El CFP tomó conocimiento del informe en el que se comunica que al 23 de noviembre último, la recaudación en la cuenta del FO.NA.PE. ascendía a la suma de $1.455.473.431,99, de los cuales $ 71.683.632,05, corresponden al embarque de inspectores.
Dado que el CFP ha distribuido a la fecha $1.221.080.035,73 ($1.156.817.085,08 + $ 64.262.950,65) ha quedado un saldo a distribuir de $ 226.972.714,86 correspondientes a recursos coparticipables y no coparticipables, y $7.420.681,40 al embarque de inspectores.
El organismo decidió por unanimidad asignar los fondos de este modo –del 50% de recursos no coparticipables ($ 113.486.357,43)-
- Autoridad de Aplicación $ 26.086.357,43
- Inidep $ 29.200.000,00
- Patrullaje y Control $ 30.500.000,00
- CFP $ 23.200.000,00
- Capacitación $ 4.500.000,00
Del 50% de recursos coparticipables ($ 113.486.357,43):
- Provincia de Buenos Aires $ 18.914.392,90
- Provincia de Río Negro $ 18.914.392,90
- Provincia de Chubut $ 18.914.392,90
- Provincia de Santa Cruz $ 18.914.392,90
- Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur $ 18.914.392,90
- Nación $ 18.914.392,90
De acuerdo a la decisión adoptada se instruyó a la Coordinación Institucional para que solicite a la Autoridad de Aplicación que realice las gestiones administrativas necesarias para efectivizar las transferencias de recursos que correspondan en ambos casos (fondos coparticipables y no coparticipables), según este detalle:
- Los $ 26.086.357,43 asignados a la Autoridad de Aplicación deberán transferirse sobre la base de lo que establezca dicha autoridad.
- Los $ 29.200.000,00 asignados al INIDEP, deberán transferirse, según lo requerido por el Instituto, para llevar a cabo las tareas de investigación pesquera.
- De los $ 30.500.000,00 correspondientes al ítem Patrullaje y Control, a los efectos de reforzar el control en la Zona Económica Exclusiva argentina, deberán transferirse $ 15.250.000 a la Armada Argentina y $15.250.000 a la Prefectura Naval Argentina, imputando dichas cantidades al saldo de los convenios celebrados entre ambas instituciones y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
- De los $ 23.200.000,00 asignados al ítem CFP, deberán transferirse, para su funcionamiento a la Fundación Argeninta CFP C.A. No 1/10 $19.000.000 y a la Fundación Argeninta CFP C.A. No 4/10 componente 1 $ 4.200.000.
- Los $ 4.500.000,00 asignados al ítem Capacitación, deberán transferirse a la Fundación Argeninta.
- Los $18.914.392,90 asignados a la Provincia de Buenos Aires, deberán transferirse a la Carta Acuerdo N° 5/2010 suscripta por el entonces Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires, actualmente Ministerio de Desarrollo Agrario, con la Fundación Argeninta, en virtud de la nota de fecha 22/02/2022 enviada por la Subsecretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, Representante de la Provincia ante el CFP, solicitando que los fondos de coparticipación del FONAPE que le correspondan a la Provincia sean girados a la Carta Acuerdo señalada.
- De los $ 18.914.392,90 asignados a la Provincia de Río Negro, en virtud de la Nota SSP N° 72/2022, de fecha 22/02/22, enviada por el Ministerio de Producción y Agroindustria de la Provincia de Río Negro, deberá transferirse el 60% ($11.348.635,74) a la Carta Acuerdo N° 1/2014 del Convenio Marco suscripto por dicho Ministerio y la FUNBAPA el 14/02/14, y el 40% restante ($7.565.757,16) a la cuenta informada por la Provincia para recibir los recursos del FONAPE.
- A cada una de las provincias con litoral marítimo restantes deberán transferirse $18.914.392,90, a las cuentas y en las condiciones ratificadas por cada una de ellas para el ejercicio 2022.
- A la Nación deberá transferirse $18.914.392,90 sobre la base de lo que establezca la Autoridad de Aplicación y $7.420.681,40.
Del mismo modo y a raíz que a la fecha la recaudación en la cuenta del FONAPE, superó al techo de crédito presupuestario vigente del Programa 36- Formulación de Políticas de los Sectores pesquero y Acuícola, Fuente de Financiamiento 13 – Recursos con Afectación Específica, se solicitó a la Autoridad de Aplicación que priorice y dé la mayor celeridad a la gestión de ampliación del crédito presupuestario vigente, para efectivizar la distribución y transferencia de la totalidad de los recursos del FONAPE y cumplir con la manda legal (Ley 24.922) que determina con claridad el destino específico de estos fondos.
Acta CFP Nro.35/2022
Previo a ingresar en el último mes del año donde seguramente se registrarán más novedades, el Consejo Federal Pesquero se reunió bajo la presidencia del Dr. Carlos Damián Liberman, los Representantes del Poder Ejecutivo Nacional, Dr. Carlos Ángel Lasta, y Lic. Antonio Macchioli, la Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Lic. Paola Gucioni, la Representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dra. Julia Mantinian, y los Representantes de las provincias con litoral marítimo: la Representante de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Carla Estefanía Seain, el Representante de la Provincia de Río Negro, Lic. Fernando Malaspina, el Representante de la Provincia del Chubut, Méd. Vet. Adrián Awstin, la Representante de la Provincia de Santa Cruz, Lucrecia Bravo, y el Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Carlos Alfredo Cantú.
