Despu茅s de que la flota tangonera congeladora retomara la actividad tras una paralizaci贸n que super贸 los 70 d铆as, el Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA) –de intensa labor en los 煤ltimos meses– y la Asociaci贸n Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca (AACPyPP) firmaron un acuerdo para fortalecer y regular la continuidad operativa. Este convenio se suma a otros acuerdos similares firmados previamente con c谩maras empresarias como CAPIP y CAPeCA, reflejando un esfuerzo conjunto del sector para superar la crisis y poner en marcha la flota tangonera congeladora.
Ambas partes manifestaron su voluntad de superar la coyuntura mediante una modificaci贸n del marco normativo vigente, contemplando las particularidades de la actividad y la necesidad de sostener el empleo. Coincidieron en que el sector langostinero, fuertemente orientado a la exportaci贸n, enfrenta dificultades derivadas de la ca铆da de precios internacionales y la competencia global.
El acuerdo, que fue recibido en nuestra redacci贸n a 煤ltima hora de ayer por parte de la central gremial, tendr谩 vigencia hasta la firma de un nuevo convenio colectivo o hasta que las partes decidan su finalizaci贸n. Ser谩 de aplicaci贸n para todos los oficiales de puente embarcados en buques congeladores tangoneros de bandera argentina pertenecientes a empresas asociadas a CEPA.
Uno de los ejes centrales del entendimiento es la aplicaci贸n del beneficio previsto en el Decreto 633/2018, que permite declarar como no remunerativo el 70鈥% del salario total por un per铆odo inicial de 90 d铆as, prorrogable por otros 90, con exenci贸n de contribuciones patronales durante ese plazo. Este esquema busca aliviar la carga impositiva de las empresas mientras se restablece la actividad.
Los salarios b谩sicos de la oficialidad en navegaci贸n quedaron fijados en $1.485.000 para el capit谩n, $1.162.000 para el primer oficial y $929.758 para el oficial com煤n.
Tambi茅n se establece un sueldo garantizado, que asegura un ingreso m铆nimo mensual cuando la producci贸n no alcance los valores esperados, y un esquema por producci贸n, determinado en funci贸n del tonelaje neto de producto descargado.
La Asociaci贸n de Capitanes resolvi贸, como gesto ante la situaci贸n cr铆tica del sector, reducir transitoriamente la cuota sindical al 1鈥% del total de las remuneraciones. Adem谩s, los trabajadores devengar谩n 0,52 d铆as de franco compensatorio por cada jornada de enrolamiento efectiva.
Respecto al financiamiento de actividades de formaci贸n y asistencia, el acuerdo contempla dos contribuciones diferenciadas:
- Un aporte mensual por buque destinado a capacitaci贸n (USD 225 cuando est茅 en navegaci贸n y USD 75 en puerto).
- Una contribuci贸n extraordinaria por 煤nica vez de USD 10.000 por buque, a abonar en dos cuotas durante agosto y septiembre, destinada a fortalecer las acciones sociales y sanitarias impulsadas por el sindicato.
El texto tambi茅n reconoce que la temporada de pesca del langostino en la zona de veda de juveniles de merluza suele desarrollarse entre junio y septiembre, por lo que las condiciones laborales pactadas tendr谩n vigencia en ese marco temporal.
Finalmente, se solicit贸 la correspondiente homologaci贸n administrativa del acuerdo, con efecto retroactivo a la fecha de su firma.






