Perú pondrá en marcha durante más de un mes un amplio esquema de investigación y prospección sobre el calamar gigante (Dosidicus gigas), que combinará una primera operación científica con una posterior etapa de pesca exploratoria bajo seguimiento del Instituto del Mar del Perú (IMARPE).
Son dos evaluaciones consecutivas para obtener la información científica necesaria antes de definir la continuidad y las condiciones de la actividad extractiva sobre uno de sus principales recursos pesqueros.
El programa comenzará con la Operación Calamar Gigante V, prevista entre el 23 y el 29 de agosto, y continuará desde el 30 de agosto hasta el 26 de septiembre con una prospección pesquera organizada según la capacidad de bodega de las embarcaciones.
La medida fue dispuesta por el Ministerio de la Producción (PRODUCE) mediante la Resolución Ministerial Nº 00269-2026-PRODUCE, publicada el 15 de agosto en el diario oficial El Peruano. La conducción científica estará a cargo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE).
El esquema abarcará 35 días consecutivos de investigación y pesca exploratoria, aunque cada actividad tendrá objetivos operativos y condiciones de participación diferentes.
Alta variabilidad y escasez de muestras
La resolución expone una situación científica que va más allá de la actualización ordinaria de datos. Según el informe técnico remitido por el IMARPE, la pesquería de calamar gigante mostró durante 2025 y 2026 una elevada variabilidad en sus principales indicadores pesqueros.
El organismo considera necesario determinar si la cohorte actualmente dominante se encuentra en proceso de maduración, reproducción o renovación poblacional. Para ello necesita establecer la proporción de individuos maduros, el desarrollo gonadal, la composición por sexo y otros indicadores reproductivos.
La evaluación enfrenta, además, una limitación concreta: la escasa disponibilidad de muestras biológicas procedentes de la actividad extractiva de la flota artesanal. Esa carencia restringe la posibilidad de realizar una caracterización integral del estado poblacional de la pota y eleva la incertidumbre sobre la evolución del recurso.
Frente a ese escenario, el IMARPE propuso reforzar la toma sistemática de muestras procedentes de las capturas comerciales y desarrollar dos instancias complementarias: una operación científica distribuida por estaciones de muestreo y una prospección de una sola faena por embarcación.
Hasta 30 embarcaciones en la primera operación
La Operación Calamar Gigante V se realizará dentro del dominio marítimo peruano, hasta una distancia de 150 millas náuticas de la costa, con la participación de hasta 30 embarcaciones pesqueras de un máximo de 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega.
Su objetivo será determinar los principales indicadores biológico-pesqueros del calamar gigante en el mar peruano.
El trabajo permitirá caracterizar la distribución de tallas y reconocer posibles morfotipos mediante la longitud del manto, el sexo y la condición reproductiva. También buscará estimar la abundancia a través de la captura por unidad de esfuerzo (CPUE), examinar la madurez gonadal, la copulación, la proporción sexual y el espectro trófico.
La operación incorporará, además, el registro de parámetros oceanográficos superficiales para relacionar la presencia y el comportamiento de la pota con las condiciones ambientales del área estudiada.
Las embarcaciones deberán operar en las zonas y estaciones asignadas por el IMARPE. En cada punto de muestreo, la pesca se realizará durante la noche y con línea potera.
Cada unidad deberá llevar poteras grandes, medianas y pequeñas, registrar electrónicamente la información operacional, biométrica y biológica y entregar ejemplares cuando sean requeridos por el instituto.
También tendrá que contar con permiso de pesca vigente, equipo operativo del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras (SISESAT) y garantizar el embarque y la seguridad del observador científico designado.
Cuando el IMARPE no asigne un observador, el patrón y los tripulantes deberán registrar las operaciones mediante los instrumentos establecidos por el organismo.
Prospección durante El Niño 2026-2027
La segunda etapa comenzará inmediatamente después. El propio plan de trabajo la identifica como “Prospección Pesquera del Calamar Gigante durante El Niño 2026-2027”, una referencia que incorpora la variable ambiental dentro del diseño científico.
Esta fase buscará medir la abundancia relativa mediante la CPUE, analizar la distribución de tallas y determinar la madurez gonadal, la copulación, la proporción sexual y el espectro trófico de los ejemplares capturados.
La flota se incorporará de manera progresiva a las embarcaciones menores de 10 m³ podrán iniciar su única faena desde el 30 de agosto; las unidades entre 10 y 20 m³ podrán hacerlo a partir del 6 de septiembre; y las embarcaciones mayores de 20 y hasta 32,6 m³ quedarán habilitadas desde el 13 de septiembre.
La estratificación permitirá comparar los resultados obtenidos por embarcaciones con distintas capacidades y condiciones operativas.
Capturas limitadas y muestras obligatorias
PRODUCE estableció un máximo de una faena de pesca por embarcación y asignó límites de captura diferenciados.
Las unidades menores de 10 m³ podrán capturar hasta 6 toneladas, con una tolerancia de 0,5 toneladas. Las embarcaciones de entre 10 y 20 m³ tendrán un máximo de 8 toneladas, con una tonelada de tolerancia. Para las unidades mayores de 20 y hasta 32,6 m³, el límite será de 12 toneladas, también con una tonelada adicional de tolerancia.
Todas las capturas deberán realizarse con líneas poteras y descargarse en los puntos autorizados. Los armadores estarán obligados a completar un registro de captura y esfuerzo, con datos sobre cada operación pesquera.
Además, cada embarcación deberá entregar al IMARPE tres ejemplares enteros de diferentes tallas. La exigencia apunta directamente a corregir la insuficiencia de material biológico señalada por el organismo científico.
Cuando no haya personal del instituto en el desembarque, los ejemplares quedarán bajo custodia del responsable del punto autorizado hasta su retiro.
Resultados para definir el manejo del recurso
El IMARPE efectuará el monitoreo de ambas actividades y podrá elevar a PRODUCE la base científica necesaria para recomendar su suspensión o finalización total o parcial.
Al concluir la Operación Calamar Gigante V, el instituto deberá presentar un informe preliminar y, dentro de los 15 días calendario posteriores, un documento final con los resultados obtenidos.
La prospección también tendrá un informe final dentro de los 15 días posteriores a su cierre, acompañado por las bases científicas para implementar las medidas de manejo que resulten necesarias.
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción contabilizará las descargas y coordinará los controles con los gobiernos regionales. PRODUCE podrá suspender, recortar o dar por terminada la prospección cuando los datos remitidos por el IMARPE indiquen que esa decisión resulta necesaria para conservar el recurso.
El despliegue convierte a la flota artesanal en una plataforma directa de obtención de datos y coloca el resultado científico en el centro de la próxima decisión regulatoria. Lo que se determine entre agosto y septiembre podrá incidir sobre la continuidad de la pesca, el esfuerzo autorizado y las futuras medidas de ordenamiento de la pota en Perú.






