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    Invitado Especial

    Riesgos y oportunidades ante la reciente modificaci贸n al REGINAVE

    PescarePor Pescare9 de febrero de 202512 Minutos
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    Las recientes modificaciones del REGINAVE han generado diversas opiniones, algunas a favor y otras cr铆ticas. Para entender mejor su impacto, consultamos a un exintegrante destacado de la Prefectura Naval Argentina, quien comparti贸 su an谩lisis desde una perspectiva institucional y con m谩s de 40 a帽os de experiencia.
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    Son muchas las visiones en cuanto a las recientes modificaciones del REGINAVE; algunas a favor, otras muy cr铆ticas. En definitiva cada vez que se hace algo, por lo general hay puntos de vistas y opiniones encontradas, de hecho, los argentinos somos caso testigo de ello.

    En este contexto, recurrimos a una de las m谩s ilustres figuras que ha formado la Prefectura Naval Argentina, con el prop贸sito de obtener una visi贸n esclarecedora sobre su perspectiva. Por razones evidentes y en respeto a su inquebrantable compromiso con la Instituci贸n, hemos optado por preservar su anonimato. No obstante, lo verdaderamente trascendental reside en la solidez de su an谩lisis y la sofisticaci贸n de su pensamiento, reflejo de una trayectoria insigne en el bicentenario organismo. Su legado intelectual, forjado a lo largo de cuatro d茅cadas, no solo roza lo excelso, sino que se inscribe entre las contribuciones m谩s eminentes en la regulaci贸n de la seguridad en la navegaci贸n.

    Transformaci贸n del REGINAVE: Desregulaci贸n y digitalizaci贸n para el impulso mar铆timo nacional. 隆Tr谩mites in煤tiles, afuera..!

    禄 En un intento de facilitar la actividad econ贸mica privada mediante la reducci贸n del entramado de regulaciones y una gesti贸n m谩s eficiente de los procesos administrativos a cargo del Estado, para dotar 鈥 v铆a reducci贸n de costos – de mayor competitividad a las actividades productivas y comerciales, se ha completado recientemente un proceso de desregulaci贸n del R茅gimen de la Navegaci贸n Mar铆tima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE), en el marco de las pol铆ticas de desregulaci贸n y transformaci贸n del Estado Nacional, que propenden a dejar sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, as铆 como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacci贸n espont谩nea de la oferta y de la demanda.

    Cabe destacar que el REGINAVE es un cuerpo normativo que reglamenta los aspectos de seguridad de la navegaci贸n y la prevenci贸n de la contaminaci贸n del medio acu谩tico y costero, abarcando todo el ciclo de vida de las embarcaciones (proyecto, construcci贸n, mantenimiento y desguace), las reglas de la navegaci贸n propiamente dicha, la gesti贸n de seguridad operacional, el personal embarcado y terrestre de la navegaci贸n, la protecci贸n ambiental, incluyendo su r茅gimen sancionatorio.

    Ahora bien, dentro de la relaci贸n existente entre la Administraci贸n P煤blica y los usuarios o administrados debe tenerse presente, adem谩s de la facultad regulatoria, el ejercicio del poder de polic铆a que incumbe al Estado Nacional en materia de seguridad de la navegaci贸n y la protecci贸n del medio mar铆timo, fluvial y lacustre, lo que significa reglamentar los derechos individuales que se ejercen dentro de esos 谩mbitos de inter茅s p煤blico.

    El reglamentarismo, junto a la internacionalidad, integralidad y autonom铆a, es una caracter铆stica predominante del derecho de la navegaci贸n; as铆 la Ley de la Navegaci贸n N掳 20.094 remite en infinidad de casos a las leyes y reglamentos complementarios para regir las relaciones jur铆dicas en la navegaci贸n por agua. En su art铆culo 1掳 consagra el valor prioritario en su aplicaci贸n de esas llamadas 芦leyes y reglamentos complementarios禄.

    La propia complejidad intr铆nseca del transporte por agua justifica la necesidad de contar con una detallada regulaci贸n en materia de seguridad de la navegaci贸n y la prevenci贸n de la contaminaci贸n ocasionada por los buques, para abarcar todo el ciclo de vida de las embarcaciones y artefactos navales, es decir, el proyecto, construcci贸n, modificaci贸n, reparaci贸n, mantenimiento, gesti贸n operacional y desguace; el gran n煤mero de certificados y documentos que lo habilitan para la navegaci贸n y su explotaci贸n ambientalmente segura y eficaz, y sus plazos de validez; las medidas que regulan la navegaci贸n propiamente dicha, as铆 como el conjunto de requisitos para el registro y habilitaci贸n del personal embarcado de la marina mercante y auxiliar de la navegaci贸n.

