El Instituto Nacional de Investigaci贸n y Desarrollo Pesquero (INIDEP), mediante la Nota DNI Nro.112/25, recomend贸 la apertura de la Sub谩rea 11 para la pesca comercial de langostino, tras haberse completado la prospecci贸n en la zona delimitada entre las latitudes 44掳S y 45掳S y las longitudes 62掳30麓W y 63掳30麓W dentro de la ZVPJM.
A partir de los estudios t茅cnicos, las autoridades confirmaron que los resultados obtenidos son favorables para la actividad. La concentraci贸n de langostino se registr贸 en tallas biol贸gicamente aceptables, mientras que el porcentaje de juveniles en las capturas fue del 10,08 %, por debajo del umbral m谩ximo establecido. Adem谩s, la relaci贸n merluza/langostino (M/L) promedi贸 9%, significativamente inferior al l铆mite del 20 % dispuesto por la normativa.
En funci贸n de estos par谩metros, se autoriz贸 la apertura de la Sub谩rea 11 desde las 00:00 horas del 31 de agosto de 2025, quedando habilitadas las operaciones de pesca a partir de las 07:00 horas de hoy.

Estado de situacion al 31AGO25, gentileza Dr. Diego Garc铆a Luchetti, CAABPA.
Esta informaci贸n fue notificada por el Director Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera, Dr. Arturo Idoyaga Molina, quien mediante misiva NO-2025-96111882-APN-DNCYFP#MEC inform贸 al Jefe del Departamento Polic铆a Auxiliar Pesquera de la Prefectura Naval Argentina, PM Nestor Alberto Kiferling, para que las distintas terminales costeras con incidencia en el 谩rea en cuesti贸n, informen v铆a radial VHF a toda la flota tangonera.
La decisi贸n se enmarca en la Resoluci贸n CFP Nro. 7/2018, que regula la pesquer铆a de langostino en aguas nacionales, fijando criterios de habilitaci贸n de 谩reas, l铆mites de captura de juveniles y relaci贸n de especies acompa帽antes.
Las autoridades recordaron que todas las operaciones deber谩n realizarse bajo estricto cumplimiento de la normativa vigente, a fin de garantizar la sustentabilidad del recurso y preservar el equilibrio del ecosistema marino.






