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    Consejo Federal Pesquero

    Resoluciones CFP Nro. 5 y 6/2026: ajustan reglas de administración para langostino y convocan nuevos poteros para el calamar

    AntonellaPor Antonella29 de mayo de 20268 Minutos
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    El Consejo Federal Pesquero ajustó reglas transitorias para la zafra langostinera y abrió el llamado a proyectos para incorporar nuevas unidades en la pesquería de Illex argentinus.

    El Consejo Federal Pesquero dictó dos resoluciones que concentran una decisión de alcance operativo y estratégico sobre dos de las pesquerías centrales del país. Por un lado, introdujo una disposición transitoria para la temporada 2026 de langostino en aguas nacionales. Por otro, abrió una convocatoria pública para la presentación de proyectos destinados a incorporar nuevas unidades poteras a la pesquería de calamar argentino. En ambos casos, el criterio dominante es el mismo: pasar de reglas automáticas a esquemas de evaluación, control administrativo, exigencia documental y trazabilidad operativa sobre la flota.

    La Resolución CFP N° 5/2026 incorpora una disposición transitoria al régimen de administración del langostino, contenido originalmente en la Resolución N° 7/2018 y modificado luego por la Resolución N° 9/2022. La medida alcanza a reglas vinculadas con la limitación temporal del lance de pesca, la velocidad máxima de arrastre y el límite de operación de 72 horas, herramientas que hasta ahora funcionaban como parámetros fijos dentro del esquema de administración de la especie.

    El cambio tendrá vigencia durante la temporada 2026 y queda asociado a una evaluación posterior. La Autoridad de Aplicación deberá elaborar, una vez finalizada la zafra en aguas de jurisdicción nacional, un informe específico sobre el resultado de la experiencia para su análisis por parte del propio CFP. Ese seguimiento se complementará con el monitoreo biológico que realice el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero. La decisión traslada el eje hacia la capacidad efectiva de fiscalización y lectura de datos operativos en tiempo real, con una revisión institucional posterior.

    La segunda, la Resolución CFP N° 6/2026, tiene un alcance más estructural. Autoriza la presentación de proyectos para explotar calamar argentino mediante buques poteros, bajo los encuadres previstos en el artículo 26, incisos 1 y 2, de la Ley Federal de Pesca. La convocatoria se formalizará por la plataforma TAD/GDE y tendrá un plazo de 20 días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial, con posibilidad de prórroga por parte de la autoridad de procedimiento.

    El fundamento técnico incorporado por la resolución resulta central. Según el informe remitido por el INIDEP, el calamar argentino presenta ciclo de vida anual y dinámica migratoria por stocks. Los principales stocks explotados por la flota nacional —Sudpatagónico y Bonaerense-Norpatagónico— inician su explotación dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina y luego migran hacia el área adyacente, donde operan flotas extranjeras de gran escala. La resolución consigna la presencia anual de más de 300 buques poteros extranjeros en esa zona, con 338 detectados en 2026, además de arrastreros que también capturan la especie.

    En contraste con esa presión externa, el documento oficial señala que la flota potera nacional operativa en la última temporada estuvo integrada por 84 buques, lejos de las 150 unidades que llegó a registrar en los inicios de la pesquería. Sobre esa base, el CFP habilita una convocatoria para incorporar hasta 18 nuevas unidades operativas. El sentido de la medida no debe confundirse con una promesa de mayor captura total sobre el recurso. La disponibilidad biológica del calamar seguirá siendo el límite material de la zafra. Lo que cambia es la capacidad nacional para participar, trabajar y capturar mejor dentro del marco administrado, con más unidades bajo control federal y mayores compromisos industriales de reproceso en tierra.

    Ese punto ordena la lectura de fondo. La “torta” pesquera continuará determinada por el recurso disponible, por la evaluación científica y por las condiciones de administración de cada temporada. La incorporación de nuevos buques modifica la distribución de participantes dentro del sistema nacional, atomizando en mayores y mejores unidades pesqueras, renueva capacidad operativa y amplía la base laboral vinculada a la pesquería. En términos prácticos, una mayor cantidad de unidades argentinas sobre el mismo recurso podría concentrar la actividad en una zafra de menor duración relativa, con una utilización más intensa del período de disponibilidad dentro de jurisdicción argentina antes de la migración hacia áreas de operación internacional.

    La resolución también incorpora una dimensión laboral directa. El CFP estima que la incorporación de unidades poteras generará alrededor de 600 puestos de trabajo embarcado, con impacto adicional sobre las plantas industriales habilitadas por el mayor movimiento de materia prima y los compromisos de procesamiento en tierra. (atención «pateadores de muelles«). Allí aparece uno de los puntos más relevantes del nuevo esquema, cada proyecto deberá asumir un compromiso de reprocesamiento continental de al menos el 20% del total de sus capturas. El incumplimiento en dos temporadas, consecutivas o alternadas, será causal de caducidad del permiso.

