También lo había hecho el SIMAPE, aunque este se encuentra con demoras en la zarpada de buques como consecuencia de la solidaridad a las medidas de fuerza instrumentadas por el SOMU hasta tanto lleve adelante una asamblea fijada para mañana martes, que aún no terminó de encontrar un punto de equilibrio para cerrar las negociaciones paritarias, mientras el resto hizo lo propio. El gremio de la marinería encontró equilibrio en el 15% para Marzo y el 10% para Abril pasado.
SI.CO.NA.RA.
Acuerdo paritario entre el Sindicato de Conductores Navales y las Cámaras CAABPA y CAIPA. Fue rubricado por sus representantes para los trabajadores de la Sección Máquinas para los próximos meses.
La Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura, conjuntamente con la Cámara de la Industria Pesquera Argentina, suscribieron un acuerdo paritario con el SI.CO.NA.RA., negociaron las escalas salariales y las condiciones laborales para los trabajadores de la sección Máquinas que se encuadra en el Laudo 4/75.
En lo firmado se les otorgó una recomposición salarial a los trabajadores para el mes de marzo del presente año sobre los valores conformados, aplicándose los mismos desde el 1 de marzo último de carácter No Remunerativo y con carácter Remunerativo a partir del 1 de abril de 2024.
La recomposición salarial otorgada por las Cámaras para los trabajadores, se aplicarán inclusive sobre los rubros extra convencionales que cada empresa tenga acordado con el sindicato y los trabajadores en sus respectivos recibos de sueldo.
Así mismo, las partes acordaron un régimen de viáticos para los trabajadores, y que en forma temporal operen sobre otras especies en otros puertos que no sean el de su asiento, para los meses de marzo y abril del presente año, los que serán abonados en la forma que disponga el armadores, en cada arribo con carga de los buques y renovables a las 48 horas de estadía y por única vez.
Las empresas que tengan ya acordado viáticos y su valor sea superior al monto que se suscribió en este nuevo acuerdo, se regirán por su valor superior
Las partes además dejaron rubricado que los importes por cada Motorista y/o Conductor de Máquinas Navales enrolados, correspondientes a las contribuciones de Farmacia y Capacitación, serán abonados mediante un depósito y/o transferencia bancaria, expresa también lo firmado, enviándose el correspondiente comprobante
“Con relación al art. 20 del Laudo 4/75, y siempre que exista un acuerdo entre armador y empleado sobre las condiciones y modalidad de ejecución, en los casos que el trabajador solicite licencia por estudios en la Escuela Nacional de Pesca / Fluvial, se convendrá un incentivo que será liquidado por la empleadora en carácter NO REMUNERATIVO y que tenga un valor equivalente a UN (1) Salario Mínimo Vital y Móvil vigente al momento del pago de la licencia. El trabajador deberá acreditar el carácter de alumno regular de la respectiva cursada”, expresa también lo firmado en las últimas horas.
Se dejó establecido además que el servicio de internet con red wifi a bordo, con que cuente el barco, será gratuito solo para mensajería instantánea, es decir mensajes de texto, en horas de descanso.
Esta recomposición salarial tendrá vigencia solo hasta el 31 de abril último, manteniendo su vigencia a acuerdos superadores que establezcan mejores condiciones que las recientemente suscriptas.
A su vez, las partes asumieron el compromiso de reunirse durante el próximo mes de junio, a efectos de examinar la evolución de las variables económicas a ese momento, ratificando además la necesidad de mantener la Paz Social del sector, en procura de mantener el desarrollo económico de la actividad pesquera y la prosperidad de sus trabajadores.
SOIP rubrica acuerdo salarial
En días agitados, de expectativas laborales y por sobre todo económicas, otro de los gremios del sector pesquero, tras varias reuniones llego a un acuerdo, el cual quedo sellado durante la última mitad de la semana pasada.
En este caso el Sindicato Obrero de la Industria del Pescado, representado por su secretaria general Cristina Ledesma, rubricó con la Cámara de la Industria Pesquera Argentina, a través de su presidente Dr. Fernando Manuel Rivera, un nuevo acuerdo paritario, el cual tendrá vencimiento prácticamente en los próximos días.
Las partes lograron un acuerdo salarial para el período comprendido entre el 1 de marzo del presente año y el 31 de mayo próximo, el que será de aplicación para las escalas salariales vigentes de las remuneraciones que corresponden a los Convenios Colectivos de Trabajo 161/75 y 506/07, para lo cual han tomado en cuenta las sumas resultantes que estaban vigentes al 28 de febrero de 2024.
Dado que el acuerdo salarial es a partir del 1 de marzo del presente año como señalamos, las partes acordaron un reajuste salarial de carácter No Remunerativo para el mes de marzo de 2024, del 25%, el cual es sobre los valores vigentes al 28 de febrero último, el que será liquidado conjuntamente con la segunda quincena del mes de abril del corriente año.
Este porcentaje incluye las eventuales diferencias que pudieran corresponder al acuerdo vigente al 28 de febrero de 2024.
Los importes que puedan corresponder por el último concepto señalado serán liquidados el 10 de mayo de 2024, señala los suscripto entre las partes.
Además para el período comprendido entre el 1 de abril de 2024 y el 30 de abril de 2024 las partes acordaron un incremento salarial del 10% sobre los valores vigentes al 28 de marzo del presente año, el que será liquidado con carácter No Remunerativo.
Estos últimos importes señalados serán liquidados con los salarios correspondientes a la segunda quincena de abril.
En el mismo acuerdo rubricaron las partes que para el período comprendido entre el 1 de mayo de 2024 y el 31 de mayo próximo, las partes acordaron un incremento salarial del 10%, el que será calculado sobre los valores vigentes al 30 de abril último, importe que será liquidado con carácter remunerativo.
En su quinta cláusula el acuerdo marca que los valores acordados (del 10%) serán de carácter No Remunerativo y se convertirán en Remunerativos a partir del 1 de marzo de 2025.
Aclararon además que los importes no remunerativos que se establecieron serán tenidos en cuenta para la liquidación de los rubros equipo, adicional ex bonos, asignación de emergencia, refrigerio, vacaciones anuales, sueldo anual complementario, feriados nacionales, antigüedad, enfermedad y accidentes, debiendo liquidarse estos conceptos en forma separada que los que son Remunerativos.
“A los efectos del cálculo de los aportes correspondientes a la cuota sindical que abonan los afiliados al SOIP y los aportes y contribuciones que correspondan exclusivamente a la Obra Social del SOIP, los importes que se otorgan con carácter no serán más tomados en cuenta y en el caso de la Obra Social del SOIP, se abonarán en forma directa a la misma”, indica lo firmado.
El acuerdo será de aplicación para todas las empresas que realicen actividades con personal comprendido en el ámbito de la personería gremial del SOIP, remarca también el convenio.
A su vez las partes acordaron el compromiso de reunirse durante el próximo mes de junio del presente año, a los efectos de revisar el acuerdo de reciente firma y además se comprometieron a analizar nuevas alternativas que posibiliten la elaboración de otros productos pesqueros.
Hay que destacar algunos hechos, en principio cambia la modalidad de ajuste que en esta oportunidad será indexando valores respecto al mes anterior, no así como lo liquidaban desde hace años contra la base, al 28 de febrero del corriente año. Y por otro lado, para las actuales autoridades políticas del pais, este será el convenio donde se estipula “no remunerativo”, un cuasi oxímoron legal laboral que estará ad referéndum de lo que estipule cualquier contralor fiscal a futuro; dejando un gris que este gobierno prefirió evitar.