A fines de junio, la Provincia de Río Negro ha presentado una solicitud, reiterando lo expresado el 12 de junio de 2024, para la creación de una reserva social de 3.500 toneladas de langostino para su jurisdicción. Esta petición se fundamenta en la crítica situación que enfrenta el sector pesquero en la región.
El Decreto provincial N° 480/2023 declaró el estado de emergencia pesquera en el Golfo San Matías. Como parte de las medidas para abordar esta crisis, el Centro de Investigación Aplicada y Extensión Pesquera (CIMAS) y el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) llevaron a cabo una campaña de evaluación de los recursos de langostino, concluyendo que las concentraciones de esta especie no son suficientes para sostener la actividad pesquera a largo plazo.
Esta escasez ha afectado negativamente la situación económica y social de los trabajadores relacionados, directa e indirectamente, con la actividad pesquera en la región.
En respuesta a la solicitud de la Provincia de Río Negro, el Consejo Federal Pesquero (CFP) ha decidido, por mayoría, con los votos negativos de los representantes de las provincias de Buenos Aires y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y la abstención del representante de la Provincia de Chubut, lo siguiente:
- Se establece, para la presente temporada de langostino en aguas de jurisdicción nacional, una reserva social de 3.500 toneladas de la especie langostino.
- Esta cuota será destinada a los buques que designe la Provincia de Río Negro, mediante comunicación expresa a la Autoridad de Aplicación de la Ley 24.922.
- La descarga del langostino se deberá realizar exclusivamente en los Puertos de San Antonio Oeste y Este.
- Las capturas de langostino deberán ser procesadas en plantas en tierra ubicadas dentro de la Provincia de Río Negro.
- Se exceptúa la aplicación del artículo 10 de las medidas de administración de la pesquería aprobadas por la Resolución CFP N° 7/2018 (multiplicadores), en lo que respecta a esta reserva social, sin perjuicio de la aplicación de las demás disposiciones vigentes.
- Los buques involucrados en la captura deberán contar con los permisos de pesca correspondientes a la jurisdicción donde se realizará dicha captura.
La representación de la Provincia de Buenos Aires expresó su voto negativo, argumentando que la asignación de una cuota social de este volumen para una provincia sin una flota propia para la captura, con una cantidad limitada de barcos aptos para participar en la zafra de langostino y con pocas plantas en condiciones de procesar el recurso, resulta excesiva y contraproducente.
Se considera que esta medida no es oportuna ni beneficiosa, y que podría perjudicar la actividad pesquera en la Provincia de Buenos Aires, afectando a las flotas y plantas procesadoras con inversiones ya establecidas; argumento poco sólido, aclaremos, ya que a fines del año 2022, el propio representante titular en el CFP y Ministro de Desarrollo Agrario Lic. Javier Rodríguez, impulsó algo similar pero para unos pocos y a espalda de todas las inconsultas cámaras del sector marplatense, en uno de los más escandalosos actos administrativos de la gestión anterior del CFP, hoy judicializado.
Como se desprende del punto 2.2, 2.3 y 2.4 del Acta CFP Nro.12/2024, de la semana pasada; las cámaras empresarias CAIPA, CEPA (11JUL24) y CAPIP (12JUL24) respectivamente, hayan presentado vista al expediente; ante la omisión (¿ingenua o cómplice?) de otras entidades que han dejado correr el plazo perentorio de la presentación.
Por cuanto meses previos a la intención de cuotificar el principal recurso del mar argentino, el langostino, deja expuesta la permisividad de otras entidades y/o participantes, al accionar casi improcedente en que se manejó dicho reparto abusivo, arbitrario y sin fundamentos, de 3500 toneladas que muestran en principio el embate de las provincias con litoral marítimo a buscar suplir ineficiencias de su propia administración utilizando fondos del sector pesquero en un recurso transzonal y de alto impacto en todo el sector pesquero nacional.
No obstante la solicitud bajo el pretexto del interés social, su inexistente flota con permiso nacional de pesca de langostino y la imposibilidad de procesar tamaño volumen de langostino en sus pocas y precarias plantas de procesado en su territorio (salvo la planta de Sierra Chica) hacen pensar que efectivamente haya sido la pesca una moneda de cambio para alcanzar el voto positivo de la Ley de Bases tratada el mismo 27 de junio pasado coincidente con el Acta CFP Nro.9/2024, además de otorgar al gobierno de Alberto Weretilneck una jugosa caja a instancias del Ministro Guillermo Francos, intermediario en la negociación de la Cámara de Diputados de la Nación.
Es loable destacar, que la propia CAIPA, también fue la misma cámara que expuso fuertes críticas y su manifiesta intención de intervenir conforme a derecho, y a través de la justicia, otro desliz de la administración pasada y con proyección en esta, cuando mediante la Resolución CFP Nro.23/2022 se otorgaron 5000 toneladas de langostino denominado Fondo de Fomento Productivo FAFP de la provincia de Buenos Aires, de manera inconsulta, hecho a medida para unos pocos armadores de Mar del Plata, de dudosos costos y fundamentos emparentados a la campaña política de un candidato a Presidente de la Nación, y ex Ministro de Economía del pasado gobierno, -reza el clamor popular-; y donde informaron a esta redacción, que son 3800 para la provincia de Buenos Aires y otras 1200 toneladas de conformidad y negociadas para la provincia de Chubut y su flota de Rawson.
Por otro lado, lo inexplicable es la falta de control por fuera del marco que estipula la Ley Federal de Pesca 24.922 y la propia Resolución CFP Nro.7/2018 sobre las medidas de manejo de la especie langostino, en cuyo ANEXO I punto B. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA OPERATORIA DE BUQUES EN LA PESQUERÍA, en el Artículo 3° dice “ Los buques que dirijan sus capturas a la especie langostino deberán contar con: a) Permiso de pesca nacional vigente para operar en las aguas de jurisdicción nacional, permiso de pesca provincial para operar en las aguas de jurisdicción de la Provincia emisora ”.
Es preocupante la falta de control sobre estas operaciones, especialmente en lo que respecta al cumplimiento de la Ley Federal de Pesca 24.922 y la Resolución CFP Nro. 7/2018. Existe evidencia que buques operan sin permisos de pesca nacional vigentes, lo cual no solo viola las regulaciones sino que también fomenta la pesca ilegal no declarada y no reglamentada dentro de la milla 200 con buques de bandera nacional. Estas prácticas crean un clima de incertidumbre en la industria pesquera y plantean serias dudas sobre la gestión futura de la inminente cuotificación de langostino, intentando avalar la historia de capturas y no los permisos de pesca vigentes de cada unidad naval, una preocupación que ha sido destacada repetidamente en diferentes notas de nuestra confección desde el año 2018 y sigue siendo un tema de relevancia crítica para la sostenibilidad del recurso y el, equilibrio y armonía de todo el sector en el marco de la Ley.