    Ese requisito cambia el alcance económico de la convocatoria. La unidad potera que ingrese al régimen deberá quedar asociada a una cadena continental verificable, con empleo embarcado, desembarque, logística, procesamiento, servicios portuarios, actividad frigorífica, movimiento documental, control sanitario y valor agregado industrial. El permiso queda vinculado a una obligación productiva concreta, capturar dentro del sistema nacional y derivar una parte mínima de esa captura hacia trabajo en tierra.

    El diseño de admisión fija condiciones precisas. Los interesados deberán acreditar vinculación con una planta industrial de procesamiento en tierra, ya sea por propiedad directa o por convenio con un establecimiento habilitado. También deberán presentar certificaciones del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria y de la autoridad provincial o municipal correspondiente. A su vez, los buques propuestos deberán operar exclusivamente con poteras, tener hasta 1.300 metros cúbicos de bodega y una antigüedad menor a 20 años desde su construcción.

    El régimen incorpora además restricciones societarias y patrimoniales. Quedan impedidas de presentarse o resultar adjudicatarias aquellas personas jurídicas o grupos empresarios con participación directa o indirecta de Estados extranjeros, sus entidades, organismos o agencias, cualquiera sea el porcentaje o la existencia de derechos políticos o de control. Ese punto introduce una cláusula de resguardo sobre la titularidad de los proyectos en una pesquería donde la competencia internacional tiene presencia concreta fuera de la jurisdicción argentina.

    La convocatoria también establece costos administrativos y garantías. Cada buque propuesto deberá abonar un arancel de presentación de 50.000 Unidades Pesca. En caso de selección, el arancel de aprobación será de 120.000 Unidades Pesca para proyectos encuadrados en el inciso 1 del artículo 26 y de 200.000 Unidades Pesca para los del inciso 2. A ello se suma una garantía de inicio de operaciones de 115.000 Unidades Pesca, destinada a asegurar el comienzo efectivo de capturas en la temporada 2028 o 2029, según corresponda.

    La evaluación de los proyectos quedará a cargo de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, bajo la dirección del Dr. Arturo Idoyaga Molina, que junto a un selecto grupo de colaboradores verificará requisitos, calificará cada buque nominado y elevará las actuaciones al CFP para su eventual aprobación. La selección ponderará tripulación argentina, antigüedad del buque, propiedad o convenio con planta de proceso, personal registrado, desembarques en zonas desfavorables, cantidad de buques poteros por empresa o grupo empresario y porcentaje de procesamiento en tierra.

    El esquema premia especialmente el arraigo productivo y la capacidad industrial. Los proyectos con mayor personal registrado, mayor compromiso de procesamiento en tierra, buques más modernos y mayor proporción de tripulación argentina tendrán mejor puntaje. También se incorporan estímulos para desembarques en provincias consideradas zonas desfavorables, con distinta ponderación para Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Río Negro y Buenos Aires.

    En términos institucionales, las dos resoluciones muestran una misma orientación administrativa: control medible, permisos condicionados, seguimiento técnico y mayor exigencia documental. En langostino, el CFP ensaya durante 2026 una modificación transitoria sobre parámetros operativos rígidos y exige informe final. En calamar, habilita nuevos proyectos bajo un procedimiento competitivo, con cupo máximo, requisitos de admisión, garantías económicas, matriz de puntaje y control sobre el cumplimiento industrial.

    El movimiento abre un frente de importancia para la política pesquera nacional. La administración de los recursos vuelve a apoyarse en un equilibrio delicado entre sustentabilidad biológica, capacidad de fiscalización, empleo nacional, inversión privada y aprovechamiento efectivo de especies de alto valor comercial. En el langostino, la prueba estará en los resultados de la temporada y en la lectura técnica posterior. En el calamar, el desafío será renovar capacidad potera bajo bandera argentina, ampliar la cantidad de trabajadores involucrados y multiplicar actividad continental a partir del reprocesamiento obligatorio, sobre una zafra cuyo volumen seguirá definido por la disponibilidad real del recurso.

    La decisión sobre el calamar queda así ubicada en su punto exacto. El CFP habilita más participantes dentro de una pesquería limitada por el recurso, por el ciclo biológico y por la administración federal. El valor estratégico de la convocatoria reside en mejorar la participación argentina sobre el período disponible, modernizar la flota, ampliar empleo embarcado y proyectar hacia tierra una porción verificable de la captura, en un escenario donde cada día de zafra, cada tonelada procesada y cada buque bajo control nacional integran una misma discusión sobre eficiencia, soberanía productiva y valor agregado con mano de obra argentina.

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