La mencionada resolución modifica la anterior (nro. 872/2023) la cual tiene varias consideraciones de acuerdo a lo determinado por el Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata.
Como mencionamos las pautas de funcionamiento del suministro de energía eléctrico de los espigones 1, 2 y 3 y muelle 10 del puerto de Mar del Plata, rigen los 365 días del año, durante las 24 horas.
El servicio podrá ser utilizado tanto por armadores, como empresas navales, talleristas, cooperativas de estibaje, que se deben encontrar debidamente habilitadas por el Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, las cuales deben contar con “Tarjeta” de energía eléctrica.
La determinación aclara que “la instalación electro mecánica se encuentra correctamente protegida hasta cada punto de conexión ubicados en los diversos espigones (tomas). A partir del punto de conexión hacia la embarcación, guinche, equipo y/o elemento que se conecte, será entera responsabilidad de quien se abastezca del servicio eléctrico, lo cual será aplicable tanto en sus instalaciones, como a terceros que pudieren intervenir. El usuario deberá tener protección electro mecánica ante una eventual falta de fase de EDEA o de las propias instalaciones de este CPRMDP”.
Vale recordar que sobre fines del mes de septiembre, el organismo que preside Gabriel Felizia, dio aviso acerca de la obligatoriedad de cumplir con varias normas, entre ellas la de estacionamiento, tránsito e hizo especial hincapié sobre la toma de energía eléctrica en los muelles marplatenses, modificando así una normativa que tenía más de una década y que había quedado desactualizada.
El Reglamento indica que “el C.P.R.M.D.P se encuentra en condiciones de suministrar energía eléctrica en los Espigones 1, 2 y 3 del Puerto de Mar del Plata, los 365 días, las 24 hs. a través de un sistema automatizado con tarjeta. Que a pedido de la Autoridad Marítima este sistema automatizado fue proyectado en 3 ETAPAS:
ETAPA I: contemplando los espigones 2 y 3.
ETAPA 2: contemplando el espigón Nº 1.
ETAPA 3: espigón Nº 10”.
Con anterioridad se había citado que “desde hace años se está trabajando en la implementación de la tercera etapa en el Espigón 10, con el objetivo de cubrir la demanda de energía eléctrica en 280 ml de frente de muelle, con 40 tomas trifásicos de hasta 32 amps”.
Ya durante el 2022 había sido aprobada una Resolución del Directorio, el Pliego de bases y condiciones y el consiguiente llamado a licitación y luego de la realización de la obra y de las pruebas del sistema, el Consorcio Portuario quedó en condiciones de suministrar energía eléctrica en el mencionado espigón 10, razón por la cual se modificó la Resolución del año 2013, por lo que se dictó una nueva normativa por razones de urgencia objetivas.
La información también referida al Consorcio Portuario marplatense, también da cuenta de dos llamados públicos para la presentación de propuestas para ocupar sendas parcelas en la jurisdicción del puerto de Mar del Plata.
Ambas están ubicadas sobre la calle B/P “Don Tomás Roldán” dentro de la denominada “Zona Industrial”.
La primera de las parcelas está ubicada a la altura del 1.273 y tiene una superficie de 795,50 metros cuadrados, siendo la otra de similares características ya que su superficie es de 780 metros cuadrados.
El valor de las bases del llamado es de $1.000 + IVA y se tiene previsto realizar la apertura de las propuestas el próximo 12 de enero, en las oficinas del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata en la calle B/P “Marlin” 404.