La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo emitió una nueva Resolución, la nro. 2/2022 en referencia al pez palo y al besugo. La misma fue publicada a través del Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay, por consiguiente ya ha entrado en vigor.
La misma, que lleva la firma de Mariana Inés Llorente y Zapicán Bonino, ha resuelto fijar para el período que va desde el mes de enero hasta el mes de septiembre del presente año, para la Zona Común de Pesca, las capturas totales permisibles para las especies mencionadas.
Para el caso del besugo (Pagrus pagrus) 1.700 tn, mientras que para el pez palo (Percophis brasilienses se establecieron 4.000 tn, en virtud de la necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de estas especies.
En los considerandos la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo encomendó al Grupo de Trabajo Ad hoc Recursos Costeros la tarea de sugerir medidas de manejo para los recursos pez palo y besugo.
Consideran que el mencionado Grupo de Trabajo ha dado cumplimiento a lo mandatado y sugiriendo medidas de conservación y manejo, con el objetivo de mantener la sustentabilidad de dichos recursos y teniendo en cuenta los ciclos biológicos de estas especies y la característica zafral de la actividad extractiva sobre ellos, es que recomendaron dar inicio al período administrativo el 1 de octubre de cada año, terminando el mismo el 30 de septiembre del año siguiente.
También explica la normativa que en función de dar previsibilidad a la actividad pesquera, se hace necesario establecer las capturas totales permisibles para el período que abarca desde enero hasta septiembre del año en curso y que en función de la información sobre el estado de ambos recursos y un análisis de la incidencia porcentual mensual de los desembarques de cada uno de ellos, registrados durante los últimos cinco años, se recomendaron sendas capturas biológicamente aceptables para el período enero-septiembre de 2022.