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    Normativa

    Bycatch de langostino: Cuándo y por qué se permite hasta un 20%

    AntonellaPor Antonella8 de agosto de 20252 Minutos
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    El CFP autorizó un 20% de captura incidental de langostino en la pesquería de merluza durante 2025, por una situación excepcional.

    El Consejo Federal Pesquero aprobó por unanimidad una medida excepcional que permite a los buques fresqueros arrastreros capturar hasta un 20% de langostino como pesca incidental en la pesquería de merluza común, fuera de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (ZVPJM), durante el resto del año 2025.

    La decisión fue tomada tras recibir el informe técnico del INIDEP (Nota DNI N° 88/2025), solicitado en el Acta CFP Nro. 21/2025, a partir de planteos realizados por la Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura (CAABPA) y la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera (DNCyFP). Las entidades solicitaron la habilitación de un margen de captura incidental sin restricciones temporales ni espaciales en el primer caso, y hasta fin de año en el segundo.

    El INIDEP fundamentó su aval en la disponibilidad atípica de langostino durante la presente temporada, producto de la migración del recurso fuera de los límites habituales de la ZVPJM, sumado a la baja actividad de la flota tangonera. En este contexto, consideró adecuada la autorización excepcional para favorecer el aprovechamiento racional del recurso, sostener niveles de empleo y abastecer a las plantas de procesamiento en tierra.

    Sin embargo, el Instituto advirtió que la medida no debe repetirse sin una evaluación rigurosa, ya que su continuidad podría modificar el perfil operativo de la flota merlucera e incrementar la presión pesquera sobre el langostino, una especie sensible al aumento del esfuerzo pesquero.

    La tolerancia del 20% se aplicará sobre las capturas totales por marea y se reiteran las condiciones previamente establecidas respecto al tratamiento del langostino capturado como by-catch, especialmente en lo referido a mantener la calidad y frescura del producto (17 kilogramos por cajón). La decisión fue oficializada en la reciente Acta CFP Nro.22/2025.

    Finalmente, el CFP instruyó a la Coordinación Institucional a comunicar la decisión a la Autoridad de Aplicación y al INIDEP, solicitando además el refuerzo del embarque de observadores (AIPs) en los buques que operen en el área, para garantizar un seguimiento permanente de la medida.

    Argentina bycatch caabpa cámara de armadores inidep langostino merluza pesca
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    Universidad Nacional de Mar del Plata — Facultad de Derecho. Abogada - Periodista - Dirección PESCARE

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