El Consejo Federal Pesquero (CFP) ha hecho oficial la corrección de dos errores de edición en la Resolución CFP Nro.5/2024, publicada el 5 de septiembre de 2024, que establece las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de merluza de cola (Macruronus magellanicus) a partir del 1° de enero de 2025. La modificación fue publicada en el Boletín Oficial el 2 de octubre.
La rectificación, que busca aclarar aspectos fundamentales de la normativa, afecta a los artículos 5° y 6° de la resolución original. En el primer artículo, se corrige el porcentaje de la Reserva de Administración, que pasará a ser del 4,06% en lugar del erróneamente indicado 4,50%; y esto tiene que ver con la asignación a un pesquero que pasó a tener del 8% al casi 13% de la CMP, siendo el único beneficiado en detrimento de dicha reserva. En cuanto al artículo 6°, el porcentaje máximo de concentración por empresa o grupo empresario se ajusta del 20% al 25% de la Captura Máxima Permisible (CMP) de la especie.
Los cambios, firmados por los integrantes del CFP, subrayan la importancia de la precisión en la regulación del sector pesquero, pero aun sin comprender tamaño ajuste en un solo buque beneficiado, donde las cuotas y límites de captura son tan esenciales para la sostenibilidad de los recursos marítimos, como la justificación y comprensión de ese mayor porcentaje, que para un barco fue del 65.5% más; partiendo -como se detalla en la modificación- de la reserva de administración nacional.
El CFP ha hecho hincapié en que estos ajustes no solo son necesarios para corregir errores, sino también para garantizar un manejo adecuado y equitativo de las cuotas de captura, contribuyendo así a la salud de las poblaciones de merluza de cola y al desarrollo del sector pesquero en el país.
Con la publicación de esta resolución, el CFP busca asegurar que todos los actores del sector estén al tanto de las modificaciones y puedan adecuar sus operaciones en consecuencia, reafirmando su compromiso con la gestión sostenible de los recursos pesqueros.