    Todo esto fue llevando a contar actualmente en nuestro medio con un profuso cuerpo reglamentario聽 denominado聽 芦R茅gimen聽 de聽 la聽 Navegaci贸n聽 Mar铆tima,聽 Fluvial聽 y聽 Lacustre鈥 (REGINAVE), destinado a regular todos los aspectos relativos a la seguridad de los buques, la navegaci贸n y el personal de la marina mercante. Este instrumento, adoptado originalmente mediante Decreto N掳 4.516/1973, reemplaz贸 al entonces 鈥淒igesto Mar铆timo y Fluvial禄, aprobado por Decreto N掳 125.571/1938.

    El REGINAVE puede considerarse como ordenador de un sistema administrativo de la navegaci贸n mucho m谩s amplio, que comprende al R茅gimen de Seguridad Portuaria (REGISEPORT),聽 el聽 Reglamento聽 del聽 Servicio聽 M贸vil聽 Mar铆timo聽 (RESMMA),聽 el Reglamento de Practicaje y Pilotaje para R铆os, Puertos, Pasos y Canales de la Rep煤blicaArgentina y un cuerpo de disposiciones denominadas Ordenanzas emitidas por la Autoridad Mar铆tima Nacional destinadas a regular los aspectos t茅cnicos, administrativos y operativos del buque, al personal de la marina mercante, la protecci贸n ambiental y el r茅gimen de radiocomunicaciones de seguridad, entre los m谩s relevantes, donde las acciones u omisiones previstas y sancionadas en los referidos instrumentos reglamentarios, ser谩 de aplicaci贸n las normas de procedimientos en materia contravencional previstas en el T铆tulo 9 del REGINAVE.

    Teniendo una visi贸n integral del REGINAVE, se advierte que el esp铆ritu de las actualizaciones reglamentarias promovidas por el Poder Ejecutivo no tienen por objeto desregular los est谩ndares de seguridad de la navegaci贸n y protecci贸n ambiental en vigor, sino que m谩s bien est谩n dirigidas a lograr una mayor eficiencia en la forma de implementarlas, mediante la desregulaci贸n, simplificaci贸n y digitalizaci贸n de los procesos administrativos, y que se traducen en una menor carga burocr谩tica y costos para los usuarios.

    De esta manera, mediante Decreto N掳 37/2025 (Publicado en el B.O.: 20/01/2025), se aprob贸 una nueva versi贸n del REGINAVE, incorporando en su redacci贸n una combinaci贸n de elementos novedosos para la t茅cnica de la elaboraci贸n de normas o requerimientos t茅cnicos para la seguridad de la navegaci贸n, como ser la simplificaci贸n de los procedimientos, la reducci贸n de las exigencias normativas y la eliminaci贸n de regulaciones redundantes, sin que ello signifique menoscabar los actuales niveles de seguridad y protecci贸n ambiental, lo cual lo transforma en un proceso innovador, con las oportunidades y riesgos que devienen de su implementaci贸n y cumplimiento efectivos.

    Principales modificaciones
    • Modernizaci贸n de la gesti贸n

    En su T铆tulo Preliminar se plasman los principales lineamientos del REGINAVE y los aspectos de modernizaci贸n de la gesti贸n a seguir por la Autoridad Mar铆tima, a fin de facilitar la actuaci贸n del ciudadano, agilizar los procedimientos administrativos y la interacci贸n autom谩tica de los sistemas para intercambio de datos de diferentes organismos.

    • Unificaci贸n de autorizaciones

    Se eliminan las restricciones existentes por zonas de navegaci贸n, permitiendo que una 煤nica autorizaci贸n sea v谩lida en todo el territorio nacional, lo que facilita la operaci贸n de las embarcaciones. Los mismo aplica para las habilitaciones de los agentes mar铆timos, que tendr谩n validez en todas las jurisdicciones.

    • Inspecci贸n, certificaci贸n y servicios reglamentarios, incluyendo el reconocimiento de materiales, equipos y dispositivos del buque

    En el marco de la libertad econ贸mica y de contrataci贸n, los propietarios o armadores podr谩n optar por inspeccionar y certificar las condiciones de seguridad de sus embarcaciones a trav茅s de una sociedad de clasificaci贸n, miembro de la Asociaci贸n Internacional de Sociedad de Clasificaci贸n (IACS por sus siglas en ingl茅s) y reconocida por la Autoridad Mar铆tima. Asimismo, se reconocen las certificaciones de materiales, equipos y dispositivos del buque emitidas dichas sociedades de clasificaci贸n, sin necesidad de homologaciones adicionales.

