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    Normativa

    La Dirección Nacional de Pesca reguló el marcado de artes de pesca para aparejos de fondo

    PescarePor Pescare3 de junio de 20235 Minutos
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    Presentaron Regulación sobre el marcado de las artes de pesca de arrastre. La misma se realizó ante la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios.
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    El Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, Dr. Julián Suárez, participó el último jueves de la reunión informativa sobre Gestión Ambiental de los Residuos de Artes de Pesca en la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

    El Dr. Suárez estuvo acompañado por el Director del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, Lic. Oscar Padín, la Dra. Claudia Carozza, Directora Nacional de investigación y el Ing. Ricardo Roth Jefe del programa de artes de pesca. Participaron además representantes de empresas, rederos y Organizaciones No Gubernamentales.

     El Director Nacional detalló cómo se llegó a desarrollar la Disposición DNCYFP N° 4/2023, la cual establece que todo Buque Arrastrero debe identificar los aparejos de pesca para contar con datos fehacientes de estos elementos cuando son abandonados, perdidos o descartados.

    Comentó que desde el año 2022 se generaron 4 encuentros con el objetivo de recabar información por parte de los actores del sector, como son los fabricantes, proveedores, rederos, armadores, capitanes, y recicladores, entre otros, con lo cual pudieron elaborar un sistema de marcado de aparejos de pesca, adaptado a la situación particular que presenta cada aparejo utilizado por la flota nacional, los materiales que los componen, su vida útil, y la dinámica de fabricación de las artes.

    Con las experiencias recabadas de toda la cadena de valor pesquera y basados en el manual para el marcado de Aparejos de Pesca publicado a comienzos de este año por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), se realizó la mencionada Disposición y convirtió a la República Argentina en el primer país en poner en vigencia una normativa de tal magnitud.

    El Dr. Suárez resaltó que en 2021 la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, dio el primer paso en esta materia, comenzado con regulaciones en las herramientas de pesca que se utilizan para la captura de Centolla (Lithodes santolla).

    Es así que mediante el dictamen de la Disposición DNCYFP N° 1/2021 y comprendiendo que, en oportunidades, las nasas y trampas de pesca implementadas para la captura de Centolla (Lithodes santolla) resultan ser abandonadas, perdidas o descartadas en el Mar Argentino a causa de múltiples factores, se estableció la obligatoriedad de que cada buque con autorización de captura de la mencionada especie deba identificar las artes de pesca.

    Es así que lo que se concluye en dicha Disposición, es un mecanismo obligatorio que constituye la primera experiencia exitosa sobre la regulación del marcado de artes de pesca.  Del mismo modo, mediante la Disposición DNCYFP N° 28/2022 se puso en vigencia la obligatoriedad de que los Buques Pesqueros cuenten con la presencia de grampines y bicheros a bordo que sirven para facilitar la recuperación de las artes de pesca y cajones que caen al mar, siempre que queden flotando en la superficie. 

    Su utilización posibilita mitigar el impacto que generan los materiales sintéticos introducidos a la biodiversidad marina por la actividad pesquera, destacándose que en la Disposición DNCYFP N°4/2023 se estableció que se incorpore el artículo 4° bis de la Disposición DNCYFP N° 28/2022 estableciendo la obligatoriedad de declarar la cantidad de cajones plásticos existentes a bordo al inicio del viaje de pesca, y la cantidad de cajones plásticos existentes al finalizar el mismo.

    “La preservación de la biodiversidad marina es un tema que siempre ocupa a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación y a sus dependencias, como Autoridad de Aplicación del Régimen Federal de Pesca, aunque ésta no sea su función primaria. Del mismo modo, si bien la actividad pesquera no constituye una de las principales fuentes de contaminación por plásticos hacia los océanos, su uso directo en el ecosistema acuático exige una acción al respecto.

    Sabemos que las situaciones que llevan a que las artes de pesca y cajones se abandonen, se pierdan o se descarten, están relacionadas con las condiciones meteorológicas adversas y la operatoria en general a bordo de los buques. Del mismo modo, ni a las empresas armadoras, ni a los trabajadores y trabajadoras del sector, les resulta conveniente perder estos instrumentos de trabajo dado que su reposición implica un alto costo económico y fundamentalmente, porque resulta indispensable continuar preservando la calidad del agua y sus recursos.

    Estar presentes en esta reunión informativa nos hace pensar y reflexionar en conjunto. Agradezco la invitación y es un honor como funcionario participar de este diálogo tan plural y respetuoso”, comentó el Director Nacional.

    Por su parte, el Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación, Dr. Carlos Liberman comentó al respecto que “esta norma, como tantas otras que están vigentes, cuenta con la legalidad y la legitimidad otorgada por toda la cadena de valor pesquera. Algo que marqué desde los inicios de la gestión es el diálogo abierto con todos los actores del sector para conocer sus percepciones y poder actuar en consecuencia con las políticas públicas necesarias para la pesca argentina.”

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