La Prefectura Naval Argentina requisó el martes 23 de junio al buque pesquero cuando arribó y amarró en el espigón 2 del puerto de Mar del Plata. El procedimiento permitió secuestrar 330 gramos de marihuana y bebidas alcohólicas que fueron detectadas durante la inspección a bordo.
La totalidad de la tripulación, integrada por 17 hombres, fue notificada de la formación de una causa en su contra por la tenencia de los estupefacientes hallados en la embarcación. La medida quedó en la órbita de la Justicia Federal, con intervención del Juzgado Federal de Garantías de Mar del Plata.
El operativo se desplegó en horas de la tarde noche, una vez que el pesquero completó su ingreso a puerto y quedó amarrado en el muelle. La requisa fue realizada por personal de Prefectura de la delegación Mar del Plata bajo las órdenes del PM José Cristian Abel Viganó, el departamento inspecciones y sustancias prohibidas de la Institución, contó con la participación de un perro entrenado para la detección de narcóticos, utilizado para revisar sectores internos del buque y pertenencias vinculadas a la tripulación.

La investigación se originó a partir de un llamado anónimo a la línea 134 del Ministerio de Seguridad, canal utilizado para denuncias vinculadas a delitos federales. Con esa información, Prefectura avanzó en las tareas preliminares y la Justicia Federal ordenó la requisa sobre el buque.
La medida fue dispuesta por el Juzgado Federal de Garantías de Mar del Plata, a cargo de Santiago Inchausti. También intervino la Unidad Fiscal, encabezada por Santiago Eyherabide, con participación de la auxiliar fiscal María Victoria Piro.
El caso incorpora un dato sensible para la operatoria pesquera. La presencia de estupefacientes y alcohol en una embarcación activa excede el plano individual y entra en el terreno de la seguridad operacional marítima, donde la aptitud de la tripulación, la disciplina a bordo y el cumplimiento de normas de navegación inciden directamente sobre el buque, la carga, el puerto y las personas.
La Ley de Navegación 20.094 asigna al capitán una responsabilidad específica durante la navegación y al arribar a puerto. El artículo 131 lo define como delegado de la autoridad pública para la seguridad y salvación del buque, las personas y la carga, y le impone verificar que la embarcación esté tripulada reglamentariamente, efectuar inspecciones sobre servicios y estado material del buque, velar por el buen estado sanitario e higiénico a bordo, estar en el puente en entradas y salidas de puerto, y cumplir y hacer cumplir las obligaciones legales propias de su función. Esa norma no prejuzga este caso, pero fija el marco institucional: en navegación, el capitán concentra autoridad operativa y deber de control sobre lo que ocurre a bordo.
En la pesca comercial, el control de ingreso y egreso de tripulaciones forma parte de una cadena de seguridad más amplia. Una embarcación concentra tareas de riesgo, maniobras de cubierta, operación de equipos, navegación, guardias, convivencia prolongada y respuesta ante emergencias. Por eso, cualquier hallazgo de sustancias prohibidas o alcohol a bordo activa una lectura institucional inmediata sobre prevención, responsabilidad y control.
La actuación de Prefectura también impacta sobre la administración cotidiana del puerto de Mar del Plata, principal terminal pesquera del país. El espigón 2 es parte de una zona operativa de alta circulación de buques, tripulantes, transportes, cargas y servicios. En ese contexto, los procedimientos de control buscan preservar la seguridad en muelle y reducir riesgos antes, durante y después de cada marea.
La causa federal deberá determinar el origen, la tenencia y las responsabilidades vinculadas al material secuestrado. Hasta esa definición judicial, el dato verificable es el resultado del procedimiento, la droga incautada, la presencia de bebidas alcohólicas y la notificación formal a los 17 tripulantes.
El expediente queda ahora bajo trámite judicial, mientras Prefectura mantiene su intervención como fuerza federal con competencia en la seguridad de la navegación, el control portuario y la prevención de delitos en el ámbito marítimo. Para el sector pesquero, el caso vuelve a poner en primer plano un eje básico de la operatoria embarcada, la seguridad a bordo comienza antes de zarpar y también se controla al regresar a puerto.