    • Digitalizaci贸n de registros de datos a bordo

    Los documentos que deben tener a bordo los buques de la matr铆cula nacional, como ser el libro diario de navegaci贸n, m谩quinas, de rol y de inspecciones t茅cnicas de seguridad, podr谩n ser instrumentados en documentos electr贸nicos debidamente autorizados por la Autoridad Mar铆tima.

    • Ampliaci贸n de la vigencia de las habilitaciones del personal terrestre de la navegaci贸n

    La vigencia de las habilitaciones del personal terrestre de la navegaci贸n (armador, agente mar铆timo, perito naval, buzo profesional, oficial de la compa帽铆a para la protecci贸n mar铆tima, oficial de protecci贸n de la instalaci贸n portuaria, amarradores, etc.), salvo que haya razones expresas en contrario, no tendr谩n fecha de caducidad y en cualquiera de los casos, no podr谩n tener una vigencia menor a los cinco (5) a帽os.

    • R茅gimen simplificado para embarcaciones menores

    Las embarcaciones que no est茅n obligadas o eximidas a poseer un Certificado Nacional de Seguridad de la Navegaci贸n (en general, las embarcaciones y artefactos navales de arqueo bruto menor a cincuenta (50) que efect煤en navegaci贸n mar铆tima, y de arqueo bruto menor a cien (100) que realicen navegaci贸n fluvial o lacustre), la verificaci贸n durante la construcci贸n, modificaci贸n, reparaci贸n y desguace de tales embarcaciones podr谩n ser realizadas por una organizaci贸n reconocida (sociedad de clasificaci贸n) o por un profesional matriculado competente e inscripto ante la Autoridad Mar铆tima, seg煤n decida el propietario o armador del buque o artefacto naval.

    • Contrataci贸n opcional de personal de serenos

    Con excepci贸n de los casos de buques inactivos por desarme, reparaciones, embargados, interdictos, con prohibici贸n de navegar o en proceso de desguace, se suprime la obligaci贸n de contratar personal de serenos en los puertos, debiendo los buques apostar las dotaciones de guardia en los puertos que al efecto disponga la Autoridad Mar铆tima.

    • Disponibilidad de elementos de respeto a bordo

    Los propietarios o armadores de buques de navegaci贸n mar铆tima nacional o internacional deber谩n mantener a bordo un inventario de elementos de respeto de los equipos auxiliares que resulten cr铆ticos para mantener la propulsi贸n, el gobierno y los servicios esenciales del buque durante la navegaci贸n. Se excluye de esta obligatoriedad a los buques que efect煤an navegaci贸n nacional en 谩reas fluviales y lacustres.

    • Contrataci贸n opcional de baqueanos

    Se flexibiliza la contrataci贸n de baqueanos para los buques o convoyes de empuje que naveguen en los R铆os de la Plata, Paran谩, Uruguay y Paraguay, salvo en el caso que se transporte sustancias peligrosas o transporten pasajeros.

    • Flexibilizaci贸n de la navegaci贸n deportiva o recreativa

    Las personas que ejerzan el gobierno de las embarcaciones deportivas o recreativas podr谩n ser habilitadas por la Autoridad Mar铆tima o por federaciones n谩utico-deportivas. Adem谩s, se extiende la vigencia de las habilitaciones a diez (10) a帽os, se regulan las actividades de las entidades dedicadas a la ense帽anza y capacitaci贸n deportiva y habilita el uso comercial de embarcaciones deportivas en las condiciones que establezca la Autoridad Mar铆tima.

    • Simplificaci贸n de transferencia de embarcaciones menores

    Las partes interesadas de embarcaciones, artefactos navales, motos de agua o similares, cuyo arqueo bruto sea inferior a tres (3), podr谩n tramitar la transferencia ante el registro de la dependencia jurisdiccional de la Autoridad Mar铆tima, dentro del lapso de treinta (30) dias corridos de su presentaci贸n, sin necesidad de presentar comprobante alguno de libre deuda de obligaciones vinculadas a la embarcaci贸n.

    • Reconocimiento de certificaciones y habilitaciones de buceo profesional.

