Tras un compás de espera que mantuvo en vilo a trabajadores portuarios y que en las últimas horas se habían declarado en “estado de alerta”, en referencia a la prórroga de excepción de los títulos y certificados nacionales e internacionales, en horas de la tarde de este jueves, finalmente Prefectura Naval Argentina dio a conocer una nueva Disposición
Con la firma del Prefecto Principal Guillermo Fernando O’Connor y el Prefecto Principal Juan Carlos Forasteri, se dio a conocer la Disposición que estaban reclamando desde los sectores gremiales.
La misma indica que se otorga una prórroga de carácter excepcional a todos los Títulos contemplados en la Resolución del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos que lleva el nro. 285/2003 y que fueran expedidos por la Autoridad Marítima, con este cronograma que aquí detallamos:
- Extender la prórroga hasta el 30 de junio de 2022 de todos los Títulos y Certificados que hayan vencido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 inclusive.
- Extender la prórroga hasta el 30 de junio de 2022 de todos los títulos y Certificados del área fluvial y pesca que hayan vencido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021, manteniéndose asimismo la prórroga otorgada oportunamente por el término de una año desde la fecha de su vencimiento a todos aquellos Títulos y Certificados de las áreas mencionadas que vencieron entre el 1 de julio de 2021 y el 31 de diciembre de 2021.
- Mantener la prórroga otorgada por el término de un año desde la fecha de su vencimiento a todos los Títulos y Certificaciones del área fluvial y pesca que venzan durante el año 2022.
Además la Disposición indica que se otorgue una prórroga de carácter excepcional a los Refrendos de expedición de Título en virtud de lo dispuesto en el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, en su forma enmendada (STCW/78 enmendado), expedidos por la Autoridad Marítima, conforme también al cronograma que también reproducimos:
- Extender la prórroga hasta el 30 de junio de 2022 de todos los Refrendos de Títulos y Certificados que hayan vencido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 inclusive.
- Extender la prórroga hasta el 30 de junio de 2022 de todos los Refrendos de Títulos y Certificados que hayan vencido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021, manteniéndose asimismo la prórroga otorgada oportunamente por el término de una año desde la fecha de su vencimiento a todos aquellos Refrendos de Títulos y Certificados que vencieron entre el 1 de julio de 2021 y el 31 de diciembre de 2021.
- Mantener la prórroga otorgada oportunamente por el plazo de 6 meses desde la fecha de su vencimiento a todos los refrendos de Títulos y Certificados del área ultramar que venzan entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2022 inclusive.
- Prorrogar hasta el 30 de junio de 2022, las Habilitaciones de los Marineros, Auxiliares de Máquinas y personal comprendido en el Art. 1.08 del REFOCAPEMM, previo haber iniciado el trámite de reexpedición ante los EFOCAPEMMN.
Se destaca también que mediante la Disposición, se le notifique la misma a la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, para que puedan proceder a efectuar la comunicación correspondiente a la Organización Marítima Internacional, en el marco del Convenio STCW-78 Enmendado.
Destacan además que se le comunique a las Direcciones de Región, Prefecturas de Zona y sus Dependencias jurisdiccionales.
Vale destacar además que como es de rigor, la Disposición a la cual hemos hecho referencia pormenorizadamente, entrará en vigor una vez que se publique en el Boletín Oficial de la República Argentina, algo que ocurrirá seguramente en las primeras horas de este viernes.