos para asignar Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), siendo la Resoluci贸n CFP Nro. 22/2009 del 12 de noviembre de ese a帽o un puntapi茅 inicial importante en este proceso.
El sistema de CITC, establecido por el CFP, asigna cuotas de captura a los buques pesqueros que cuentan con una historia documentada de captura de la especie. Estas cuotas tienen una validez de 15 a帽os, y su renovaci贸n es clave para asegurar la sostenibilidad y el manejo responsable de los recursos pesqueros, base de un sistema justo y equitativo, solo basta aplicar la Ley Federal de Pesca 24.922 y mantener conforme a derecho uno de los principales art铆culos, el 27, que establece un sistema de asignaci贸n de cuotas de captura para todos los permisos de pesca, tanto los existentes como los futuros, y otorga al Consejo Federal Pesquero la facultad de regular este r茅gimen.
Estas cuotas ser谩n concesiones temporales, con un l铆mite por empresa que evitar谩 concentraciones monop贸licas. Para determinar las cuotas, se priorizar谩n factores como la generaci贸n de empleo nacional, inversiones en el pa铆s, antecedentes de captura legal, volumen de productos elaborados, y la ausencia de infracciones.
Las cuotas podr谩n ser total o parcialmente transferibles bajo ciertas condiciones, pero no entre flotas fresqueras y congeladoras. Adem谩s, el Consejo podr谩 reservar parte de la Captura M谩xima Permisible para fines de conservaci贸n y asignaciones sociales.
Con la finalizaci贸n de las CITC actuales el 31 de diciembre de 2024, el CFP ha emitido una nueva Resoluci贸n CFP Nro.5/2024 para definir los criterios y tambi茅n la Resoluci贸n CFP Nro.5/2024 Asignaci贸n de Capturas de CITC de Merluza de Cola con porcentajes de asignaci贸n de CITC que entrar谩n en vigor a partir del 1掳 de enero de 2025. Este proceso es esencial para garantizar que la explotaci贸n de la merluza de cola se mantenga dentro de l铆mites sostenibles, respetando la Captura M谩xima Permisible (CMP) y distribuyendo las cuotas de manera equitativa entre los actores de la industria.
Ponderaci贸n de Criterios
La asignaci贸n de las nuevas CITC se realiza bas谩ndose en una serie de 铆tems definidos en el art铆culo 27 de la Ley Nro. 24.922, los cuales ponderan diversos aspectos como la historia de captura, la mano de obra, la producci贸n y las inversiones. Los porcentajes asignados a cada 铆tem son los siguientes:
- Historia de Captura: 50%
- Mano de Obra: 30%
- Producci贸n: 15%
- Inversiones: 5%
Adem谩s, se deducir谩 un 0,1% por cada sanci贸n firme recibida durante el periodo 2010-2023, asegurando que las infracciones cometidas sean consideradas en la distribuci贸n de las cuotas.
Reservas y Concentraci贸n Empresarial
El CFP ha fijado las reservas necesarias para la conservaci贸n y administraci贸n de la pesquer铆a. La Reserva de Conservaci贸n se mantiene en el 10% de la CMP, mientras que la Reserva de Administraci贸n se establece en el 4,06%. Estas reservas son fundamentales para permitir una gesti贸n din谩mica de la pesquer铆a, ajustando las cuotas seg煤n sea necesario para proteger la sostenibilidad del recurso.
Para evitar la concentraci贸n de cuotas en pocas manos, se ha fijado un l铆mite m谩ximo del 20% de la CMP que puede ser asignado a una empresa o grupo empresarial. Esto fomenta la competitividad y previene la monopolizaci贸n de la actividad pesquera.
Requisitos para las Empresas Pesqueras
Las empresas deber谩n solicitar la inscripci贸n de las CITC asignadas antes del 20 de septiembre, y aceptar expresamente las condiciones establecidas en la nueva resoluci贸n. Aquellas cuotas que no sean solicitadas se a帽adir谩n al Fondo de Reasignaci贸n, que busca redistribuir las CITC entre los actores de la industria.
Las empresas receptoras de CITC deber谩n abonar un canon equivalente al Derecho de Transferencia, calculado sobre la base de la CMP del per铆odo 2024 y la duraci贸n de las nuevas CITC. Adem谩s, las asignaciones de cuotas estar谩n sujetas a una revisi贸n futura, permitiendo ajustes si se detectan discrepancias o sanciones pendientes de resoluci贸n.
Esta resoluci贸n refleja una clara intenci贸n de gestionar de manera m谩s rigurosa y sostenible los recursos pesqueros, estableciendo criterios que buscan un equilibrio entre la eficiencia productiva y la equidad. Sin embargo, desde una perspectiva cr铆tica, la aplicaci贸n de estos criterios parece no ajustarse del todo a la realidad operativa del sector.