Con un quórum de diez miembros presentes, varios fueron los temas abordados y determinaciones tomadas sobre Merluza Común (Merluccius hubbsi), Merluza de cola, Abadejo, Vieira Patagónica, Langostino, Condrictios y Proyectos Pesqueros.
Con respecto al Régimen de CITC para la Merluza Común la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera envió una nota sobre la disponibilidad en las reservas de esa especie.
Por caso la Secretaría de Pesca y Acuicultura de la Provincia de Santa solicitó asignación de volumen de la Reserva Social de volúmenes de captura de merluza común, pero de acuerdo al informe antes citado, surge que no hay disponibilidad de merluza común en la Reserva Social de la Provincia de Santa Cruz ni en la Reserva Social de la Autoridad de Aplicación para atender el pedido, y que existe una disponibilidad de 595,3 toneladas en la Provisión Administrativa y de 1.533,4 en la Reserva Artesanal, que a esta altura del año ya no se utilizará.
A raíz de esto las autoridades decidieron por unanimidad, para el corriente período anual, trasladar 595 toneladas de la Provisión Administrativa y 35 toneladas de la Reserva Artesanal a la Reserva Social de la Provincia de Santa Cruz, y de esta última asignar:
– 180 toneladas al buque LANZA SECA (M.N. 01181),
– 150 toneladas al buque GURISES (M.N. 01386), y
– 300 toneladas al buque PENSACOLA I (M.N. 0747).
Por su parte la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Provincia de Buenos Aires solicitó asignación de volumen de la Reserva Social, surge del informe que no hay disponibilidad de merluza común en la Reserva Social de la Provincia de Buenos Aires ni en la Reserva Social de la Autoridad de Aplicación para atender el pedido, y que existe una disponibilidad de 1.498,4 toneladas en la Reserva Artesanal (descontando la asignación realizada en el punto precedente de la presente acta), que a esta altura del año ya no se utilizará.
A partir de esto se decidió por unanimidad, para el corriente período anual, trasladar 400 toneladas de la Reserva Artesanal a la Reserva Social de la Provincia de Buenos Aires, y de esta última asignar:
– 200 toneladas para el buque DON MIGUEL I (M.N. 0748)
– 200 toneladas para el buque MARIANELA (M.N. 1002).
La Secretaría de Pesca de la Provincia de Chubut también solicitó asignación de volumen de la Reserva Social correspondiente a su jurisdicción, de acuerdo al Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), requiriendo:
– 600 toneladas para el buque SAN GENARO (M.N. 0763) y
– 150 toneladas para el buque BAFFETTA (M.N. 02635).
Teniendo en cuenta el volumen disponible en la Reserva Social de la citada Provincia, se decidió por unanimidad asignar el volumen de captura de merluza común (Merluccius hubbsi) requerido conforme el máximo interés social determinado por la Provincia del Chubut para el período anual 2022, descontándose dicho volumen del porcentaje asignado a la Provincia, equivalente al 4,8525% de la CMP de la especie, establecida para el año en curso.
La Secretaría de Producción de la Provincia de Río Negro solicitó asignación de toneladas de merluza común con fines de interés social correspondientes a su jurisdicción.
El volumen total de captura de merluza común requerido es de 200 toneladas para el buque DON AGUSTÍN (M.N. 0968), decidiéndose por unanimidad autorizarlas.
Además se autorizó un volumen de captura para los siguientes buques fresqueros:
- SAN MATÍAS -110 toneladas-
- WIRON IV -170 toneladas-
- MARBELLA -100 toneladas-
- RAFFAELA -200 toneladas-
- LANZA SECA – 265 toneladas-
- NUEVO VIENTO -200 toneladas-
Además en referencia a la Merluza de Cola, el CFP recibió notas de las Cámaras CAPeCA, CAPIP, CAPA y CEPA, solicitando que se establezca para el período anual 2022 la posibilidad de poner a disposición del CFP el volumen anual de CITC de merluza de cola que se estima no se capturará, invocando la representación de “la flota congeladora” con el objeto de solicitar que se dicte una resolución para la especie merluza de cola.
En el Acta también quedó plasmado, por notas presentadas, que “Pescargen S.A.” renuncia a la CITC de la especie merluza de cola, correspondiente al buque “Pescargen IV” y de su derecho a transferirla a “Arbumasa S.A”, quien por su parte presta conformidad. Solicitan que la CITC se incorpore al Fondo de Reasignación de la especie.
Teniendo en cuenta la renuncia, se decidió que se integre la CITC, del 2,7114% de la especie merluza de cola del buque “Pescargen IV”, al Fondo de Reasignación de CITC de la especie.
Sobre la especie Abadejo y por nota enviada por el INIDEP en respuesta a solicitud de opinión técnica sobre posibilidad de modificar el límite de captura de abadejo y de acuerdo al Informe de Asesoramiento y Transferencia N° 102/2022: “Análisis de las capturas de abadejo por viaje de pesca en la flota merlucera en relación con el requerimiento de las cámaras pesqueras CAIPA y CEPA, donde el documento presenta un análisis sobre el impacto de la aplicación sobre los dos principales estratos de la flota que dirige sus operaciones pesqueras a la especie merluza común fresqueros y congeladores), y que capturan abadejo de manera incidental.
El informe concluye que la modificación solicitada podría implicar un aumento de las capturas del orden de las 500 toneladas, si se consideran 100 viajes de pesca por año. Destaca también que debe tenerse en cuenta la variabilidad asociada al ejercicio planteado y la prudencia que requiere el manejo del recurso. Por lo que se sugiere adoptar un criterio precautorio.