La Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP) y la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) aprobaron las capturas totales permisibles (CTP) para 2026 de dos especies de condrictios de importancia comercial y biológica: el gatuzo (Mustelus schmitti) y el pez ángel/angelito (Squatina guggenheim). Las decisiones quedaron formalizadas mediante la Resolución Conjunta CARP-CTMFM N° 1/2026 y Resolución Conjunta CARP-CTMFM N° 2/2026.
Las medidas, adoptadas en el marco del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, buscan compatibilizar el aprovechamiento pesquero con la conservación de ambos recursos, sobre la base de las recomendaciones científicas elaboradas por los grupos de trabajo especializados de ambas comisiones.
En el caso del gatuzo, se fijó una captura total permisible de 1.500 toneladas para 2026. De ese volumen, se habilitaron inicialmente 1.300 toneladas para la actividad pesquera, mientras que las 200 toneladas restantes quedaron como reserva administrativa, que podrá ser liberada mediante una resolución fundada si las condiciones de la pesquería así lo justifican.
La resolución señala que esta medida forma parte del Plan de Manejo para la recuperación del gatuzo, elaborado por un grupo multidisciplinario de especialistas. El objetivo es restablecer la biomasa poblacional hasta niveles que permitan alcanzar el rendimiento máximo sostenible, mediante un enfoque precautorio, gradual y adaptativo sujeto a evaluaciones periódicas de sus impactos biológicos, económicos y sociales.
Para el pez ángel, las comisiones establecieron una captura total permisible de 1.200 toneladas. En este caso, se autorizó inicialmente la captura de 1.000 toneladas y se reservó un cupo administrativo de hasta 200 toneladas para una eventual habilitación posterior.
El pez ángel, aparece clasificado “en permanente observación”, una condición que se explica por dos factores centrales: su exposición a la captura incidental sin control en pesquerías de arrastre y una capacidad reproductiva limitada. La especie habita fondos blandos hasta unos 150 metros de profundidad, dentro de un rango que va del centro-sur de Brasil al centro de la Patagonia, y su biología vuelve lenta cualquier recuperación poblacional: presenta desarrollo interno a partir de huevos y las hembras producen apenas 2 a 9 crías cada 3 años. Esa baja tasa reproductiva reduce el margen de respuesta frente a la presión pesquera y convierte cada captura incidental en un impacto relevante sobre una especie vulnerable del Atlántico Sudoccidental.
La decisión se basa en la evaluación realizada por el Grupo de Trabajo Condrictios, que analizó información proveniente de campañas de investigación, estadísticas pesqueras y muestreos biológicos de desembarques. A partir de esos datos, el equipo recomendó medidas de manejo orientadas a garantizar la sustentabilidad del recurso.
En ambas resoluciones se estableció que, si durante el año fuera necesario habilitar la reserva administrativa, el desembarque de la especie correspondiente no podrá superar el 10% del total de la captura de cada marea realizada entre la entrada en vigencia de esa habilitación y el 31 de diciembre de 2026.
Las nuevas capturas máximas regirán en toda el área comprendida por el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, donde Argentina y Uruguay coordinan la administración de los recursos pesqueros compartidos mediante decisiones adoptadas de manera conjunta.






