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    Consejo Federal Pesquero

    Consejo Federal Pesquero. Sesi贸n semanal, Acta Nro. 10 y 11/2023

    PescarePor Pescare14 de abril de 202311 Minutos
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    El d铆a Mi茅rcoles y jueves se celebr贸 una nueva sesi贸n dentro del Consejo Federal Pesquero.
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    Se llev贸 a cabo una nueva sesi贸n del Consejo Federal Pesquero, presidida por el Dr. Carlos Liberman, la cual tuvo el qu贸rum de ocho de sus miembros presentes y donde se emitieron las Actas CFP Nro. 10 y 11.

    Entre los temas abordados en la misma se brind贸 el Informe Financiero de la Subsecretar铆a de Pesca y Acuicultura sobre la recaudaci贸n en la cuenta del FO.NA.PE. al 10/04/23, donde se comunic贸 a la fecha mencionada la recaudaci贸n ascend铆a a la suma de $326.799.969,65, de los cuales $27.637.717,00, corresponden al embarque de inspectores.

    Dado que el CFP ha distribuido a la fecha $ 168.002.451,25 ($154.542.242,45+ $ 13.460.208,80) qued贸 un saldo a distribuir de $ 144.620.010,20 correspondientes a recursos coparticipables y no coparticipables, y $ 14.177.508,20 al embarque de inspectores.

    Dichos fondos quedaron asignados de la siguiente manera sobre el 50% de recursos no coparticipables ($ 72.310.005,10)

    • Autoridad de Aplicaci贸n $ 15.910.005,10
    • Inidep $ 20.200.000,00
    • Patrullaje y Control $ 18.800.000,00
    • CFP $ 14.500.000,00
    • Capacitaci贸n $ 2.900.000,00

    En tanto lo que corresponde al 50% de recursos coparticipables ($ 72.310.005,10) la distribuci贸n ser谩:

    • Provincia de Buenos Aires $ 12.051.667,50
    • Provincia de R铆o Negro $ 12.051.667,50
    • Provincia de Chubut $ 12.051.667,50
    • Provincia de Santa Cruz $ 12.051.667,50
    • Provincia de Tierra del Fuego, Ant谩rtida e Islas del Atl谩ntico Sur $ 12.051.667,50 Naci贸n $ 12.051.667,50

    De acuerdo a la decisi贸n adoptada instruy贸 a la Coordinaci贸n Institucional para que solicite a la Autoridad de Aplicaci贸n que realice las gestiones administrativas necesarias para efectivizar las transferencias de recursos que correspondan en ambos casos (fondos coparticipables y no coparticipables), seg煤n se detalla a continuaci贸n:

    1) Los $ 15.910.005,10 asignados a la Autoridad de Aplicaci贸n deber谩n transferirse ACTA CFP N掳 10/2023 3 sobre la base de lo que establezca dicha autoridad.

    2) Los $ 20.200.000,00 asignados al INIDEP, deber谩n transferirse, seg煤n lo requerido por el Instituto, para llevar a cabo las tareas de investigaci贸n pesquera.

    3) De los $ 18.800.000,00 correspondientes al 铆tem Patrullaje y Control, a los efectos de reforzar el control en la Zona Econ贸mica Exclusiva argentina, deber谩n transferirse $9.400.000 a la Armada Argentina y $9.400.000 a la Prefectura Naval Argentina, imputando dichas cantidades al saldo de los convenios celebrados entre ambas instituciones y la Subsecretar铆a de Pesca y Acuicultura de la Secretar铆a de Agricultura, Ganader铆a y Pesca del Ministerio de Econom铆a.

    4) De los $ 14.500.000,00 asignados al 铆tem CFP, deber谩n transferirse, para su funcionamiento a la Fundaci贸n Argeninta CFP C.A. N潞 1/10 $13.000.000 y a la Fundaci贸n Argeninta CFP C.A. N潞 4/10 componente 1 $ 1.500.000.

    5) Los $ 2.900.000,00 asignados al 铆tem Capacitaci贸n, deber谩n transferirse a la Fundaci贸n Argeninta CFP C.A. N潞 1/10.