    Se reconocen la validez y vigencia de certificaciones y habilitaciones internacionales, sin ninguna homologaci贸n adicional por parte de la Autoridad Mar铆tima; en tanto que toda persona que posea Patente de Buzo Profesional extendida por un organismo oficial extranjero, podr谩 revalidarla en el pa铆s dando cumplimiento a lo determinado en la Reglamentaci贸n para Buzos Profesionales.

    • Validez de productos qu铆micos para combatir la contaminaci贸n por hidrocarburos

    Se reconoce la validez de la certificaci贸n de productos qu铆micos dispersantes aprobados en otros pa铆ses o por entidades acreditadas conforme a los est谩ndares internacionalmente aceptados, sin requerirse pruebas adicionales.

    Conclusiones

    Las normas de seguridad de la navegaci贸n no suelen desregularse o liberalizarse, sino m谩s bien actualizarse continuamente para garantizar la seguridad de los buques y la protecci贸n del medio acu谩tico y costero, sin embargo 茅stas pueden resultar a煤n m谩s eficaces si se facilita a los destinatarios su implementaci贸n y cumplimento.

    Para el logro de esa finalidad, el gobierno nacional incorpor贸 como elemento ordenador al REGINAVE el principio de libertad consagrado por nuestra carta magna, donde s贸lo podr谩n imponerse cargas y regulaciones cuando existan razones de seguridad de la navegaci贸n, de los puertos o de protecci贸n ambiental, objetivo que s贸lo podr铆a ser alcanzado cuando la elaboraci贸n de nuevas regulaciones o modificaci贸n de las existentes sigue una metodolog铆a sistem谩tica y estructurada cuya finalidad es mejorar la seguridad de la navegaci贸n, incluida la protecci贸n de la vida humana, la salud, el medio acu谩tico y los bienes, mediante un an谩lisis del riesgo y de la evaluaci贸n de costos y beneficios de su implementaci贸n.

    No habi茅ndose entonces producido modificaciones sustantivas en los actuales niveles de seguridad de la navegaci贸n y protecci贸n ambiental, en cambio se espera que la propia evoluci贸n de la actividad mar铆tima, fluvial y lacustre permita dimensionar el verdadero impacto econ贸mico que se pretende alcanzar con los cambios operados recientemente. Cambios que no s贸lo implican un cambio cultural, sino tambi茅n un esfuerzo de adaptaci贸n y resiliencia para capitalizar las oportunidades y mejorar la competitividad del sector.

    En ese sentido, uno de los mayores impactos que conllevan las nuevas medidas estar谩 reflejado en el reconocimiento de las certificaciones de materiales, equipos y dispositivos del buque emitidas por las sociedades de clasificaci贸n, que en su gran mayor铆a son producidos en el exterior, sin necesidad de homologaciones adicionales, lo cual redundar谩 en una considerable reducci贸n de las cargas burocr谩ticas y costos adicionales. Asimismo, el universo de embarcaciones menores que no estan obligadas o exentas de llevar un Certificado Nacional de Seguridad de la Navegaci贸n, tambi茅n estar谩n beneficiadas de optar por un r茅gimen simplificado para verificar su construcci贸n, modificaci贸n, reparaci贸n y desguace.

    Otro de los aspectos a considerar y no menos importante, es que habiendo sido la mentada desregulaci贸n del REGINAVE catalogada como una reforma integral, cabr铆a entonces preguntarse por las razones por las cuales se omiti贸 seguir un proceso m谩s participativo en su elaboraci贸n, evit谩ndose de esta manera futuros planteos que pod铆an haberse evitado. La participaci贸n ciudadana en la formulaci贸n de normas, que est谩 previsto en nuestro ordenamiento administrativo, es un proceso consultivo que permite a los ciudadanos contribuir en la elaboraci贸n de regulaciones y normas administrativas, y esto se logra a trav茅s de la consulta de opiniones y propuestas de los interesados.

    Por 煤ltimo y en atenci贸n a que el sistema administrativo de la navegaci贸n excede en su alcance al propio REGINAVE, y que evidentemente se identificar谩n desacoples con lo normado en otras disposiciones聽 y聽 reglamentos聽 complementarios聽 en聽 vigor聽 (Reglamentos,聽 Ordenanzas, Disposiciones, Resoluciones, etc.), habr谩 que considerar un tiempo de transici贸n para armonizar y alinear la totalidad de 茅stas disposiciones con los principios y objetivos del REGINAVE y, de esa manera, propender a una verdadera reforma (desregulaci贸n) integral de las actividades en el 谩mbito mar铆timo, fluvial y lacustre. 芦

    Firmado, 31 de enero de 2025

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