El Gobierno argentino anunció una multa de $1.844.000.000 al pesquero arrastrero español Farruco, por operar dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA). La medida fue informada el viernes 4 de septiembre por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía y constituye la quinta sanción a un buque extranjero durante 2026.
La actuación contó con la intervención de la Prefectura Naval Argentina, que aportó información obtenida mediante herramientas de monitoreo electrónico. Según el comunicado oficial, la penalización equivale a un millón de Unidades Pesca (UP) y fue aplicada en el marco de la Disposición SSRAyP Nro. 20/2026, que estableció parámetros para detectar actividad pesquera mediante el análisis de los movimientos de las embarcaciones.
La norma establece una presunción de pesca cuando un buque extranjero navega dentro de la ZEEA a menos de seis nudos y realiza trayectorias o cambios de rumbo compatibles con maniobras pesqueras. Ambas condiciones se evalúan conjuntamente: los registros deben permitir relacionar la velocidad con el comportamiento de la embarcación.
Prefectura reporta esos eventos mediante el Sistema Guardacostas y la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera (DNCyFP) evalúa los antecedentes para disponer las actuaciones correspondientes. El capitán, el armador o su representante pueden presentar bitácoras, registros de máquinas, partes de avería e información meteorológica que justifiquen los movimientos observados. Ese procedimiento permite contrastar la detección electrónica con la documentación aportada por el buque.
La sanción al Farruco se suma a las aplicadas este año a los buques Bao Feng, Bao Win y Hai Xiang 2, de bandera de Vanuatu, y al Coimbra, de Portugal. El balance difundido por Agricultura el 25 de agosto consignó $5.381.374.680 efectivamente percibidos en concepto de compensaciones por actuaciones contra la pesca ilegal, antes del anuncio sobre el arrastrero español.
La Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca de la Nación (SSRAyP), conducida por Juan Antonio López Cazorla, y la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera (DNCyFP), encabezada por Arturo Idoyaga Molina, dieron a la fiscalización pesquera una continuidad que se expresa en sanciones aplicadas y montos efectivamente cobrados.
La instrumentación de la Disposición SSRAyP Nro. 20/2026, junto con el trabajo de la Prefectura Naval Argentina, permitió convertir los registros de navegación en evidencia para sustentar los procedimientos administrativos. La gestión vinculó así la vigilancia en el mar con el ejercicio efectivo de la autoridad del Estado para documentar las incursiones, tramitar las infracciones y exigir a los responsables una respuesta económica. Los resultados alcanzados respaldan esa intervención en la defensa de los recursos pesqueros argentinos y el ejercicio de los derechos soberanos sobre su explotación dentro de la ZEEA, al sancionar a los buques extranjeros que cruzan su límite para pescar sin autorización.
El Farruco es un arrastrero congelador de 45,62 metros de eslora, 748 de arqueo bruto y 1.064,71 kW de potencia. Identificado con el IMO 9241906, tiene casco de acero y puerto base en Las Palmas-Puerto de la Luz. El Registro General de la Flota Pesquera de España lo incluye en el segmento de embarcaciones que operan en aguas internacionales y/o de terceros países.
Entre sus antecedentes figura un procedimiento abierto en diciembre de 2022 por interrupciones del sistema de identificación automática (AIS), documentado por la Dirección General de la Marina Mercante de España. Aquella actuación se refería a las obligaciones de funcionamiento del equipo, pero muestran un antecedente de ocultar posiciones mediante su navegación en OFF; el expediente argentino corresponde a operaciones pesqueras dentro de la ZEEA.
El régimen de multas surge del artículo 51 bis de la Ley Federal de Pesca 24.922, que establece para la pesca sin permiso una escala de 500.000 a 3.000.000 de Unidades Pesca. Su valor se determina semestralmente sobre la base del precio de venta al público del gasoil grado 2 de mayor valor registrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La pesca sin autorización dentro de la ZEEA incorpora capturas por fuera del régimen de permisos y medidas de administración que debe cumplir la flota argentina. La sanción al Farruco extiende la aplicación de ese régimen a las incursiones de buques extranjeros, con registros electrónicos que permiten reconstruir sus movimientos y fundamentar las actuaciones de la autoridad pesquera.