    6) Los $ 12.051.667,50 asignados a la Provincia de Buenos Aires, deber谩n transferirse a la Carta Acuerdo N掳 5/2010 suscripta por el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires con la Fundaci贸n Argeninta, en virtud de la nota de fecha 27/02/2023 enviada por la Subsecretar铆a de Agricultura, Ganader铆a y Pesca, Representante de la Provincia ante el CFP, solicitando que los fondos de coparticipaci贸n del FONAPE que le correspondan a la Provincia sean girados a la Carta Acuerdo se帽alada.

    7) De los $ 12.051.667,50 asignados a la Provincia de R铆o Negro, en virtud de la nota MPyA N掳 24/2023, de fecha 02/02/23, enviada por el Ministerio de Producci贸n y Agroindustria de la Provincia de R铆o Negro, deber谩 transferirse: – el 60% ($ 7.231.000,50) a la Carta Acuerdo N掳 1/2014 del Convenio Marco suscripto por dicho Ministerio y la FUNBAPA el 14/02/14, y – el 40% restante ( $ 4.820.667,00) a la cuenta informada por la Provincia para recibir los recursos del FONAPE.

    8) A cada una de las provincias con litoral mar铆timo restantes deber谩n transferirse $12.051.667,50, a las cuentas y en las condiciones ratificadas por cada una de ellas para el ejercicio 2023.

    9) A la Naci贸n deber谩 transferirse $ 12.051.667,50 sobre la base de lo que establezca la Autoridad de Aplicaci贸n y $ 14.177.508,20.

    Por su parte en el Acta nro. 11 el Consejo Federal Pesquero determin贸 sobre el R茅gimen de CITC y la disponibilidad en las reservas de merluza com煤n (Merluccius hubbsi), que ante la solicitud de la Secretar铆a de Pesca de Chubut de volumen de captura de la especie,  de 500 toneladas para el buque MARIA RITA (M.N. 0436) y 300 toneladas para el buque MARIO R (M.N. 01394), se otorgaron las mismas por unanimidad, descont谩ndose del porcentaje asignado a la Provincia, equivalente al 4,8525% de la CMP de la especie, establecida para el a帽o en curso.

    Adem谩s sobre la justificaci贸n de falta de explotaci贸n de CITC de vieira de los buques ATLANTIC SURF III (M.N. 2030) y CAPESANTE (M.N. 2929) de GLACIAR PESQUERA S.A. para el per铆odo 2022, se decidi贸 requerir a la Autoridad de Aplicaci贸n, por medio de la Coordinaci贸n Institucional, que remita las actuaciones referidas por la interesada y las conexas con dichos documentos (como la presentaci贸n que la interesada menciona, sin identificar) y los actos o decisiones que, en su caso, hubieran reca铆do. A tal fin se instruye a la Coordinaci贸n Institucional para que devuelva las actuaciones a la Autoridad de Aplicaci贸n comunicando la decisi贸n adoptada.

    El Acta refleja que fue elevado a consideraci贸n del CFP la solicitud de renovaci贸n del proyecto pesquero del buque ASUDEPES II (M.N. 0114), para la renovaci贸n del proyecto de explotaci贸n exclusiva de la especie calamar del buque y que fue presentada por ASUDEPES S.A pero al no haber cumplido con algunos requisitos, las actuaciones volver谩n a la Autoridad de Aplicaci贸n.

    La Embajada del Reino de los Pa铆ses Bajos solicit贸 autorizaci贸n para que el buque TESTIGO de bandera de Pa铆ses Bajos, realice actividades de investigaci贸n cient铆fica marina en aguas jurisdiccionales argentinas desde el 27 de abril al 15 de mayo de 2023 inclusive, con el objetivo de documentar la presencia de cet谩ceos dentro del 谩rea de estudio en el norte del talud continental, mediante el m茅todo de seguimiento ac煤stico pasivo y estudio visual, a fin de generar datos sobre la presencia y ecolog铆a de todos los cet谩ceos dentro del 谩rea.

