El Consejo Federal Pesquero (CFP) ha hecho oficial la correcci贸n de dos errores de edici贸n en la Resoluci贸n CFP Nro.5/2024, publicada el 5 de septiembre de 2024, que establece las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de merluza de cola (Macruronus magellanicus) a partir del 1掳 de enero de 2025. La modificaci贸n fue publicada en el Bolet铆n Oficial el 2 de octubre.
La rectificaci贸n, que busca aclarar aspectos fundamentales de la normativa, afecta a los art铆culos 5掳 y 6掳 de la resoluci贸n original. En el primer art铆culo, se corrige el porcentaje de la Reserva de Administraci贸n, que pasar谩 a ser del 4,06% en lugar del err贸neamente indicado 4,50%; y esto tiene que ver con la asignaci贸n a un pesquero que pas贸 a tener del 8% al casi 13% de la CMP, siendo el 煤nico beneficiado en detrimento de dicha reserva. En cuanto al art铆culo 6掳, el porcentaje m谩ximo de concentraci贸n por empresa o grupo empresario se ajusta del 20% al 25% de la Captura M谩xima Permisible (CMP) de la especie.
Los cambios, firmados por los integrantes del CFP, subrayan la importancia de la precisi贸n en la regulaci贸n del sector pesquero, pero aun sin comprender tama帽o ajuste en un solo buque beneficiado, donde las cuotas y l铆mites de captura son tan esenciales para la sostenibilidad de los recursos mar铆timos, como la justificaci贸n y comprensi贸n de ese mayor porcentaje, que para un barco fue del 65.5% m谩s; partiendo -como se detalla en la modificaci贸n- de la reserva de administraci贸n nacional.
El CFP ha hecho hincapi茅 en que estos ajustes no solo son necesarios para corregir errores, sino tambi茅n para garantizar un manejo adecuado y equitativo de las cuotas de captura, contribuyendo as铆 a la salud de las poblaciones de merluza de cola y al desarrollo del sector pesquero en el pa铆s.
Con la publicaci贸n de esta resoluci贸n, el CFP busca asegurar que todos los actores del sector est茅n al tanto de las modificaciones y puedan adecuar sus operaciones en consecuencia, reafirmando su compromiso con la gesti贸n sostenible de los recursos pesqueros.
