Es evidente que la necesidad tiene cara de hereje, o no. No somos nosotros quienes debemos juzgar comportamientos, sino informar y exponer lo que sucede en la actividad.
Para entrar en contexto, días atrás, y desde hace algo mas de 60 días, las cámaras representativas del segmento de la flota congeladora, -CEPA, CaPECA, CAPIP y CAPA- vienen manteniendo una negociación que superó todas las etapas.
El SOMU que busca actualizar desde esos básicos de $350.000 del mes de junio, pretendiendo un incremento de suma fija de $50.000 mensuales hasta octubre y de allí en más, la aplicación de incrementos sujetos al IPC, mientras las cámaras, con esfuerzo, sostienen que se debe aplicar el IPC desde julio en adelante, más algún intento de mejorar con suma fija y por adelantado la inflación proyectada en bimestres. No hubo manera de llegar a un acuerdo después de intensas negociaciones; por lo que la central de los trabajadores de la marinería, el SOMU, declaró un cese de actividades impuesto a partir de las 16hs del viernes 6 de septiembre pasado a la fecha.
Ayer, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se llevó a cabo una reunión entre el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (S.O.M.U.), representado por los Sres. Raúl Omar Durdos, Secretario General; Ángel Juan Navarro, Secretario de Pesca; David Ramírez, Prosecretario de Pesca; y José Valderrama, Delegado Paritario.
Por la otra parte, asistió la empresa PRODESUR S.A., representada por su presidente, el Sr. Liu Zhijiang. El objetivo de la reunión fue formalizar un acuerdo en el marco del periodo paritario comprendido entre el 10 de julio de 2024 y el 31 de marzo de 2025.
Liu firmó, lo que el SOMU exigió, y así, el BP Tai An, quedó liberado del cerco.
Fotografía gentileza Infobae
Puntos Principales del Acuerdo
Incremento del Salario Básico en Navegación:
- Se convino elevar el salario básico de la categoría Marinero de Planta a $383.000,00 a partir del 1 de julio de 2024.
- Este monto será aumentado progresivamente a $416.000,00 desde el 1 de agosto de 2024, y a $450.000,00 desde el 1 de septiembre de 2024.
- Este incremento afectará no solo a la categoría mencionada, sino que se aplicará proporcionalmente a todas las categorías bajo convenio. Asimismo, impactará en los diversos rubros salariales convencionales, tales como francos, órdenes, y guardias en puerto.
Ajuste según el Índice de Precios al Consumidor (IPC):
- A partir del 1 de octubre de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2025, el salario básico de $450.000,00 se ajustará mensualmente en función del IPC del mes anterior.
- Dicho ajuste será aplicado de manera proporcional a todas las categorías, siguiendo la escala detallada en el Anexo I adjunto.
Incremento en el Adicional «PLUS DE BODEGA» o «Adicional de Bodega»:
- Este adicional, presente en los convenios CAPIP-SOMU (486bis/07) y CaPECA-SOMU (729/15), será incrementado conforme a la siguiente escala:
- $1.182,00 por tonelada en buques congeladores tangoneros y centolleros.
- $900,00 por tonelada en buques congeladores merluceros de hasta 700 toneladas de bodega.
- $694,00 por tonelada en buques congeladores merluceros de más de 700 toneladas de bodega.
- En buques que exploten merluza negra bajo convenio CAPECA-SOMU, el adicional será de $540,00 por tonelada hasta 700 toneladas de bodega, y $373,00 para los que superen esa capacidad.
Compromiso de Buenas Prácticas Laborales:
- Ambas partes se comprometen a mantener las relaciones laborales dentro del marco de buena fe y conforme a lo estipulado por los convenios colectivos de trabajo. Se resguardarán los derechos laborales del personal, al tiempo que se velará por el mantenimiento de la productividad a bordo y la paz social.
Solicitud de Homologación:
- Ambas partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la homologación del presente acuerdo, con el fin de otorgarle plena vigencia y legalidad.
Este acuerdo reafirma el compromiso de ambas partes con el bienestar de los trabajadores marítimos y el desarrollo productivo del sector, garantizando una actualización salarial equitativa y un ajuste acorde a la evolución del costo de vida.
Conclusión:
El presente convenio establece un marco de colaboración y respeto entre el SOMU y PRODESUR S.A., asegurando mejoras salariales significativas para los trabajadores del sector y estableciendo mecanismos de ajuste que acompañan la evolución económica del país, contribuyendo a la estabilidad laboral y social en la industria marítima, ejerciendo una fuerte presión por haber «saltado el cerco» de las cámaras del sector, siendo PRODESUR una empresa que no está alineada dentro de ninguna cámara dejando un precedente «difícil de digerir» por el resto de los participantes; no obstante ello ayer a ultima hora, desde la empresa, -la misma que nos informó acerca de este convenio-, nos informaron la negativa por parte del Ministerio de homologar este acuerdo privado entre partes.
Asimismo, ya en el puerto de Mar del Plata, con motivo a este cese de actividades, todo buque congelador que ingresó no pudo zarpar. En la flota tangonera no hay compulsión, de hecho es muy probable que la zafra en aguas nacionales dentro de la ZVPJM se cierre hoy; pero en la flota merlucera, hay más de 6 buques con demoras en sus zarpadas y tripulación a la orden.
En el mismo sentido, deseamos adelantar, que ya en el conflicto SOMU-CAFACh en Chubut, estaría transitando el mismo derrotero, en vísperas a una zafra de langostinos en aguas bajo administración de la provincia de Chubut imponiendo el trabajo por encima del conflicto; pero sobre todo, dejando intermediarios en una posición poco feliz.