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    Conflicto

    Gaad Group apeló el fallo por la dotación del BP Marlene del Carmen

    PescarePor Pescare14 de abril de 20264 Minutos
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    La empresa pidió revocar la sentencia que hizo lugar al planteo del SOMU y llevó a la Cámara un conflicto que combina dotación, vigencia convencional y procedimiento administrativo.

    La empresa Gaad Group S.A. formalizó ante la Justicia Federal de Mar del Plata un recurso de apelación contra la sentencia que había hecho lugar al amparo promovido por el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) en la disputa por la dotación del buque pesquero Marlene del Carmen. En su presentación, la firma pidió que se revoque el fallo de primera instancia, que se rechace la acción sindical y que se haga lugar a su propio planteo judicial.

    El núcleo del conflicto gira sobre la cantidad de marineros que debe embarcar la unidad. Según surge de la apelación, la empresa sostiene que la dotación de explotación podía fijarse en ocho marineros por acuerdo entre armador y tripulación, en función de las características de modernidad y eficiencia del buque. La sentencia recurrida, en cambio, entendió que la normativa aplicable exige una dotación mínima de diez tripulantes y valoró, además, que no había quedado acreditada la participación gremial invocada por la demandada.

    En su escrito, Gaad Group concentra una parte central de sus agravios en la interpretación del artículo 17 del Convenio Colectivo 708/2015 (Puntajes y dotaciones para los buques pesqueros de altura). La empresa afirma que esa cláusula diferencia dos planos: por un lado, la dotación de tripulantes; por otro, el puntaje de distribución. Sobre esa base, argumenta que la conformidad sindical sería exigible para la firma del contrato de ajuste en materia de puntajes, pero no para acordar una dotación inferior cuando existe entendimiento entre armador y tripulación. Esa lectura es uno de los pilares con los que busca desarmar el criterio adoptado en primera instancia.

    La apelación añade un segundo eje de fondo. La firma sostiene que la controversia debe analizarse a la luz de la reforma laboral y del alcance actual de la ultraactividad de los convenios colectivos, y afirma que la cláusula discutida tendría naturaleza obligacional y no normativa. A partir de esa interpretación, plantea que la obligación de embarcar diez marineros habría perdido vigencia al no existir, según su postura, un acuerdo de partes que prorrogara esa previsión convencional.

    El escrito también incorpora una discusión sobre el recorrido previo del conflicto. La empresa señala que el propio convenio prevé un mecanismo específico para resolver controversias sobre dotaciones y remarca que, de acuerdo con su versión, esa vía debía continuar en la órbita administrativa con intervención de la autoridad laboral y con informe de la Prefectura Naval Argentina. En ese punto, la apelación cuestiona que el sindicato hubiera dado por finalizada la instancia administrativa y afirma que la controversia no debía impedir la continuidad operativa del buque mientras se resolvía el diferendo.

    Otro de los tramos del recurso se concentra en el acuerdo celebrado con SIMAPE, mediante el cual —según la empresa— se había convenido una dotación de nueve tripulantes para afiliados de ese sindicato. La presentación sostiene que ese entendimiento conserva validez para ese universo de trabajadores, aun cuando la sentencia de primera instancia le restó efectos dentro del caso por falta de homologación y por no tratarse del sindicato signatario del convenio que se consideró aplicable.

    Con este movimiento procesal, la discusión sale de la instancia inicial y queda planteada ante la revisión superior. Lo que está en juego ya excede la situación puntual de un buque, la apelación pone bajo examen la interpretación del convenio vigente, el alcance de la participación sindical en la fijación de dotaciones, la incidencia de la reforma laboral sobre cláusulas preexistentes y el modo en que deben tramitarse este tipo de controversias en la actividad pesquera.

    Por ahora, el expediente abre una nueva etapa judicial, con efectos potenciales sobre un debate sensible para la operatoria, la organización del trabajo a bordo y el equilibrio entre negociación colectiva y continuidad operativa.

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