Con la firma del Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, Dr. Arturo Idoyaga Molina, se dispuso el inicio de una nueva prospección de langostino dentro de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza, con operación sobre las subáreas 11 y 12. La medida fue comunicada mediante la Nota NO-2026-63334557-APN-DNCYFP#MEC, fechada ayer 26 de junio de 2026, y dirigida a la Prefectura Naval Argentina para organizar el inicio operativo del relevamiento.
La prospección apunta a determinar si existen concentraciones comerciales de langostino, Pleoticus muelleri, en dos sectores de la ZVPJM y si las condiciones biológicas y operativas permiten avanzar luego hacia una eventual apertura a la pesca comercial. El dato central es concreto: los buques ingresarán a la zona de prospección el 29 de junio a las 00:00 horas, con el objetivo de facilitar la búsqueda ecoica de concentraciones, y las operaciones de pesca comenzarán a las 07:00 horas.
El esquema tendrá una duración de cuatro días efectivos de pesca. La autoridad estableció que las embarcaciones nominadas deberán contar con autonomía suficiente en bodega, combustible y condiciones operativas para completar las tareas sin interrupciones. También deberán garantizar correo electrónico operativo a bordo para que los observadores puedan remitir al Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero la información relevada durante cada jornada.

Zonas operativas al 29JUN26 gentileza Dr.Diego García Luchetti CAABPA.
La decisión administrativa coloca el foco en dos variables sensibles para la temporada: disponibilidad comercial de langostino y control de captura incidental de merluza. Al tratarse de una prospección dentro de la ZVPJM, el monitoreo de merluza adquiere peso técnico propio. Los observadores deberán estimar la captura de langostino en cada lance, realizar muestreos de longitudes por sexo, cuantificar merluza y especies acompañantes, informar producción diaria en kilos y cajas por categoría comercial, y reportar por lance posición, hora de largada, hora de virada, captura objetivo y captura incidental.
La operatoria fue diseñada bajo parámetros del INIDEP, a través de la Nota DNI N° 43/2026, identificada como NO-2026-62839468-APN-DNI#INIDEP, incorporada como archivo embebido en la comunicación oficial. Ese respaldo técnico ordena la participación de buques y observadores, y permite que la Autoridad de Aplicación reciba información diaria para evaluar una decisión posterior de apertura.

La flota asignada estará integrada por ocho buques con observador designado para relevar información biológica, pesquera y operativa.
El documento también fija una condición relevante para la administración del esfuerzo: una eventual apertura comercial quedará supeditada a que se hayan prospectado al menos dos subáreas con resultados positivos. El objetivo declarado es evitar una concentración excesiva del esfuerzo pesquero, una cuestión sensible cuando la flota se desplaza hacia zonas con señales favorables de abundancia.
El impacto sectorial de la medida está en la posibilidad de ampliar o reordenar el frente operativo de la temporada de langostino con información científica reciente. Si los resultados son positivos, la Autoridad de Aplicación podrá habilitar actividad comercial con observadores ya embarcados y monitoreo desde el inicio de la marea. Si los datos muestran baja disponibilidad o niveles inconvenientes de captura incidental, la decisión administrativa tendrá base técnica para preservar la zona y administrar el recurso con mayor precisión.
La prospección abre así una instancia de definición para la flota tangonera y para la cadena industrial vinculada al langostino. En cuatro días efectivos de pesca, el sistema deberá producir información suficiente sobre rendimiento, estructura de tallas, categorías comerciales, presencia de merluza y distribución del recurso. Sobre esa base se resolverá si las subáreas 11 y 12 pasan de relevamiento controlado a pesca comercial monitoreada.