    Analizadas todas las actuaciones recibidas hasta el momento, se constat贸 que la solicitud no ha cumplido, por amplio margen, con la antelaci贸n m铆nima de seis meses requerida por el art铆culo 248 de la Convenci贸n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) y el art铆culo 2 del Decreto 4915/73, reglamentario de la Ley 20.489.

    Esta situaci贸n no ha permitido completar la intervenci贸n de los diversos organismos nacionales competentes como as铆 tampoco procurar la participaci贸n de cient铆ficos o cient铆ficas pertenecientes al Estado Nacional, requisito que no se sustituye con la participaci贸n de cient铆ficos pertenecientes a una organizaci贸n de la sociedad civil, por lo cual no se autoriz贸 lo solicitado.

    La empresa FRANCISCO IACONO E HIJOS S.R.L. solicit贸 un permiso de pesca de gran altura para el buque SANT鈥橝NGELO (M.N. 0425). El 03/04/23 se recibieron las actuaciones con la solicitud y teniendo en cuenta que el buque fue incorporado a la matr铆cula el 27/11/1997, y cont贸 con Permiso de Pesca de Gran Altura, se decidi贸 por unanimidad autorizar a la Autoridad de Aplicaci贸n a emitir el Permiso de Pesca de Gran Altura a favor del buque por el plazo de 10 a帽os, para las especies autorizadas en la Zona Econ贸mica Exclusiva, en el 谩rea adyacente a la misma.

    La empresa NEDAR S.A. solicit贸 se autorice un cambio de operatoria del buque pesquero FLORIDABLANCA IV (M.N. 0255) de forma temporal y excepcional.

    A fin de mantener el vigor y efecto de las disposiciones legales (en especial las relativas al R茅gimen de CITC, y tambi茅n las dem谩s normas de administraci贸n que se establecieron sobre la base de las categor铆as de fresquero o congelador), deben fijarse l铆mites para evitar la elusi贸n de la aplicaci贸n de aqu茅llas, para lo cual se tiene especialmente en cuenta que se trata de una modificaci贸n de un buque congelador para operar como buque fresquero. Como resultado de lo expuesto, teniendo en cuenta el inter茅s provincial manifestado por el Representante de la Provincia del Chubut, se estim贸 adecuado mantener la inscripci贸n como congelador del buque FLORIDABLANCA IV (M.N. 0255) a todos los efectos, incluidos los aspectos arancelarios y de fiscalizaci贸n y control, vedando la recepci贸n de CITC procedente de buques fresqueros, y autorizando la operaci贸n al fresco en tales condiciones (y las dem谩s condiciones que rigen la operatoria de buques fresqueros).

    En definitiva se decidi贸 por unanimidad hacer lugar a la solicitud efectuada por la empresa y en consecuencia: a) mantener la inscripci贸n del buque FLORIDABLANCA IV (M.N. 0255) como congelador; b) autorizar la operatoria del buque exclusivamente al fresco durante las temporadas 2023 y 2024; c) el buque no podr谩 recibir CITC de buque fresquero; d) deber谩 cumplir con las reglas de operaci贸n de buques fresqueros y a los fines arancelarios y de fiscalizaci贸n y control mantendr谩 su calidad de buque congelador, y e) se fija un l铆mite de captura anual en el promedio de los tres mejores a帽os.

    En la sesi贸n tambi茅n se abord贸 la solicitud de reformulaci贸n de los proyectos pesqueros de los buques EL SANTO (M.N. 01526), ANGELO PADRE (M.N.0 1396) y FRANCA (M.N. 0495) VUOGAFE S.A., a trav茅s de su presidente, PESQUERA SAN SALVADOR S.R.L., a trav茅s de su socio gerente y GRUPO NUEVO GAUCHO S.A., a trav茅s de su presidente, en conjunto con Mar铆a Lina Ileana RAMACI, Yanina Lourdes RAMACI, y Luciano Jos茅 RAMACI (titulares registrales del buque FRANCA) se presentaron ante la Autoridad de Aplicaci贸n con el objeto de solicitar la reformulaci贸n de los proyectos pesqueros de los buques mencionados.

