Con un quórum de diez miembros presentes, se decidió por unanimidad llevar a cabo una sesión plenaria para dar tratamiento al tema FO.NA.PE. en cuyo informe se comunicó que al 18 de mayo último la recaudación en la cuenta del Fonda Nacional Pesquero ascendía a la suma de $494.926.927,37, de los cuales $49.783.300,00, corresponden al embarque de inspectores.
Dado que el CFP distribuyó a la fecha de la sesión la suma de $ 326.799.969,55 ($299.162.252,55
+ $ 27.637.717) le quedó al Organismo un saldo a distribuir de $ 145.981.374,82 correspondientes a recursos coparticipables y no coparticipables, y $ 22.145.583 al embarque de inspectores.
Por unanimidad los fondos fueron asignados de la siguiente manera:
50% de recursos no coparticipables ($72.990.687,41):
- Autoridad de Aplicación $ 15.990.687,41
- INIDEP $ 20.500.000
- Patrullaje y Control $ 19.000.000
- CFP $ 14.600.000
- Capacitación $ 2.900.000
50% de recursos coparticipables ($72.990.687,41):
- Provincia de Buenos Aires $ 12.165.114,56
- Provincia de Río Negro $ 12.165.114,56
- Provincia de Chubut $ 12.165.114,56
- Provincia de Santa Cruz $ 12.165.114,56
- Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur $ 12.165.114,56
- Nación $ 12.165.114,56
En virtud de la decisión adoptada se instruyó a la Coordinación Institucional para que solicite a la Autoridad de Aplicación que realice las gestiones administrativas necesarias para efectivizar las transferencias de recursos que correspondan en ambos casos (fondos coparticipables y no coparticipables), según se detalla a continuación:
1) Los $ 15.990.687,41 asignados a la Autoridad de Aplicación deberán transferirse sobre la base de lo que establezca dicha autoridad.
2) Los $ 20.500.000 asignados al INIDEP, deberán transferirse, según lo requerido por el Instituto, para llevar a cabo las tareas de investigación pesquera.
3) De los $ 19.000.000 correspondientes al ítem Patrullaje y Control, a los efectos de reforzar el control en la Zona Económica Exclusiva argentina, deberán transferirse $9.500.000 a la Armada Argentina, imputando dicha cantidad al saldo del convenio celebrado entre dicha institución y la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, y $9.500.000 a la Prefectura Naval Argentina, que deberán transferirse a la C.A. Fundación Argeninta-CFP N° 3/10.
4) De los $14.600.000 asignados al ítem CFP, deberán transferirse, para su funcionamiento, $ 11.600.000 a la Fundación Argeninta CFP C.A. No 1/10 y $3.000.000 a la Fundación Argeninta CFP C.A. No 4/10 componente 1.
5) Los $2.900.000 asignados al ítem Capacitación, deberán transferirse a la Fundación Argeninta CFP C.A. No 1/10.
6) Los $12.165.114,56 asignados a la Provincia de Buenos Aires, deberán transferirse a la Carta Acuerdo N° 5/2010 suscripta por el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires con la Fundación Argeninta, en virtud de la nota de fecha 27/02/2023 enviada por la Subsecretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, Representante de la Provincia ante el CFP, solicitando que los fondos de coparticipación del FONAPE que le correspondan a la Provincia sean girados a la Carta Acuerdo señalada.
7) De los $ 12.165.114,56 asignados a la Provincia de Río Negro, en virtud de la nota MPyA N° 24/2023, de fecha 02/02/23, enviada por el Ministerio de Producción y Agroindustria de la Provincia de Río Negro, deberá transferirse:
- el 60% ($7.299.068,74) a la Carta Acuerdo N° 1/2014 del Convenio Marco suscripto por dicho Ministerio y la FUNBAPA el 14/02/14, y
- el 40% restante ($4.866.045,82) a la cuenta informada por la Provincia para recibir los recursos del FONAPE.
8) A cada una de las provincias con litoral marítimo restantes deberán transferirse $12.165.114,56, a las cuentas y en las condiciones ratificadas por cada una de ellas para el ejercicio 2023.
9) A la Nación deberá transferirse $12.165.114,56 sobre la base de lo que establezca la Autoridad de Aplicación y $22.145.583.
Asimismo se reiteró el requerimiento a la Autoridad de Aplicación para que priorice y de celeridad a las gestiones de ampliación de las cuotas de caja correspondientes, a fin de efectivizar la distribución de la totalidad de los recursos del FO.NA.PE y cumplir con las previsiones de asignación específica de la Ley Federal de Pesca.