    La solicitud consiste en la emisi贸n de un permiso de pesca a favor del buque FRANCA con una autorizaci贸n de captura de 596 toneladas de variado costero, 794 toneladas de ancho铆ta, 109 toneladas de abadejo, y 162 toneladas de calamar, donde adem谩s se incluye en la solicitud el desguace del buque ANGELO PADRE (M.N. 01396).

    La Autoridad de Aplicaci贸n inform贸 que el buque EL SANTO (M.N. 01526) cuenta con permiso de pesca vigente, con autorizaci贸n para la captura anual de 535 toneladas de variado costero, 664 toneladas de ancho铆ta, 97 toneladas de abadejo y 162 toneladas de calamar, el buque ANGELO PADRE (M.N. 01396) cuenta con permiso de pesca vigente y autorizaci贸n para la captura anual de 61 toneladas de variado costero, 130 toneladas de ancho铆ta y 12 toneladas de abadejo, y que el buque FRANCA (M.N. 0495) no cuenta con permiso de pesca vigente.

    Luego de evaluada la solicitud, analizada la reducci贸n en la cantidad de embarcaciones habilitadas, y la limitaci贸n de las capturas que resultar谩n autorizadas, se decide por unanimidad hacer lugar a la solicitud en los siguientes t茅rminos y condiciones: a. Extinguir los permisos de pesca y autorizaciones de captura de los buques EL SANTO (M.N. 01526) y ANGELO PADRE (M.N. 01396). b. El buque ANGELO PADRE (M.N. 01396) deber谩 ser desguazado en el plazo que al efecto fije la Autoridad de Aplicaci贸n. c. El buque EL SANTO (M.N. 01526) deber谩 recibir un permiso de pesca dentro de los 180 d铆as o ser desguazado en el plazo que al efecto fije la Autoridad de Aplicaci贸n. d. Autorizar la emisi贸n de un permiso de pesca a favor del buque FRANCA (M.N. 0495), con una autorizaci贸n anual de captura de 596 toneladas de variado costero, 794 toneladas de ancho铆ta, 109 toneladas de abadejo, y 162 toneladas de calamar, dentro del plazo fijado en la Actas CFP N掳 17/2019 (punto 7.1.) y su modificatoria N掳 24/2021 (punto 5.1.). e.

    Las interesadas deber谩n aceptar expresa, lisa y llanamente los t茅rminos y condiciones precedentes, en el plazo de diez (10) d铆as desde su notificaci贸n.

    El CFP tambi茅n recibi贸 la solicitud de PESQUERA MARGARITA S.A. de justificaci贸n de inactividad comercial del buque CAMERIGE (M.N. 1406). Relat贸 el apoderado que luego de la 煤ltima marea de pesca del buque (finalizada el 21/3/2021) y de la parada biol贸gica (entre el 2/8/2021 y el 10/9/2021), debi贸 efectuar reparaciones en la embarcaci贸n. Luego de poner en seco el buque, se llevaron a cabo tareas en casco, enfriadores de motores, venteos, mantenimiento de propulsi贸n, tim贸n, v谩lvulas, caja reductora, motor auxiliar, electricidad y radio, y otras tareas complementarias. Present贸 el cronograma de tareas realizadas y pendientes. Acompa帽贸 documentaci贸n comercial, copias de actas de inspecciones, y documentaci贸n requerida reglamentariamente, m谩s otra documentaci贸n por la cual se instruy贸 a la Coordinaci贸n Institucional para que devuelva las actuaciones a la Autoridad de Aplicaci贸n comunicando la decisi贸n adoptada, para su registro y notificaci贸n a la administrada.

    Por otro lado el Sindicato de Trabajadores de la Industria Alimenticia (STIA) solicit贸 la adhesi贸n del CFP al proyecto de ley sobre r茅gimen diferencial de jubilaci贸n de trabajadoras y trabajadores de plantas de procesamiento de frutos del mar.

    La pr贸xima sesi贸n del CFP se llevar谩 a cabo la semana siguiente 鈥揺l d铆a martes 18 y mi茅rcoles 19 de abril- a partir de la hora 14 en su sede de CABA.

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